“El Fraude Amplio inventó el impuesto al trabajo y a las jubilaciones”, dice un posteo en la plataforma X que se viralizó en los últimos días y replica una idea bastante usual entre algunos sectores de la ciudadanía. La afirmación acompaña un video con declaraciones del expresidente Jorge Batlle.

“Este es el mundo del revés. Si uno quiere ganar un poco más de dinero y trabajar más, le aplican el impuesto de más arriba, entonces uno en vez de ganar dinero tiene que aportar dinero”, afirmaba Batlle. “Ustedes creen que pueden trabajar y tener un impuesto que los grava y les saca una parte importante de su esfuerzo por el IRPF [impuesto a la renta de las personas físicas] y después les pega una parte importante por el IVA [impuesto al valor agregado]”, señala luego.

Sin embargo, el IRPF, que se creó en la reforma tributaria de 2007, no fue el primer impuesto aplicado a las rentas personales. En junio de 1982, bajo el gobierno militar, se modificó el Código Tributario a través de la Ley 15.294, que en su artículo 25 creó el impuesto a las retribuciones personales (IRP).

La tasa era del 1% para todos aquellos que percibieran retribuciones, jubilaciones o pensiones de hasta tres salarios mínimos, porcentaje que aumentaba al 2% superada esa cifra, y gravaba la totalidad del ingreso. Asimismo, un 1% adicional corría por cuenta del empleador, ya sea privado o entes descentralizados e industriales del Estado.

Meses más tarde, luego del quiebre de “la tablita”, la ruptura del sistema de cambio preestablecido que derivó en una crisis bancaria y grave déficit fiscal de casi -18%, se aumentó el IVA del 18% al 20% y el aporte patronal y de los trabajadores a la seguridad social pasó del 5% para ambos a un 12% y 13%, respectivamente.

En 1990, durante el primer mes del gobierno de Luis Alberto Lacalle, se impuso un ajuste fiscal promulgado en la Ley 16.107, que elevó las tasas del IRP. A partir de ese año, todos aquellos trabajadores que percibieran menos de tres salarios mínimos pagarían 3,5% del IRP, a quienes percibieran entre tres y seis salarios mínimos se les aplicaría una tasa de 5,5% y quienes recibieran más de seis salarios mínimos pagarían un 7,5%. Esta medida tuvo vigencia durante el primer año de implementación y las tasas sufrieron una reducción gradual a su valor original para 1992. Además, se aumentó el IVA básico de 20% a 22% por el plazo de un año.

En mayo de 2002 se aprobó la Ley 17.502 de Estabilidad Financiera, que modificó las tasas del IRP, del cual quedaron exonerados aquellos salarios menores a tres salarios mínimos, y se establecieron franjas de entre 3% y 20%, según el ingreso, que se aplicaban a cualquier remuneración, así como a las jubilaciones y pensiones. Estas franjas no eran progresivas, si no escalas. La franja asignada se aplicaba a la totalidad del ingreso y no existía un mínimo no imponible, como en la actualidad.

Además, se elevó el IVA al 23% y estuvo acompañado del impuesto de contribución al financiamiento de la seguridad social (Cofis), que se creó en marzo de 2001 y aplicó un 3% de impuesto al consumo mayorista, similar al IVA. La suma de estos impuestos significó el máximo histórico del impuesto al consumo en Uruguay.

Reforma tributaria de 2006-2008

Durante la primera administración de Tabaré Vázquez se implementó el IRPF, a través de la Ley de Reforma Tributaria 18.083](https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18083-2006). Allí se modificó el ecosistema tributario, con el cambio de 14 impuestos y la sustitución del IRP por el nuevo IRPF.

El nuevo sistema incluyó franjas progresivas y un mínimo no imponible por el cual no se aplicaría el gravamen. Sin embargo, algunos de los artículos de esta ley fueron declarados inconstitucionales y la redacción definitiva sería dada por la Ley 8.341 de agosto de 2008.

Las tasas aplicadas entonces a las rentas del trabajo partían de un mínimo no imponible para todos aquellos ingresos menores a 84 BPC (base de prestaciones y contribuciones), para sufrir un aumento gradual por franjas (y no a todo el salario, como en el caso del IRP), que iban del 10% al 36% del ingreso.

Asimismo, con la Ley 18.314 se creó el impuesto de asistencia a la seguridad social (IASS), en sustitución del IRP, que también aplicaba una franja de exención para todas aquellas jubilaciones y pensiones menores a 108 BPC, seguido de tres franjas por ingreso de entre 10% y 30%. Además, se redujo el IVA básico del 23% al 22% y el IVA mínimo de 14% a 10%.

Al momento de implementación de este sistema, un 66% de los trabajadores y 86% de los pasivos no pagaba impuestos a los ingresos personales. De acuerdo a la primera evaluación que hizo el Ministerio de Economía y Finanzas en 2008, esto derivó en una mayor presión fiscal al quintil más rico, que pasó de abonar el 75,2% de lo recaudado por concepto de IRP a un 88,8% de lo recaudado por el IRPF. Esto alivió la presión sobre los sectores de menos ingresos.

Más detalles en el libro de Gustavo Viñales, Evolución del sistema tributario (1990-2018).