El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° turno revocó la condena de Agustín Bascou, exintendente blanco de Soriano (2015-2020), porque la acusación fiscal a cargo de Stella Alciaturi fue presentada fuera de plazo. El organismo valoró que, si bien el documento debió ingresar el 22 de noviembre de 2024, finalmente arribó el 3 de diciembre, motivo por el cual se declaró “absolutamente nula” la demanda de acusación.
Este miércoles, el medio Agesor informó sobre la sentencia anulatoria, que se conoció esta semana. En el documento, al que accedió la diaria, se “convoca la nulidad absoluta de todo lo actuado desde la demanda-acusación” y comprendiendo además “la contestación de la demanda-acusación, la sentencia de condena, el recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado y la contestación del traslado del recurso de apelación por parte de la Fiscalía Letrada Departamental de Mercedes de 2° turno”.
Según dijo Pablo Vera, integrante de la defensa del exfuncionario junto con el abogado Juan Fagúndez, la disposición anula “gran parte del procedimiento”, incluyendo “la acusación fiscal, la contestación a la acusación fiscal y la sentencia de condena”, listó. A partir de lo anterior, indicó que Bascou “sigue siendo una persona procesada sin condena” y “se abre nuevamente una etapa en la cual el expediente va a un fiscal subrogante y a un juez subrogante” con el objetivo de que el fiscal “analice si amerita una acusación o un sobreseimiento” y lo traslade a la defensa, así como la Justicia, en caso de que acuse, “vea si condena o no”.
El profesional advirtió, sin embargo, que la situación es “injusta” y termina siendo “incluso hasta más beneficiosa para la Fiscalía, porque va a tener la oportunidad de volver a acusar o de analizar un sobreseimiento” con las “cartas vistas”, dado que la defensa ya respondió la acusación y tuvo una sentencia de primera instancia. En esa línea, analizarán “si no violenta algún principio constitucional”; están considerando “la eventualidad de presentar un recurso de casación con el objetivo de que se declare el sobreseimiento”, y aseveró que la solución no respeta “la igualdad de armas”: “Si a la defensa se le termina el plazo sin hacer el acto procesal que tiene que hacer, no tiene más chance (...). En este caso, la Fiscalía pareciera que sí, el tribunal ha entendido que sí lo tiene”, aseguró ante el medio sorianense.
Tras conocerse la anulación, el exjerarca dijo a Telenoche que lo tomó “bien porque, en el fondo, es un triunfo nuestro por anular toda esa acusación”, pero, al mismo tiempo, mal, porque “deberían haber archivado todo, no pasar a otra fiscal”.
En ese sentido, el nacionalista indicó que pasar a manos de otro profesional configura una “estafa jurídica”: “Me están estafando, jurídicamente a mí me están estafando. Yo te lo digo con todas las palabras: yo no creo en la Justicia uruguaya. No creo en la Justicia. Agustín Bascou no cree en la Justicia”, reiteró. Sin embargo, dijo que tiene “la conciencia tranquila” y exhortó a que “vayan para adelante nomas” porque “no pasa nada”.
La condena remite a junio de este año, pero la causa inició en 2017, cuando Bascou fue denunciado por ediles de la Junta Departamental de Soriano, quienes relataron que mientras suplantó u ocupó cargos públicos en la comuna “era integrante o socio de la empresa Radial Mercedes Ltda.” –dueña de dos estaciones de servicio con el sello Ancap en Mercedes y una en Dolores–, y en el período 2014-2017 “se vio incrementada la venta de combustibles a ambas empresas por parte de la intendencia”.
En ese contexto, la jueza Ximena Menchaca lo condenó a principios de junio como autor penalmente responsable de un delito de conjunción de interés público y privado a un año de libertad a prueba; dispuso su inhabilitación a ocupar cargos públicos por cuatro años y le achacó una multa de unos 180.000 pesos. Como informó la diaria en su momento, la sentencia dictó que Bascou “debió informar de la eventual existencia de un conflicto de intereses a los respectivos organismos de control, en el caso, la Junta de Ética y Transparencia Pública”.