En 1888 la empresa Indaré fue beneficiada por el Estado con la concesión de una amplia franja de la zona costera del departamento de Colonia para el desarrollo de la actividad minera, en predios ubicados en las cercanías de las desembocaduras del río Rosario y del arroyo Sauce en el Río de la Plata.
A lo largo de varias décadas, la familia Ferro, beneficiaria de esas licencias, obtuvo ganancias monumentales con el desarrollo de esa actividad que, entre otras cosas, le permitió construir un poblado: Bocas del Rosario, que hoy permanece cerrado al público tras unas enormes tranqueras.
Sin embargo, a mediados de siglo pasado, Argentina interrumpió las compras de materiales a las canteras instaladas en la orilla oriental, lo que implicó la caída de Bocas del Rosario y de otros poblados colonienses, como Conchillas, Riachuelo y Puerto Platero. El golpe final a esa actividad llegó con la vigencia del Código de Aguas de 1978, el cual prohibió el desarrollo de la explotación minera a una distancia menor de 250 metros de la costa.
No obstante, la familia Ferro ha conservado la propiedad de esos terrenos a lo largo del tiempo y en los últimos años ha impuesto un giro al negocio: fraccionar esas grandes extensiones y vender esos lotes como chacras marítimas, en un contexto de crecimiento de la industria turística.
En el caso de la franja ubicada sobre la desembocadura del Río Rosario, la propiedad de Indaré se extendió, prácticamente, hasta el límite con la ciudad de Juan Lacaze. Allí, en 2013, en ese espacio que tiene como epicentro a la playa Los Piamonteses, se generaron 29 chacras de cinco hectáreas cada una, limítrofes con la costa platense.
El dominio de los Ferro también se extiende hacia el oeste de Juan Lacaze, en una franja costera comprendida entre el arroyo Sauce y el balneario Artilleros. De modo más reciente, en 2022, allí se fraccionaron 40 chacras, con una extensión mínima de cinco hectáreas cada una de ellas.
En ambas extensiones, al ser consideradas zonas rurales, los trámites de fraccionamientos se hicieron en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) y no se respetaron, al menos, dos cosas: la cesión al uso público de la franja de 150 metros de costa a partir de la ribera del Río de la Plata, y la prohibición de construcción e intervención en la franja de 250 metros a partir de ese mismo límite. Los fraccionamientos fueron aprobados por esa secretaría de Estado sin dar vistas de esa situación a la Intendencia de Colonia, lo cual ha generado molestias en las autoridades comunales y también en los ediles de la Junta Departamental.
Cuestión de límites
La forma en la cual se desarrollaron esos fraccionamientos fue denunciada por la abogada Carolina Neme, quien representa a un grupo de pescadores que se establecieron en un predio cercano a la desembocadura del arroyo Sauce así como a los vecinos de Colonia Cosmopolita que denunciaron la colocación de un alambrado a pocos metros de la línea de la costa en la playa Los Piamonteses, que finalmente fue extraído el lunes 12.
En 2022 Indaré desarrolla el fraccionamiento del predio ubicado en la desembocadura del arroyo Sauce y “comienza una acción de reivindicación de uno de los 40 padrones resultantes donde se ubica una comunidad de pescadores artesanales desde los años 60”, comentó la abogada en un documento al cual tuvo acceso la diaria.
La arenera Indaré afirma que ese predio rural “ha quedado inutilizado a la actividad extractiva” desde la entrada en vigencia del régimen del Código de Aguas de 1978, el cual establece una faja de defensa de costas de 250 metros, “para evitar modificaciones perjudiciales a su configuración y estructura”. A partir de ello, la empresa reclamó judicialmente “la pérdida de estos derechos de explotación y sus consecuente ganancias” pero “no tuvo éxito y por tanto y aprovechando el ascenso del precio de las tierras costeras para fines turísticos convirtieron el giro principal de su negocio, se escindieron en varias sociedad anónimas y comenzaron a fraccionar esos padrones”, detalló la abogada.
