La Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales y la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) se reunieron la semana pasada con el objetivo de empezar a trabajar el tema de los derechos de imagen. En principio, con el nuevo contrato de televisación, se plantearía un nuevo panorama económico para la AUF, por lo tanto, para los clubes. Aunque habrá que ver, luego de la licitación por los derechos de televisión, si el vínculo lo une con nuevas empresas o si permanece Tenfield, que tiene cláusula de igualación para los lotes donde se presente. Con esta coyuntura, más allá o más acá, aparece un concepto muy nombrado en los últimos tiempos por el gremio de futbolistas, que son los derechos de imagen.
El jueves 16, tras la salida de la reunión con el Comité Ejecutivo de la AUF, el presidente de la Mutual, Diego Scotti, señaló que “quedó plasmada la voluntad de las partes. Más allá de algunas diferencias conceptuales de interpretación, la idea es seguir conversando la semana que viene”. Los futbolistas, representados por el gremio, solicitarían 10% de los derechos de imagen en el nuevo contrato de televisación. Más allá de que el derecho es personalísimo, “lo principal es que el derecho es reconocido y nadie discute que hay algo que nos corresponde”, afirmó el exfutbolista.
Juan Silva Cerón, abogado y exfutbolista, manifestó a la diaria que “el derecho de imagen es un derecho humano fundamental, está dentro del denominado bloque de constitucionalidad, o derechos inherentes a la personalidad humana. Derecho a tu nombre y derecho a tu imagen, es personal, personalismo, fundamental e inherente a la personalidad. No necesita estar escrito para estar amparado. Hay que ver la legitimación para poder hablar en nombre de cada persona, porque el derecho es personalísimo, como el estado civil, y está emparentado con el derecho a la vida, al honor, a la libertad, que esos sí están escritos. Artículos 72 y 332 de la Constitución. Entonces no tenemos ley específica que regule los derechos de imagen, pero tenemos la carta magna, la Constitución de la República que sí lo ampara, y sí lo protege”.
El artículo 72 sostiene que: “La enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno”. El 332 por su parte, describe que “Los preceptos de la presente Constitución que reconocen derechos a los individuos, así como los que atribuyen facultades e imponen deberes a las autoridades públicas, no dejarán de aplicarse por falta de la reglamentación respectiva, sino que esta será suplida, recurriendo a los fundamentos de leyes análogas, a los principios generales de derecho y a las doctrinas generalmente admitidas”.
En esa dirección, la diaria se comunicó con Sergio Pérez, integrante de la directiva del gremio de futbolistas, quien participó de la reunión: “Nos fue bien. Lo que le transmitimos al Ejecutivo es que hay un derecho que nos corresponde, que durante un tiempo se pagó en acuerdo entre la Mutual y Tenfield, pero que desde 2016, de forma unilateral y sin legitimidad, se rescindió el contrato. Desde 2016 hasta ahora no se ha pagado. Quedamos en mandar una plataforma con nuestras solicitudes. Lo importante es que la AUF reconoce que existe ese derecho”, señaló el Piojo Pérez, quien agregó que el tema se planteó en la última asamblea con más de 500 futbolistas, que no querían llegar a un conflicto por este tema, y que, además, “habían relacionado el derecho de imagen al fondo de retiro, que es una problemática grande que tiene la Mutual”.