Dani Alves pasó 14 meses en prisión preventiva, una vez que fue detenido en enero de 2023, tras una acusación de abuso sexual con acceso carnal en una discoteca de Barcelona en diciembre de 2022. El futbolista en ese momento jugaba para los Pumas de México. En marzo de 2024, la Audiencia de Barcelona le concedió la libertad provisional luego de que el jugador depositara una fianza de un millón de euros. Los jueces de aquella instancia argumentaron que el riesgo de fuga se había reducido debido a que el futbolista estaba empadronado en la ciudad y colaboraba con el proceso judicial.
Alves ingresó a prisión el 20 de enero de 2023, y en febrero de 2024 se dictó la condena original por la Audiencia de Barcelona: cuatro años y medio de prisión. Un mes más tarde abandonó la cárcel, luego de indemnizar a la denunciante con 150.000 euros. El tribunal de primera instancia consideró que el jugador había actuado con violencia y sin consentimiento.
Sin embargo, este viernes el caso dio un giro. Por unanimidad, los miembros del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña absolvieron al futbolista brasileño. La Sección de Apelaciones del tribunal consideró que el testimonio de la denunciante carece de fiabilidad. La resolución deja sin efecto todas las medidas cautelares, incluida la obligación de mantener distancia con la denunciante.
El fallo surge a partir de un recurso presentado por la defensa del exjugador y desestima el pedido de la Fiscalía de nueve años de prisión. La acusación particular pedía 12 años. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña señaló que hay “vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones” en el relato de la denunciante, especialmente en los aspectos del relato que podían ser verificados con grabaciones de video obtenidas en la discoteca Sutton de Barcelona, donde ocurrieron los hechos.
El fallo estima el recurso presentado por la defensa del ex Barcelona y desestima los de la Fiscalía —que había solicitado elevar la pena a nueve años— y de la acusación particular, que pedía doce. “El salto argumental que da la sentencia de instancia, situando la creencia subjetiva de la declaración de la denunciante, elude lo que metodológicamente debió de indagarse por el tribunal de instancia, que es el contraste de esa declaración con las demás pruebas”, indicaron los magistrados.
“De la prueba practicada no se puede concluir que se hayan superado los estándares que exige la presunción de inocencia”, agregaron. Sin embargo, sostuvieron que “el hecho de no dar por acreditada la hipótesis acusatoria no supone afirmar que la hipótesis verdadera sea la que mantiene la defensa del acusado”.
Por su parte, la abogada defensora del futbolista, Inés Guardiola, declaró: “Estamos muy felices, se ha hecho justicia, se ha demostrado que Alves es inocente”.