El 15 de octubre el Poder Ejecutivo publicó el decreto que reglamenta el artículo 392 de la ley de urgente consideración (LUC) que establece la “libertad de trabajo y derecho de la dirección de la empresa”, y que expresa que el “Estado garantizará el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente”. Por su parte, la reglamentación establece en su primer artículo que, “ocurrida una ocupación por parte de trabajadores de una dependencia pública, cualquiera sea la naturaleza jurídica de esta, o de una empresa o institución privada, el jerarca o empleador podrá solicitar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social [MTSS] su intervención”. El segundo artículo agrega que será ese ministerio el que podrá “convocar a una instancia de conciliación en plazo perentorio, sin perjuicio de intimar en cualquier momento, antes, durante o después de esa instancia, a la desocupación en forma inmediata, bajo apercibimiento del uso de la fuerza pública”. Si continúa la ocupación es el MTSS el que solicitará al Ministerio del Interior (MI) “el desalojo inmediato de los ocupantes”.

Con este quedan derogados los decretos anteriores sobre ocupaciones, entre ellos el de julio de 2020 que habilitaba el desalojo de los edificios de la Administración Central, de las intendencias, de los entes autónomos y servicios descentralizados, así como del Poder Judicial.

Marcelo Abdala, secretario general del PIT-CNT, dijo a la diaria que las ocupaciones son “una insignificancia estadística con respecto a todos los procesos de negociación y de conflicto que se dan en el mundo del trabajo”. Este es uno de los argumentos que la central sindical ha planteado desde que las principales cámaras empresariales se quejaron ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por la Ley de Negociación Colectiva uruguaya.

Con relación al decreto, Abdala dijo que da un paso más en las restricciones que la LUC ya imponía, y aclaró que en esta no se habla de ocupaciones sino de huelgas. “Con este decreto se reservan el derecho de desalojar en cualquier momento. Hemos fundamentado contra la LUC largo y tendido en el Parlamento, pero esto es un paso más”, aseguró.

Para Abdala, la ley y el decreto van en contra del principio del derecho laboral In dubio pro operario, que establece que ante la duda se debe favorecer al trabajador. “El Estado debe torcer la vara para el lado del trabajador; en este caso ocurre lo contrario”, expresó.

“Creo que es un decreto muy malo, hubiéramos preferido una cuestión que está en todos los convenios colectivos, que tiene que ver con los mecanismos de negociación previa: que ambas partes tengan el criterio de conversar antes de hacer algo que pueda afectar a la contraparte. Lamentablemente cuando lo propusimos no fue de recibo, principalmente por las patronales”, comentó Abdala.

El secretario general del PIT-CNT reiteró que la LUC es “espantosa” porque habla de huelga pacífica, cuando “la huelga es esencialmente pacífica”. “Es una forma de protesta que implica la omisión de trabajar u otro tipo de acciones. En Uruguay no se usan mucho, pero hay huelgas en que la gente trabaja haciendo exactamente lo que está escrito en la descripción de sus tareas”, comentó.

Planteó sus dudas sobre qué pasará ante un escenario específico: “Si se da la situación de ocupación en que no se impide el ingreso de los trabajadores ni de los propietarios, o la representación de la empresa, ¿el gobierno va a desalojar? Porque en teoría, en esas circunstancias, se estaría cumpliendo con la ley. Esa es una buena pregunta para el ministro”.

Con relación al decreto aprobado durante el gobierno anterior que habilitaba el desalojo de los empleados públicos, Abdala recordó que también estuvieron en contra y comentó que además de sacarlos del lugar “se sometía a los trabajadores a penalizaciones económicas que iban más allá de las horas de paro”. “En eso estábamos en contra desde antes”, afirmó.

En tanto, el titular del MTSS, Pablo Mieres, dijo que lo que hace el decreto es establecer un procedimiento para la ley vigente. “Establece que en caso de que una medida gremial vinculada con el ejercicio del derecho de huelga afecte el derecho de los trabajadores no huelguistas a trabajar y a los directores de la empresa a acceder a sus instalaciones, deberá establecerse el mecanismo, porque eso no está permitido”, declaró el jerarca a Subrayado. “El MTSS va a ser el encargado de buscar una solución que impida que se afecten estos derechos, y en caso de que no logre un diálogo entonces se convoca al MI”, comentó.

Sobre la posición del PIT-CNT, dijo que le resulta curiosa porque “durante los gobiernos del Frente Amplio se estableció que cualquier ocupación vinculada con el sector público, incluidas las empresas, no estaba permitido. El cambio lo que hace es equiparar el derechos de los trabajadores públicos y de los trabajadores privados”.