En enero, la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República (Udelar) y Ancap firmaron un contrato que tiene como objetivo relevar el “conocimiento existente” relativo a la zona “donde se estudia la construcción de un pozo exploratorio petrolero y el entorno relevante”. El estudio se limita al bloque OFF-6, que Ancap adjudicó a la petrolera APA Corporation. A su vez, la iniciativa también implica diseñar “una campaña oceanográfica para cubrir vacíos de información” sobre varios aspectos técnicos como “los componentes de la biodiversidad, haciendo especial énfasis en ecosistemas vulnerables, comunidades o especies de fondo [...] que cumplan servicios ecosistémicos importantes, que sean de interés para la conservación, de interés pesquero, entre otros criterios a considerar”. El contrato, difundido en primera instancia por El zumbido, fue firmado por el decano Juan Cristina y por Andrea Rivoir, gerenta de Medio Ambiente, Seguridad, Salud y Calidad de Ancap. El proyecto será liderado por la investigadora Leticia Burone. La decisión generó repercusiones dentro de la institución y molestia en parte de los sectores de la población que velan por la defensa del ambiente.

El contenido del convenio

El acuerdo comienza con una sección que hace una recopilación de antecedentes. En el texto dice que la Udelar y Ancap “suscribieron un convenio marco de Cooperación Técnica y Científica” en 1994. También cuenta que en 2011 los actores “celebraron un convenio específico” que tenía como objetivo generar “una línea de base relativa a los medios físicos, bióticos y antrópicos en la zona económica exclusiva”. Agrega que la Facultad de Ciencias hizo en 2012 una “revisión bibliográfica” en el marco de un proyecto y en 2013 un “diseño de muestreo para la realización posterior de una campaña oceanográfica”. Luego, en 2014, se hizo una publicación en el marco del Programa Oceanográfico de Caracterización del Margen Continental Uruguayo. A partir del convenio firmado en enero, la Facultad de Ciencias tiene que recopilar información para la zona donde se pretende hacer el nuevo pozo y el diseño de un muestreo para “cubrir vacíos de información”.

La institución debe presentar a Ancap un “informe parcial con los avances concretados dentro de los 90 días a contar a partir de la firma del acuerdo” y “entregar el documento final conteniendo el diseño de muestreo dentro de los 90 días a contar desde la fecha de entrega a Ancap del informe parcial de avances”. Asimismo, la empresa estatal debe abonar a la Facultad de Ciencias “en carácter de contraprestación” la suma de 100.000 dólares, que será abonada en tres partidas: “50% a la firma del convenio, 40% contra entrega del informe de avance y el 10% restante contra entrega del producto final”.

Por su parte, Ancap “autoriza” a la Facultad de Ciencias para que haga “uso académico de los desarrollos metodológicos” que se formulen en el marco del convenio y afirma, según consta en el texto, que la institución “podrá realizar comunicaciones y/o publicaciones científicas con previa autorización de Ancap”. “El autor principal y los coautores deberán mencionar la participación de Ancap en dicho trabajo; al tiempo que dicha divulgación deberá contar con el aval de la Jefatura de Medio Ambiente de Ancap [...]. A tales efectos, desde la Facultad de Ciencias se remitirá a la Jefatura de Medio Ambiente de Ancap el borrador que será difundido o publicado. Esta podrá formular observaciones a fin de proteger su información confidencial, indicando en forma expresa y fundada cuáles son las modificaciones que se requieren”, expresa el convenio. Más adelante, reafirma que “la difusión y publicación académica de los datos [o] resultados obtenidos en el convenio no se denegará sin causa justificada”.

La confidencialidad

El apartado relativo a la confidencialidad fue el que causó más controversia, como se verá más adelante. Sin ir más lejos, según informó El Zumbido, la asociación civil Derechos con Voz presentó un recurso de revocación del contrato y solicitó la suspensión en forma cautelar amparándose en varias normativas, entre ellas, el artículo 47 de la Constitución, el principio precautorio –que establece que ante la amenaza de un daño grave, la falta de certeza científica absoluta no debe postergar la adopción de medidas para prevenir la degradación ambiental– y el Acuerdo de Escazú.