Durante más de 40 años, la empresa arenera “descuidó el inmueble, desinteresándose del mismo”, porque “una vez que no pudo ejercer la actividad principal, no lo usó, no lo cuidó ni cumplió con los deberes inherentes a los propietarios de los bienes inmuebles”, señaló Neme, y agregó que “recién” en 2022 los dueños de Indaré se enteraron de la presencia de pescadores en ese lugar, “cuando fueron a realizar el fraccionamiento”. “Es decir que por lo menos desde 1980 hasta marzo de 2022, la actora no compareció nunca al predio”, destacó.
Más allá de la situación de esos pescadores, lo más grave de este caso es que Indaré, “luego de haber instrumentado el fraccionamiento de este predio rural costero, no contempló” lo dispuesto por la Ley 19.355 de 2015, que “estableció una faja de 150 metros medida a partir de la línea superior de ribera que deberá cederse al dominio público”, en todo fraccionamiento de predios comprendidos en la costa del océano Atlántico y el Río de la Plata, resaltó Neme.
Esa situación fue denunciada ante el Poder Judicial y la Dirección Nacional de Catastro por parte de esta abogada, quien también cuestionó el accionar del ingeniero agrimensor que intervino en este trámite, ya que no incluyó la franja de cesión de uso público en los planos.
Cuestionamientos al MGAP
Al ser consultado por la diaria sobre las características que adornan a este fraccionamiento, el director de Ordenamiento Territorial de la Intendencia de Colonia, Martín Avelino, manifestó “disconformidad” por lo actuado desde el MGAP. “No hubo consultas a la intendencia por parte del MGAP ni se establecieron las debidas protecciones a la faja costera”, criticó el funcionario.
En la misma línea, el edil frenteamplista José Manuel Arenas manifestó que “esta situación es muy preocupante y debería resolverse lo más rápidamente posible”. Arenas recordó que el gobierno departamental de Colonia “tiene incidencia directa en la aprobación de los fraccionamientos en los centros poblados y en la creación de los enclaves suburbanos”, pero “el problema muy grave se genera con los fraccionamientos que se hacen en zonas categorizadas como rurales, donde la Intendencia y Junta Departamental “no tienen injerencia y se tramitan directamente en el MGAP mediante una ley de 1971”. “El gobierno departamental se entera de la existencia de esos fraccionamientos cuando ocurren problemas, como pasó en Los Piamonteses”, comentó.
Según Arenas, para evitar situaciones como las registradas en esos dos fraccionamientos, “debería hacerse una modificación legal de modo que los gobiernos municipales sean consultados, porque debe armonizarse lo que aprueba el MGAP con la cantidad de normas jurídicas que protegen los 150 metros de la costa que deben ser cedidas de pleno derecho al dominio público, además de que se vulnera el acceso a la costa”.
En tanto, para Neme, si bien es cierto que en las temáticas de ordenamiento territorial y ambiental “suelen existir competencias concurrentes entre varias instituciones públicas, en este caso y principalmente, sin ser exclusivas, el gobierno departamental como el Ministerio de Ambiente tienen la autoridad para actuar en fraccionamientos, obras, actividades intervenciones” que se realicen en la faja de 150 metros y la faja de defensa de costas de 250 metros.
“Consideramos que los fraccionamientos cuestionados no cumplen con ninguna de las normas mencionadas, puesto que no se cumple con el libramiento de pleno derecho de los 150 metros de la faja costera, tampoco se ha aprobado un plan especial, que asegure la accesibilidad a la costa y que cumpla con las infraestructuras necesarias para un fraccionamiento con fines inmobiliarios”, en detrimento “no sólo del dominio público de nuestras costas y su protección”, sino “de la accesibilidad pública y democrática a las playas, un derecho muy valorado y protegido en nuestro país y que todos los ciudadanos y órganos del Estado debemos defender”, concluyó.