Hablar de la condición de usuarios, del uso y goce de una vivienda, de alguna manera, es construir un alegato opuesto al imaginario colectivo sobre la “casita propia”. Este imaginario, en nuestro país se hizo carne en los obreros uruguayos, fundamentalmente después de la Segunda Guerra Mundial, en función de los buenos vientos económicos que soplaron en el Uruguay de ese entonces.
La Ley 13.728 —el Plan Nacional de Viviendas— instaló la posibilidad de acceder a una vivienda, por el sistema cooperativo, por la que la propiedad de esta iba a ser de la cooperativa en su conjunto y no del socio que la construyó. Algo absolutamente novedoso para 1968, y aún hoy, podemos decir que esa ley sigue siendo mirada por muchos países como pionera y vanguardista.
La condición de usuarios refiere, desde el punto de vista formal, al vínculo que cada familia cooperativista tiene con la vivienda, asociado a la función de esta como casa habitación; es un bien de uso, y no un bien de cambio. No puede ser comercializada en el mercado inmobiliario, como cualquier otra propiedad. También está amparada en cuanto a algunas alternativas transaccionales, no puede ser un bien colocado en garantía, o embargable en caso de deudas del titular. Y para quedarnos tranquilos desde el punto de vista de las generaciones que nos continúan, nuestras familias no tendrán problema, ya que la condición de uso y goce de una vivienda cooperativa ampara a los sobrevivientes del titular en su derecho a seguir viviendo en la casa.
En Uruguay, uno de los mayores negocios del capital nacional tiene que ver con la industria de la construcción, en la que la obra pública ocupa un lugar de privilegio, y luego le sigue la obra privada, que mayoritariamente construye viviendas para casa habitación. Es decir que el capital, en su afán por multiplicarse y crecer, construye viviendas con destino a casa habitación, pero que además se constituyen en un bien de cambio, donde el mercado inmobiliario hace de esa vivienda uno de los negocios más lucrativos de nuestro país para los inversores uruguayos y también para los inversores extranjeros. A tal grado es el negocio, que el intercambio comercial con la vivienda, su condición de bien de cambio, desplaza totalmente a la concepción de bien de uso; y de esa manera podemos ver edificios enteros inhabitados y miles de familias, sin vivienda para vivir: casas sin gente y gente sin casas.
El sistema económico imperante en la actualidad, que endiosa al mercado, no se detiene a pensar en las necesidades del ser humano, necesidades vitales para la continuidad de la vida; y así sucede con los recursos naturales en varios países, como el agua en Bolivia; o en nuestro país, lo que está pasando con la construcción indiscriminada de viviendas de presunto interés social (como aquellas impulsadas por la Ley 18.795 de vivienda promovida), que luego no se destina a una familia que la necesita, sino que pasan varios años antes de que la adquiera alguien y que, para colmo, seguramente no integra el déficit cuantitativo de viviendas.
Desde el punto de vista conceptual e ideológico, esta categoría es una alternativa contracorriente a la propiedad privada, la acumulación capitalista y el ego materialista exacerbado. Se ha hablado mucho acerca de la propiedad privada, elevada en nuestra Constitución a una condición que la coloca por encima de otros derechos fundamentales, tales como el de la vida, la seguridad habitacional, entre otros. En función de la defensa de la propiedad privada se han cometido los crímenes más atroces, y también se ha “ninguneado” muchas veces a quienes menos tienen.
Desde el punto de vista ideológico, la defensa de la propiedad privada termina constituyéndose en un instrumento jurídico y político de los sectores dominantes, quienes apuestan por el mantenimiento del statu quo actual (“unos muchos y otros nada, y eso no es casualidad”).
El sistema de usuarios desconoce y cuestiona el afán acumulador exacerbado, ya que tira por tierra lo de “tanto tienes, tanto vales”, colocando el acento en la posibilidad de satisfacer la necesidad de vivienda (en este caso), desde una alternativa que pone el énfasis en la conquista colectiva del derecho a la vivienda y la permanencia en la misma. Conceptualmente enfatiza en el derecho al uso de la vivienda, y no al abuso de esta: ¿Cuántas viviendas necesita una familia para vivir? ¿Qué frontera hay que cruzar para comenzar a ser un especulador financiero que lucra con un bien que otros necesitan?
En el caso de las cooperativas de usuarios, recogemos la tradición histórica del movimiento obrero por la propiedad comunitaria de los bienes producidos, la propiedad colectiva de los medios de producción y de las riquezas sociales, reivindicaciones que se remontan desde la Comuna de París, y que han estado arriba de la mesa de todos los sistemas que mínimamente se han planteado cambiar el orden en el mundo, intentando la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.
La condición de usuarios no eleva a los cooperativistas a la calidad de mejores hombres o mujeres en comparación con otras personas, pero sin duda, les brinda a esas mismas mujeres y hombres mejores condiciones objetivas para el desarrollo de sus familias y la posibilidad de hacer frente a otros aspectos terriblemente usureros e inequitativos que tiene la sociedad actual, donde parecería ser que la batalla ideológica viene siendo ganada ampliamente por el sistema capitalista. En las cooperativas de usuarios, la familia que este mes no puede pagar la cuota no pierde su calidad de socio, inmediatamente se activan los Fondos de Solidaridad o de Socorro, cubriendo por parte de la cooperativa la cuota faltante. La familia deberá reintegrar ese monto después, según un plan hecho a la medida y adaptado a la realidad de los diferentes núcleos sociales de cada cooperativa. Este simple hecho, que se menciona muy fácilmente, es el mecanismo por el cual miles de familias han sobrevivido a los peores escenarios políticos, permaneciendo en la cooperativa y sin perder la vivienda. Esto no hubiera sido posible si fueran propietarios individuales de la vivienda, ya que la condición de no pago hace exigible el compromiso firmado con el Estado, y hay muchas más posibilidades de ser desalojado o de que empeoren las condiciones económicas bajo las cuales se permanece en la vivienda (aumento de la cuota mensual, extensión del período de devolución, etcétera).
Sin duda que la postura de Fucvam está sesgada hacia la condición de usuarios, porque es coherente con su génesis fundacional, es coherente con el planteo histórico de la clase social trabajadora con respecto a la propiedad colectiva de los medios de producción (en este caso, trasladable a la vivienda), y porque es coherente en la práctica concreta y cotidiana, con el discurso de que anhelamos una sociedad igualitaria, sin distinciones ni privilegios de ninguna clase, solamente diferentes por nuestras personalidades, nuestros talentos y habilidades.
Desde Fucvam no acumulamos a la perpetuación de una sociedad injusta, el ser usuarios es un pequeño aporte a esa construcción alternativa. Y, como siempre, la defendemos con toda nuestra energía y convicción organizacional, como cuando en 1983 la dictadura militar nos quiso arrebatar la condición de usuarios y en una gesta histórica y memorable se recogieron 330.000 firmas en una sola jornada, rechazando tal medida.
Como siempre, ninguna conquista de los trabajadores ha sido ajena a la lucha por la misma, el 26 de febrero de 1984 le dijimos no a la propiedad privada; por eso mantenemos más vigente que nunca nuestra consigna histórica.
LUCHAR HASTA VENCER.
Esta nota fue publicada en el Suplemento Habitar.