En concreto, el acuerdo firmado por las partes dice que están obligadas a “guardar la más absoluta confidencialidad respecto de cualquier información considerada e identificada como tal claramente al momento de la divulgación, como sensible y/o de potencial importancia estratégica para Ancap, datos y documentos presentados en forma oral, escrita o bajo otro formato electrónico, magnético o bajo otro medio conocido o por conocerse, a los que tengan conocimiento o acceso durante o después de la implementación del presente convenio, comprometiéndose a no divulgarlos a terceros por ningún motivo”.

Buque de prospección sísmica BGP Prospector, el 2 de febrero en el puerto de Montevideo.

Buque de prospección sísmica BGP Prospector, el 2 de febrero en el puerto de Montevideo.

Foto: Inés Guimaraens

Enseguida, indica que existen excepciones a la confidencialidad. Por ejemplo, se cancela cuando la información se divulgue por “autorización expresa de la otra parte”, “requerimiento judicial” o “cuando sea requerido de conformidad con las leyes y reglamentaciones aplicables”. Otro caso es cuando la información tome estado público por “decisión gubernamental” o “se encuentre amparada en el artículo segundo de la Ley Orgánica de la Universidad de la República”. Esta última normativa establece que a la institución le incumbe, a través de todos sus órganos, “contribuir al estudio de los problemas de interés general y propender a su comprensión pública”.

Debates pendientes en la Udelar y la necesidad de repensar ciertos convenios

Tras una reunión del Consejo Directivo del Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales (IECA) de la Facultad de Ciencias, su director, Marcel Achkar, firmó una resolución el 3 de diciembre que refiere al convenio. En el texto, al que accedió la diaria, describe que la cooperación técnica y científica entre la Udelar y Ancap es “fundamental debido a su importancia en el sector energético nacional” y reconoce que “la colaboración entre instituciones públicas estatales es una estrategia impulsada de forma sostenida” por el IECA. Considera que la gestión del territorio marino uruguayo “es un tema estratégico y prioritario”. “En los últimos años, la exploración en busca de recursos energéticos se ha instalado en la agenda nacional como una decisión tomada por el Estado uruguayo. Sin embargo, esto implica un amplio debate nacional, con participación diversa, en el que la Universidad de la República debe ser un actor importante en la discusión estratégica. Consideramos que este proceso no se ha dado internamente ni en la Universidad de la República ni en la Facultad de Ciencias”, esgrime en la misiva.

A continuación, el investigador agrega que la Facultad de Ciencias “no puede ni debe asumir actividades orientadas a la intervención en la prospección de hidrocarburos” en el territorio marino, “más aún considerando que investigadores con reconocida trayectoria han manifestado las inconveniencias del desarrollo de estas actividades”. “En este marco general, y considerando la libertad de cátedra como principio fundamental que rige el accionar de nuestros docentes, cada docente puede construir sus líneas de investigación y establecer acuerdos de cooperación orientados por este principio, pero sin comprometer a la institución. Luego de recabar información con diversos actores y especialistas en la temática, concluimos que se trata de una propuesta construida por una docente de la Facultad de Ciencias (sin consultas institucionales sobre su pertinencia, contenidos y alcances) con Ancap. En este sentido, no corresponde al IECA como instituto académico pronunciarse sobre dicho acuerdo de trabajo, ya que se trata de una propuesta personal de la docente”, puntualiza Achkar.

En conclusión, dijo que el IECA “debe continuar trabajando de forma independiente en la generación de conocimiento” sobre el territorio marino, que las propuestas de intervención “implican riesgos ambientales multidimensionales que deben ser considerados” y que la Facultad de Ciencias “debe ser muy cuidadosa de su política institucional, prestando especial atención a la transparencia en la gestión de los acuerdos”. “Finalmente, se recomienda que este convenio no sea considerado un acuerdo institucional de la Facultad de Ciencias. En función de ello, se sugiere realizar un acuerdo de trabajo de la docente Leticia Burone, en ejercicio de su libertad de cátedra, en el marco de su función como docente del IECA de la Facultad de Ciencias”, termina la carta.

