La Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social (IGTSS) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), emitió un comunicado dirigido a los empleadores y trabajadores de la industria de la construcción en el que informó que “aumentará la fiscalización en dos ejes claves”: en la organización del trabajo en el período prelicencia y en el trabajo en altura. Según el organismo, la decisión se tomó luego de analizar el comportamiento de los accidentes en la industria de la construcción, según datos obtenidos del monitor del Banco de Seguros del Estado (BSE) de 2023 y 2024, así como del comportamiento de los accidentes en lo que va de 2025 y los alarmantes fallecimientos cumpliendo tareas laborales.

En cuanto a la organización del trabajo en el período prelicencia, la IGTSS informó que las estadísticas “muestran un incremento de los accidentes en los meses previos al inicio de la licencia anual”. “Por eso, se intensificará la fiscalización de la planificación integral de la obra. El Decreto 125/2014 exige la elaboración de un Estudio y Plan de Seguridad e Higiene al inicio de la obra. Esta planificación detallada debe prever todas las etapas, tareas y riesgos. La correcta implementación de este plan desde el principio evita la improvisación y los apuros innecesarios, que son un factor determinante en la omisión de procedimientos de seguridad y la ocurrencia de accidentes”, detalló el comunicado.

Sobre el trabajo en altura, indicó que se fiscalizará “que las obras cuenten con protecciones colectivas y/o personales para trabajos en alturas superiores a dos metros. Dichos equipos deben estar en buenas condiciones y cumplir con las normas técnicas vigentes y las medidas de prevención y técnicas establecidas en el Decreto 125/014”.

Además, la IGTSS agregó que verificará que se cuente “con la evaluación de riesgos, plan de prevención y la identificación de peligros acorde a las tareas en la etapa que esté la obra, en particular en aquellas tareas en altura, contando con las adecuadas instancias de formación”.

Si bien la seguridad y salud en el trabajo son un compromiso compartido y “todos tenemos derechos y obligaciones en esta materia, es de destacar que es responsabilidad del empleador garantizar las medidas de prevención, brindar puestos de trabajo seguros y dignos, brindar los elementos de seguridad y establecer todas las medidas necesarias para que la organización del trabajo sea acorde a la normativa vigente y brinde condiciones de seguridad y salud en el trabajo”, agregó el texto.

Por eso, es prioritario tomar conciencia de la necesidad de una planificación integral de la seguridad laboral, que implica no sólo adoptar medidas de protección personal, sino también implementar medidas administrativas, [de] capacitación, [de] formación, organizativas y todas las acciones necesarias para minimizar las condiciones de riesgo que puedan desencadenar un accidente laboral”, concluye el comunicado firmado por el titular de la IGTSS, Luis Puig.