El máximo órgano de gobierno de la Administración Nacional de la Educación Pública (ANEP), su Consejo Directivo Central (Codicen), convocó ayer a una sala de abogados para analizar la situación generada a partir del fallo del juez de Familia de 20º Turno, Gerardo Álvarez, que revirtió la decisión de una maestra y promovió a quinto año a una niña que cursaba cuarto en el colegio Santa María. El Codicen manifestó su postura en un comunicado: “Reivindica su autonomía técnica en un marco de respeto a las competencias del Poder Judicial, a la vez que comparte la preocupación de las familias por la educación de sus hijos”.

Tras recibir el informe técnico de la sala de abogados, el Codicen advierte que la Constitución “confiere a los entes de la educación autonomía técnica”, y que los órganos de la ANEP “han dictado la reglamentación pertinente respecto a la promoción y la repetición”, en referencia a la resolución 7 del acta 119, de noviembre de 2017. Esa norma, recuerda el comunicado, “dispone que la decisión sobre este tema, previas las consultas que se establecen, corresponde al docente, quien como profesional de la educación y desde el escenario del aula, se encuentra en condiciones de resolver”, y afirman que “el traslado de la toma de decisiones respecto a la promoción de los alumnos desde el ámbito educativo al ámbito judicial estaría desconociendo la autonomía técnica de la ANEP y transgrediendo la norma constitucional que la consagra”.

Además, el comunicado cita un fragmento de esa resolución sobre la repetición, que establece: “la decisión sobre la promoción debe centrarse siempre sobre qué es lo mejor para la trayectoria educativa de cada niño, evitando relacionar la repetición con la sanción”, quizá respondiendo al texto de la sentencia del juez Álvarez, que señala que el colegio no puede someter a un niño “a una frustración tan grande como lo es la repetición”. En este caso, la niña involucrada tiene dificultades de aprendizaje, ante lo que el Codicen señala que se continúa trabajando en “propuestas educativas personalizadas que permitan acompañar los ritmos de aprendizaje de los estudiantes”. También recuerda que cuando existen “distintos puntos de vista entre la familia y la institución educativa es posible recurrir a procedimientos establecidos por ANEP, que tienen entre sus propósitos el de encontrar soluciones con la atención puesta en el alumno”. De todas formas, el organismo asegura que “respeta y respetará los fallos de la justicia así como reivindica su autonomía técnica”.

En tanto, también se manifestó sobre el caso la Asociación Uruguaya de Educación Católica, de la que es socio el colegio Santa María. En un comunicado manifiestan su preocupación por la “exposición mediática de una niña de nueve años”, y consideran que si un derecho ha sido vulnerado, “sin duda es el de no ser expuesta de esta manera a la polémica pública”. Avalan la “idoneidad técnica” del colegio, comparten “las preocupaciones expresadas por las autoridades de la educación en torno a esta situación reconociendo su rol rector” y manifiestan su sorpresa respecto de que “un juez, sin el necesario peritaje técnico independiente, se haya expedido sobre un asunto que requiere conocimientos específicos. En este caso concreto no nos queda claro cuál es el derecho fundamental que ha sido vulnerado”.