Recientemente el MTSS dio a conocer un informe indicando que los trabajadores de varios sectores no perdieron salario, que otro grupo perdió menos del 1% y que un tercer grupo tuvo una pérdida mayor. El informe no explica cómo se llega a estos resultados, así que el objetivo de este artículo es analizar por qué hay resultados tan diferentes en los 12 meses que concluyeron en junio de 2022 y por qué en algunos sectores los salarios fueron superiores a otros.

Analizar las causas de los resultados es importante por las particularidades que tienen las relaciones laborales y la negociación colectiva. Una característica de la mayoría de las políticas económicas es que son elaboradas por el Poder Ejecutivo y se expresan sobre todo en decretos y a veces en resoluciones. Solo en algunos casos se requiere aprobación del Parlamento, como ocurre con la Rendición de Cuentas, pero incluso en este caso el Poder Ejecutivo tiene un rol decisivo, pues determina el monto total de gastos. En cambio, en la negociación salarial participan varios actores que tienen sus propias estrategias y votan en los Consejos de Salarios influyendo en la evolución de estos. Sin duda, una situación muy particular.

El rol del gobierno y los actores sociales en la fijación de salarios

Si el gobierno decidiera tener una política salarial activa, su rol sería relevante. En las últimas décadas ha habido períodos en los que el gobierno decidió tener un rol pasivo, es decir, decidió no intervenir activamente y dejar que el salario fuera determinado por los empresarios o por la negociación entre empresarios y trabajadores, sin la participación del gobierno. Esto ocurrió particularmente entre 1992 y 2004, o sea, en los gobiernos de Luis Alberto Lacalle Herrera, en el segundo gobierno de Julio María Sanguinetti y en el de Jorge Batlle. En cambio, entre 1985 y 1991, período que abarcó el primer gobierno posdictadura de Sanguinetti, y durante los tres gobiernos del Frente Amplio que se extendieron entre 2004 y 2019, existió una política salarial activa, donde el gobierno realizó propuestas concretas. Lo mismo ocurre en los años transcurridos del gobierno actual.

Habiendo una política salarial activa, pese a su importancia, ella no determina por sí misma la evolución de los salarios. ¿Por qué ocurre esto? Porque los aumentos salariales son determinados por los convenios colectivos y estos se deciden, desde 1943, en los Consejos de Salarios que tienen una integración tripartita: gobierno, empresarios y trabajadores.

En los Consejos cada uno de estos tres actores tiene un voto y las decisiones pueden ser por consenso o por mayoría, conformándose esta por la suma de dos votos, cualquiera de ellos. Esto implica que cualquier actor puede ser minoría si los otros dos llegan a un acuerdo, incluso el Poder Ejecutivo. En este caso, los aumentos salariales derivados de los convenios serán diferentes de la política salarial, pues resultarán de las propuestas de los actores sociales que resultaron mayoritarias.

Las principales herramientas de la negociación salarial

En las últimas rondas de Consejos, las dos principales herramientas utilizadas fueron los aumentos por inflación y los correctivos. Los convenios suelen incluir otros temas, como categorías, beneficios, formación profesional, cláusulas de paz, etcétera. Estos aspectos no serán tratados en esta nota, que se limitará exclusivamente a los salarios.

Aumentos por inflación

El objetivo de esta herramienta es elevar los salarios para compensar la pérdida que tienen en su poder de compra por el alza de los precios. Históricamente, los dos principales criterios utilizados fueron la inflación pasada (del período previo, desde el aumento salarial anterior) y la inflación futura (hasta el siguiente aumento salarial). Por muchas décadas se utilizó el primer criterio, que prácticamente fue el tradicional. Desde la década de 1990 se comenzó a utilizar la inflación futura, con el argumento de evitar la inercia inflacionaria. El problema de la implementación de este criterio es que el futuro es desconocido, por lo cual se utiliza la estimación de lo que ocurrirá en el futuro.

Pero hay varias estimaciones de la inflación futura, así que ¿cuál se toma? En algunos años se utilizó el promedio de las estimaciones que releva el Banco Central del Uruguay (BCU). Otra opción es utilizar la estimación del gobierno, como sucede en el marco de la política salarial actual. El resultado, en términos de los salarios, depende de si la inflación que efectivamente se materializa en el período siguiente a un ajuste salarial es igual a su estimación, en cuyo caso el salario real se mantendrá. Sin embargo, de ser mayor, tendríamos un descenso del poder de compra. Para evitar esta eventualidad es que se utiliza la segunda herramienta: los correctivos.

