El Poder Ejecutivo envió ayer al Parlamento un proyecto de ley para “actualizar y perfeccionar” la regulación del cooperativismo de vivienda, al establecer la titularidad compartida entre los integrantes de parejas, y criterios para el cambio de esa titularidad si una de las personas fallece, si se separan o si hay casos de violencia doméstica o de género. Según se afirma, estas propuestas, que recogen planteos de las federaciones de cooperativas de vivienda y de los institutos nacionales del Cooperativismo y de las Mujeres, implican un avance en la “igualdad de derechos de uso y goce” de la vivienda y son un “instrumento de equidad de género”.

La titularidad compartida, con “igualdad de derechos de uso y goce de la vivienda”, correspondería a los integrantes de una pareja que habiten la vivienda “en forma permanente, estén a cargo del núcleo familiar y constituyan matrimonio” o “unión concubinaria” reconocida judicialmente o no, “con independencia de su género y estado civil”.

El objetivo es que “ambos integrantes de la pareja tengan la posibilidad real y legal de emitir su opinión y el derecho de ejercer su voto, en igualdad de condiciones, en todas las instancias de decisión de una cooperativa de vivienda”. Para que la propuesta no distorsione esa toma de decisiones, se plantea que cada integrante de las parejas con titularidad compartida tenga un voto, y los socios que son titulares individuales, dos votos (el proyecto habla de las personas que “estén a cargo individualmente del núcleo familiar que habite la vivienda”, pero cabe prever que también tendrán voto doble las que vivan solas).

Si se aprueba el proyecto, las parejas que ya vivan en cooperativas tendrán la posibilidad de incorporarse al nuevo régimen por común acuerdo. Para que una pareja con titularidad compartida se retire de una cooperativa, será necesaria la voluntad de sus dos integrantes, a quienes se les reembolsarán conjuntamente las partes sociales. Si uno de ellos fallece, el otro podrá asumir la titularidad individual.

En casos de violencia doméstica o de género, tendría preferencia para permanecer como titular la víctima de la agresión, y cuando esta cause lesiones graves, así como cuando haya homicidio, femicidio o tentativa de estos, el delito sería causal de expulsión de la cooperativa. El proyecto establece además que, cuando las parejas se separen, tendrá preferencia para seguir en la vivienda “aquel cónyuge o concubino que conserve la tenencia de los hijos”, si los hubiere.