Más allá del desacuerdo que en reiterados ámbitos han expresado hacia el mecanismo de Reconocimiento Universitario de la Formación Docente creado por el gobierno en la ley de urgente consideración (LUC) e implementado por decreto, distintos colectivos docentes dieron un paso más y encargaron un informe para valorar su inconstitucionalidad.

Este jueves dichos colectivos, con distintas procedencias, convocaron a una conferencia de prensa para presentar las conclusiones de ese informe, encargado a los abogados constitucionalistas Luis Fleitas y Andrés Robaina. En la mesa estuvieron Cecilia Klein, del Sindicato de Docentes de Formación en Educación; Gabriela Rico, presidenta de la mesa permanente de la Asamblea Técnico Docente del Consejo de Formación en Educación (CFE); Rosana Cortazzo, exconsejera docente del CFE; Patricia Ibarrondo, docente del Instituto de Formación Docente de Melo y también integrante de la mesa permanente de la ATD; y Diego Silva, actual consejero docente en el CFE.

El informe presentado, al que accedió la diaria analiza el vínculo entre el artículo 198 de la LUC con la Constitución de la República. Sobre el artículo mencionado, se recuerda que trata “sobre instituciones públicas que no son universidades, que imparten carreras que no son universitarias”, que son las que el Poder Ejecutivo puede reconocer como tales, según la norma votada por el actual gobierno.

En tanto, se señala que el artículo 202 de la Constitución establece que “la enseñanza pública superior ―que incluye la enseñanza universitaria―, secundaria, primaria, normal, industrial, artística y otras que se crearen estarán a cargo de entes autónomos de enseñanza”. Al respecto, se acude a análisis de otros juristas, como Justino Jiménez de Aréchaga, Horacio Cassinelli Muñoz y Juan Pablo Cajarville, quienes coinciden en que las razones de dicha autonomía son dos. Por un lado, “evitar la concentración” de actividades en el Estado central y precisamente en el Poder Ejecutivo, dado “el riesgo” de “semejante acumulación de poder político”. Por el otro, el supuesto de que las tareas de enseñanza suponen “necesariamente un grado de especialización técnica que posee el servicio autónomamente organizado”.

En ese sentido, los juristas acuerdan que “el contenido de las leyes que dicte el Parlamento no puede retacear el ámbito competencial conformado por la especialidad del ente”, que, en el caso de los de enseñanza, tiene un “anclaje constitucional”. Si bien aclaran que “la ley puede regular los cometidos de los entes de enseñanza” y “coordinar los servicios” que prestan, aclaran que ello debe ocurrir “sin morigerar o retacear la especialidad” de dichos entes autónomos. En suma, advierten que esos cometidos no deben asignarse “a otro poder del Estado o a otra persona pública estatal ―o no estatal― que no sea un ente autónomo de enseñanza”.

Según concluyen, en relación con el mecanismo de acreditación definido en la LUC y que el gobierno comenzó a implementar semanas atrás, este “invade el ámbito de especialidad de los entes autónomos de enseñanza”. “Reconocer el carácter universitario de tales carreras dadas por instituciones públicas, aprobar sus planes de estudio, decidir si el título final de estas puede tener carácter universitario, son poderes de administración inmanentes a la enseñanza pública superior universitaria”, señalan, y aclaran que ello “no es de modo alguno asimilable a la autorización de una universidad privada”, atribución que tiene actualmente el Poder Ejecutivo.

Por lo tanto, los juristas señalan que la asignación de ese cometido al Poder Ejecutivo “constituye una violación a la autonomía constitucional de la enseñanza pública”.

En proceso

En la conferencia las docentes explicaron que el proceso que deriva en la presentación del informe tuvo varias etapas y que incluyó una colecta para poder financiarlo. En paralelo, recordaron que se han realizado distintas manifestaciones públicas en contra del mecanismo, ya que entienden que otorga sólo “un título de cartón”, que no es sinónimo de haber recibido una formación realmente universitaria. En una carta pública que más de 2.000 docentes han apoyado en los últimos días, reclaman que eso se logra mediante la creación de una institución universitaria que se encargue de la formación de educadores y que, además, sea autónoma y cogobernada.

En suma, los docentes también rechazan que una prueba pueda convertir un título en universitario, y Klein cuestionó especialmente el tipo de prueba que el gobierno definió aplicar. Según planteó, fue construida por el Instituto de Evaluación Educativa de Colombia, pero en ese país este tipo de pruebas no se utilizan para reconocer títulos, sino para “medir resultados” y hacer comparaciones estadísticas.

Por su parte, la secretaria general del Sidfe también cuestionó algunos argumentos que ha dado el gobierno para promocionar la inscripción a la prueba para que docentes egresados puedan hacer el reconocimiento del título. En concreto, dijo que no es verdad que ese paso sea necesario para realizar posgrados, ya que actualmente los educadores pueden inscribirse a posgrados con sus títulos terciarios no universitarios. “Todos los que estamos en esta mesa tenemos posgrados realizados”, ilustró.

A accionar

El informe de Fleitas y Robaina también se pronuncia sobre quiénes están habilitados a interponer un recurso de inconstitucionalidad en contra del mecanismo de reconocimiento universitario. Al respecto, los abogados concluyen que pueden hacerlo los consejos directivos centrales de los entes autónomos de enseñanza, la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y Universidad de la República, o cualquiera de sus integrantes.

Si bien hasta el momento el colectivo de docentes que presentó el informe manifestó que sólo consideró pertinente ponerlo a consideración pública, en la conferencia estaba presente uno de los representantes docentes en el Consejo Directivo Central de la ANEP, Julián Mazzoni, quien afirmó que está dispuesto a ir por ese camino. Según planteó, pretendía interiorizarse del informe y estudiarlo a nivel jurídico, pero adelantó su “disposición a asumir la responsabilidad” de presentar un recurso ante la Suprema Corte de Justicia.

Desde el MEC

Por su parte, el ministro de Educación y Cultura, Pablo da Silveira, se refirió a la iniciativa de los colectivos docentes en su cuenta de la red social X. El jerarca consideró que “no les importa lo que votó la mayoría absoluta de los uruguayos en un referéndum, ni que miles de docentes se estén inscribiendo” para realizar la prueba. “Intentan trancar porque no quieren que el logro sea de otros. Y apelan a cualquier cosa”, agregó Da Silveira, quien hizo alusión a que el mencionado artículo de la LUC fue uno de los 135 artículos que se sometió a referéndum en 2022, sin alcanzar los votos necesarios para su derogación.