Los correctivos

Como su nombre lo indica, el correctivo es un aumento salarial que “corrige” la pérdida salarial cuando la inflación real supera la inflación prevista, y sólo opera en el caso de que efectivamente este hecho ocurra. Por ejemplo, en un convenio de ajustes semestrales, si la inflación prevista para el período enero-junio fue de 3% y la inflación terminó siendo de 5%, el aumento correspondiente a julio, o sea, el del segundo semestre, será de 2% por el correctivo, más el aumento por la inflación estimada para ese período.

La introducción de correctivos en los convenios fue el principal tema de debate en la última ronda salarial. La propuesta del gobierno fue incluir un correctivo al final del convenio, es decir, el 30 de junio de 2023. Sin embargo, los trabajadores querían ajustes semestrales o anuales. ¿Es importante esta diferencia? Podría decirse que es trascendental, porque en el momento en que opera el correctivo el salario real recupera el valor previo al último ajuste, en caso de que la inflación haya sido superior a la estimada. Un correctivo al final de un convenio de dos años implica la posibilidad de que el salario caiga en forma continua y acumulativa durante los dos años de vigencia.

El correctivo corrige el nivel del salario en el momento en que opera, pero la pérdida que se produjo antes (si la hubo) es un poder de compra que no se recupera. Esto puede observarse en el Cuadro 1.1 A modo de ejemplo, se trata de dos convenios de un año con ajustes semestrales de 3% y una inflación mensual equivalente a 1%. En ambos casos, el primer ajuste se produce en el año 1; los dos tienen correctivos al inicio del año 2 (mes 1 del año 2), pero en el Caso 1 hay un correctivo en el mes 7 del año 1, cuando se realiza en el segundo ajuste. Comparando el salario real en los dos casos, se ve que en el Caso 1 el salario real del mes 7 tiene el mismo valor que en el mes 1, por efecto del correctivo.

Esto no ocurre en el Caso 2, donde el salario sigue cayendo todo el segundo semestre, por lo que el salario del mes 12 es muy inferior. Alcanza el valor inicial en el mes 1 del año 2, cuando ambos convenios tienen correctivo. En la última fila del cuadro se indica la suma de los salarios reales en los 12 meses para los dos casos (eventuales convenios). Puede verse que en el Caso 2 el valor es muy inferior. Esta caída sólo se explica por la no existencia del correctivo, que sí existía en el Caso 1. Este es el fundamento de la postura de los trabajadores antes mencionada.

Cuadro 1. Salario real con correctivo y sin correctivo

Mes Caso 1: con correctivo Caso 2: sin correctivo
0 (mes previo) 100 100
1 102 102
2 101 101
3 100 100
4 99 99
5 98 98
6 97 97
7 102 99
8 101 98
9 100 97
10 99 96
11 98 95
12 97 94
Año 2 - 1 102 102
Salario real anual (1 a 12) 1194 1176

En la propuesta del gobierno esta caída salarial podría ocurrir durante los dos años de vigencia de los convenios si la inflación real fuera superior a la estimada. ¿Qué indican las cifras en los 12 meses transcurridos hasta junio de 2022? ¿Fueron correctas las previsiones gubernamentales de inflación?

En las primeras tres columnas del Cuadro 2 se indican los aumentos salariales propuestos por el gobierno, que incluían un componente por inflación estimada y un componente de recuperación que se sumaba al anterior. El valor acumulado de estos aumentos en los 12 meses fue 6,61%, mientras que la inflación real fue 9,28% (los valores se acumulan, como ocurre en la realidad).

Cuadro 2. Inflación estimada, recuperación e inflación real julio/2021 - junio/2022

Inflación estimada (%) Recuperación (%) Aumento total (%) Inflación real (%)
Julio de 2021 2,5 0,7 3,2 2º semestre de 2021 3,06
Enero de 2022 3,5 -0,2 3,3 1er. semestre de 2022 6,04

Fuente: INE, MTSS

La inflación fue superior a los dos aumentos, de lo que resulta que no sólo la llamada “recuperación” no fue tal, sino que aun sumándola a la inflación estimada fue inferior a la inflación realmente observada. En efecto, esto determinó una caída salarial real cercana al 3%.

¿Cómo hubo salarios que “crecieron” y de qué convenios surgieron?

Según la Universidad Católica, en su “Informe de las Relaciones Laborales en 2021” de diciembre de ese año, el 40,1% de los convenios firmados establecieron aumentos iguales o menores que las pautas oficiales; 18% aceptaron los aumentos, pero incluyeron más correctivos, y 40% fueron superiores a las pautas. Esto implica que el 58% de los convenios establecieron aumentos superiores a los propuestos por el Poder Ejecutivo. ¿En qué grupos se encuentran los siete sectores donde, según el MTSS, hubo crecimientos?

