En los últimos días circuló en redes sociales la versión de que el presidente de la República, Yamandú Orsi, tomó la decisión de aumentar por decreto el precio de los alquileres a pocos días de asumir el cargo. Las quejas cobraron fuerza entre usuarios de redes sociales luego de que un usuario afirmase que se aumentaron mediante un “decretazo”.
La desinformación comenzó a circular el 21 de marzo luego de que Orsi firmara los primeros decretos de su administración. Entre ellos estuvo la actualización de la unidad de reajuste de alquileres, una unidad de medida creada en la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (14.219) de 1974, que establece una medida de evolución de los alquileres.
Esta evolución está definida por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que publica el valor mensualmente. Asimismo, el Poder Ejecutivo emite un decreto con la firma del presidente, que fija los valores de la unidad reajustable (UR), unidad de reajuste de alquileres (URA), índice de precios del consumo (IPC) y el coeficiente de reajuste de alquileres (CRA). Esta firma es rutinaria, ya que solamente valida oficialmente los guarismos establecidos y publicados previamente por el INE.
Este sistema de actualización de precios de los arrendamientos está previsto en el Decreto-ley 14.219 de julio de 1974, y su modificativa, en el artículo 1 del Decreto-ley 15.154 de 1981, que establece que el valor de la URA se definirá cada mes con el promedio aritmético del valor actual de la UR junto a los “dos meses inmediatos anteriores”. Asimismo, la UR evoluciona al ritmo del índice medio de salarios y su variación en los últimos 12 meses. Esto genera un promedio móvil que, por transitiva, acompaña la evolución de los salarios.
Asimismo, el gobierno publica mensualmente a través del Diario Oficial la evolución de todos los valores e índices con su respectiva resolución, y el coeficiente resultante de la UR y la URA. En caso de que deba realizarse un ajuste de arrendamiento y aún no se hubiera publicado el valor actualizado, deberá tomarse como válido el último indicador disponible.
No obstante, la evolución del URA no determina por sí misma la suba de los alquileres, ya que el artículo 152 de la Ley 20.075 de 2022 (Rendición de Cuentas), que modifica la normativa de 1974, establece que existen dos métodos para ajustar el alquiler: uno, por la ya mencionada URA, y el otro, por la evolución del IPC. En ambos casos se calculará un coeficiente, al tomar el valor actual de la unidad actual y dividirlo por el valor del mismo mes del año anterior. El coeficiente menor resultante al momento de celebrarse la renovación del contrato será el que se utilice para realizar el ajuste.