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Desde el 27 de junio hasta el 22 de agosto rigen los plazos
–de acuerdo con el último dígito después del guion de
la cédula de identidad– para presentar las declaraciones
juradas anuales de los impuestos a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y de Asistencia a la Seguridad Social.
La Dirección General Impositiva (DGI) cuenta con un
equipo de asistencia para quienes deban completar los
formularios, que podrán cargarse por medio de la web.
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