En un comunicado difundido por el área jurídica del Palacio de Planalto, el gobierno brasileño anunció cambios en el decreto que reglamenta el porte y uso de armas en el país impulsado por el presidente Jair Bolsonaro. Esta medida había generado un fuerte rechazo en diversos sectores políticos y sociales, y motivó una carta abierta de 14 gobernadores que pidieron que se revirtiera.

De acuerdo con el nuevo decreto, que fue publicado en el Diario Oficial de la Unión, “no será conferido el porte de armas como fusiles y escopetas a los ciudadanos comunes”. En la norma se especifica la diferencia entre las armas de fuego autorizadas y las que no. Las primeras “son aquellas que por su dimensión y peso reducido pueden ser disparadas con una sola mano, como los revólveres y las pistolas”. Las no autorizadas por el decreto son otras, menos livianas, como los fusiles o las escopetas.

Sin embargo, se establece como excepción entre los que podrán utilizar estos dispositivos a aquellas personas “domiciliadas en áreas rurales”. Según el texto, “la autorización para la adquisición de armas de fuego portátiles [fusiles o escopetas] será concedida únicamente a aquellos domiciliados en inmuebles rurales, considerando a quienes se dedican a la explotación agrícola, pecuaria, de extracción vegetal, forestal o agroindustrial”.

Pese a los cambios dispuestos en el decreto, algunos especialistas en el tema consultados por el diario O Globo declararon que las modificaciones no son suficientes para dejar de lado las dudas acerca de la constitucionalidad de esta norma. De acuerdo con estos juristas, la medida pasa por encima de la Constitución, y el Supremo Tribunal Federal (STF), el órgano de mayor jerarquía del Poder Judicial brasileño, puede dejarla sin efecto. A su entender, el gobierno no puede alterar una ley, como la del Estatuto de Desarme, sin la aprobación previa del Congreso. El abogado criminalista Renato Stanziola Vieira, dijo: “Desde el punto de vista del proceso legislativo, el decreto sigue siendo inconstitucional. El vicio de raíz permanece inalterable. Sólo una ley puede cambiar lo que una ley dice. El decreto tiene la función de detallar, explicar o complementar una ley, pero nunca la función de contrariarla o contradecirla”.