La decana interina de la Facultad de Ciencias Ana Denicola resolvió en diciembre aprobar el convenio con Ancap bajo la responsabilidad de la investigadora Leticia Burone. A su vez, aclaró en la resolución que la decisión “no implica un posicionamiento respecto de la prospección de hidrocarburos” en la zona económica exclusiva y pasó al Consejo Delegado Académico y al Consejo Directivo Central. Burone fue una de las coordinadoras de la emblemática expedición Uruguay Sub200, que nos mostró parte de las maravillas de nuestro mar. la diaria intentó consultar la perspectiva tanto del decano actual, Juan Cristina, como de Burone para este artículo, pero adujeron que “se presentó un recurso legal contra el convenio que está siendo analizado por la División Jurídica de la Universidad de la República” y, “hasta que no se pronuncie”, no están “en condiciones de aportar”. Este medio también intentó entablar contacto con Ancap para conocer su postura y si los informes elaborados en el marco del convenio estarán colgados en una plataforma accesible para la ciudadanía. Fuente de la empresa estatal manifestó, vía texto, que “este acuerdo no va a generar nuevos datos ni información, sino que se trabajará sobre datos e información pública de campañas oceanográficas previas y publicaciones para actualizar el estado de conocimiento de la zona y diseñar una campaña que permita mejorar ese conocimiento. Sobre la confidencialidad, aludió que la “autorización de uso de datos para fines académicos y propiedad intelectual son estándares en este tipo de acuerdos de cooperación técnica”. Dijo que Ancap “tiene planificado adoptar un enfoque similar” a la campaña de 2011 y “oportunamente divulgar los resultados del convenio”. Agregó que la “información ambiental, oceanográfica y meteorológica que se genera en cualquier proyecto de exploración de hidrocarburos es de carácter público”.

Mapa extraído de la página web de Ancap que tiene referenciado el bloque OFF-6, adjudicado a APA Corporation y donde está previsto llevar adelante el pozo exploratorio.

Mapa extraído de la página web de Ancap que tiene referenciado el bloque OFF-6, adjudicado a APA Corporation y donde está previsto llevar adelante el pozo exploratorio.

El 16 de diciembre, el convenio se trató en el Consejo Directivo Central (CDC) de la Udelar de la República. El rector, Héctor Cancela, manifestó que “hubo ciertas dudas en la redacción de la resolución de la Facultad de Ciencias” y, por esta razón, se abordó en ese ámbito. La consejera Mariana Achugar, quien también es coordinadora de la Cátedra Unesco de Derechos Humanos, tomó la palabra y manifestó su postura tras haber mantenido reuniones con los involucrados. Definió que el convenio aborda asuntos de “interés público”, “también temas vinculados a derechos ambientales”, e hizo referencia al artículo 2º de la Ley Orgánica de la Udelar.

“Es una cuestión de interés social, no se puede considerar confidencial. Asimismo, la cláusula votada por el CDC [que habla sobre las excepciones a la confidencialidad] hace mención a la obligación con otras leyes. En este caso, otra ley que está vigente a nivel nacional es el Acuerdo de Escazú, la Ley 19.773, por la cual se garantiza el derecho de acceso a la información pública sobre el medioambiente de forma oportuna, clara y sin necesidad de justificación. No se puede hacer que las personas tengan que solicitar esta información, tiene que estar dada directamente. Nos parece muy importante que todo el mundo en la Udelar esté al tanto de esta versión y de qué implican estos compromisos que tiene la institución a hacer pública esta información de interés social”, aseveró Achugar.

Por otro lado, dijo que “una diferencia que no quedaba claramente redactada” trata sobre “quién es responsable del proyecto”. Entre los involucrados, algunos creían que la responsabilidad del proyecto recae sobre “la docente como individuo” y, en otro caso, “se interpretaba que era de la facultad”. “Algunos veían que la figura apropiada era una asesoría técnica y para otros era un convenio entre instituciones; proponemos que vuelva al Consejo de la Facultad de Ciencias para que se expida sobre el asunto”, planteó. La consejera lamentó que no contaron con el tiempo necesario para conversar sobre “estas definiciones, que son importantes y en las que hay distintas posturas”. Consultada por la diaria sobre la confidencialidad del convenio, Achugar señaló que lo que puede parecer “claro” para un abogado “puede no ser tan transparente para el resto”. “Lo mejor quizás sería buscar una redacción alternativa para este tipo de convenios en los que no se aplica la cláusula de confidencialidad por ser temas de interés público o que refieren a derechos humanos”, insistió.

Convenio Ancap - Facultad de Ciencias