Para responder esta pregunta deben analizarse los convenios de estos sectores, cosa que se hace resumidamente en el Cuadro 3, aclarando si respetan las pautas del Poder Ejecutivo y, a partir de ello, si contó con ese voto o no.

Cuadro 3. Sectores sin pérdida salarial (MTSS), algunos contenidos del convenio y el voto del Poder Ejecutivo

Sector Contenido Voto del Poder Ejecutivo
Salud Firmado en 2020 Afirmativo / anterior
Química Convenio bipartito (trabajadores y empresario). 2 correctivos Abstención
Industria frigorífica Correctivos y otros aspectos Abstención
Servicios portuarios Correctivo a 12 y 24 meses Abstención
Informática 3 correctivos Abstención
Agropecuario en general (Grupo 22) 2 correctivos Abstención / afirmativo
Servicio doméstico 2 correctivos Afirmativo

Fuente: INE, MTSS.

Podría decirse entonces que existen dos tipos de situaciones. El convenio de la salud fue firmado en 2020 (antes de las pautas y de la ronda, e incluye muchos elementos que venían de convenios anteriores que implicaban aumentos salariales mayores). Algo similar ocurre en el caso del servicio doméstico, donde existen dos correctivos, pero uno se decidió en un convenio de 2019, antes de la ronda. Y en el sector de la Química hubo una negociación bipartita, de la que el gobierno no participó (ni firmó), y donde el convenio incluye dos correctivos. En estos tres sectores los aumentos fueron superiores a los de la pauta gubernamental por los motivos indicados.

En todos los otros sectores los convenios incluyeron dos correctivos, por lo cual tuvieron salarios mayores a la propuesta gubernamental. En todos estos Consejos, el Poder Ejecutivo se abstuvo, es decir, no apoyó el convenio. En lo que refiere al Grupo 22, que abarca Ganadería, agricultura y actividades conexas, el Poder Ejecutivo no apoyó el convenio madre porque incluía dos correctivos, pero sí apoyó uno complementario que adelantaba un correctivo y tenía el aval de trabajadores y empresarios.

El Cuadro 3 deja claro que en todos estos sectores hubo aumentos superiores a los establecidos en las pautas gubernamentales, por causas especiales o por tener más aumentos o más correctivos. El Poder Ejecutivo no acompañó estos convenios, sino que se resolvieron por el acuerdo de trabajadores y empresarios. Esto permite afirmar que estos resultados, que fueron mejores que en otros sectores, no derivaron de la política salarial. Podría incluso afirmarse quizá lo contrario, que la decisión de no acompañar los convenios indica que el Poder Ejecutivo se mantuvo en su propuesta original y se opuso a ellos, dado que en términos prácticos la abstención y el voto negativo tiene iguales resultados.

¿Puede corregirse una caída salarial?

Podría afirmarse que el aumento de la inflación se explica por factores externos, como la guerra de Ucrania, no previsibles cuando se elaboraron las pautas. Sin embargo, aun aceptando este argumento, no se explica que las pautas no fueran ajustadas a la nueva realidad. Si la inflación se disparó por factores externos, tal como podría ocurrir con cualquier otra política, se pueden hacer ajustes adaptativos, si efectivamente se quisieran corregir resultados imprevistos y no deseados. En la historia tenemos múltiples casos donde la política salarial se modificó, así como también los convenios firmados.

No es la primera vez que hay una suba de un precio relevante, como pueden ser los alimentos o el petróleo, que provocan un alza de precios no prevista. Las políticas pueden ajustarse para corregir la caída de salarios. Y lo ocurrido en este período con el caso del Grupo 22 (ganadería, agricultura y actividades conexas) es indicativo de que se puede modificar un convenio anterior. Esto puede provenir tanto de un acuerdo de trabajadores y empresarios, como del propio Poder Ejecutivo.

Y se puede hacer en forma generalizada o focalizada en los sectores que explican el crecimiento que indican las cifras del Producto Interno Bruto. En un sector donde hay un crecimiento del producto, si no hay un crecimiento salarial similar, se está produciendo una distribución regresiva por la cual los trabajadores pierden participación. En suma, más allá de los factores que explican la situación, este resultado puede ser corregido, como ha sucedido en otras oportunidades.

Juan Manuel Rodríguez, economista, consultor y docente. Fue director del Instituto Cuesta Duarte del PIT-CNT y posteriormente dirigió el Instituto de Relaciones Laborales de la Universidad Católica. Es autor de La revolución tecnológica ¿El fin del trabajo?


  1. En este ejemplo se considera un aumento de salario por inflación del 3% y una inflación mensual del 1%. En el mes 1 el salario es 102 = 100 + 3 – 1. Para simplificar los aumentos se suman, cuando lo correcto es acumularlas. Es una simplificación que no cambia las tendencias y es más fácil de comprender.