Sólo en 2017 hubo 386 casos de violencia sexual en menores de 15 años en las puertas de emergencia del sector mutual. “Hay más de un caso por día”, dijo la coordinadora del área asesora programática de Violencia Basada en Género y Generaciones del Ministerio de Salud Pública (MSP), Irene Petit, durante la presentación del “Protocolo para el abordaje de situaciones de violencia sexual hacia niñas, niños y adolescentes en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud”. El protocolo –que fue presentado el mes pasado en la sede del MSP a sala llena– fue elaborado por UNICEF Uruguay, el Sistema Integral de Protección a la Infancia y a la Adolescencia contra la Violencia (SIPIAV), además del propio MSP. Este documento, que ya está vigente, se propone ser una herramienta “conceptual y operativa” para la prevención, detección y atención de estos casos en los centros de salud. Para esto se están llevando a cabo capacitaciones en los equipos de salud.

El MSP pretende jerarquizar “el trabajo interdisciplinario y en red” y “los mecanismos de articulación y coordinación interinstitucional”. Reconoce que el sector de la salud posee un “rol privilegiado” en el abordaje de este tipo de situaciones e intenta “potenciar los recursos existentes”.

Sobre el camino construido

El protocolo recoge apreciaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y obedece a sus directrices clínicas sobre “cómo responder a las niñas, niños y adolescentes que han sufrido abusos sexuales”. En 2016 la OMS declaró que “existe consenso en que la violencia hacia niñas, niños y adolescentes es una gravísima violación a los derechos humanos, que constituye un problema de salud pública y que impacta o puede impactar a corto, mediano y largo plazo en diversos ámbitos de la vida (salud, educativo, social, vincular, etcétera). Esta forma de trato genera distintos tipos de daño y costos directos e indirectos que comprometen incluso el desarrollo económico de los países”.

El abuso sexual infantil y adolescente está definido por la Organización Mundial de la Salud como una actividad sexual que el menor “no entiende plenamente”, “no está capacitado para dar su consentimiento fundamentado” o “no está preparado de acuerdo con su nivel de desarrollo”.

Partiendo de la base de que la violencia sexual hacia niñas, niños y adolescentes es un grave problema de salud pública, el protocolo plantea los principales objetivos del abordaje de esta problemática desde la salud. Entre ellos se encuentran la promoción de buenas prácticas de crianza, la atención integral de los menores –ya que este problema afecta a la salud y al desarrollo–, la implementación de estrategias que tiendan a reparar el daño, la continuidad de la atención integral mediante el seguimiento en conjunto con otras organizaciones y el aseguramiento de la atención a todas las posibles víctimas dentro del entorno familiar o escolar.

La OMS identifica tres tipos de abuso sexual hacia niñas, niños o adolescentes

1. Abuso sexual sin contacto (amenazas de abuso sexual, acoso sexual verbal, solicitud de favores sexuales, exposición indecente, exposición de la o el menor a pornografía).

2. Abuso sexual con contacto, lo que incluye las relaciones sexuales con penetración o intento de penetración (agresión o violación sexual).

3. Abuso sexual con contacto que excluye las relaciones sexuales con penetración pero incluye otros actos, como contacto inapropiado, estimulación por medio de caricias y besos. A menudo, el abuso sexual hacia niñas, niños y adolescentes se hace sin fuerza física, más bien por medio de la manipulación (psicológica, emocional o material).

Pasos a seguir

El protocolo determina distintas etapas en el abordaje de las situaciones de abuso. La primera es la “promoción de vínculos saludables y prevención de la violencia sexual”. En esta etapa las y los operadores de la salud deben “favorecer el desarrollo de factores protectores” en la familia y en la comunidad. “Enseñar el respeto que el cuerpo merece comienza con la propia actitud profesional en la consulta”, explica el protocolo.

La segunda etapa es la “detección de indicadores clínicos y paraclínicos”. Existen distintos indicadores: de daño psíquico según la edad, consecuencias según el sector del sistema nervioso afectado y sentimientos y conductas habituales en niñas, niños y adolescentes que atravesaron situaciones de violencia sexual.

Además, el protocolo presenta el relato de la víctima como un indicador de “alta especificidad” y señala que “la revelación de una situación de violencia es un proceso gradual, complejo e individual”. “En los servicios de salud nunca debe desestimarse el relato de una niña, de un niño o de un adolescente por ser confuso o incompleto”, indica. También brinda los criterios de validación del relato que detalla de manera muy precisa distintas características de la revelación.

La tercera etapa es la “valoración del riesgo de la situación de violencia sexual”, que se centra en el momento del examen físico y de la entrevista con la o el menor abusado y el adulto referente (que nunca debe ser la persona que agrede). En este momento se llevan a cabo los exámenes pertinentes para evacuar dudas respecto de las infecciones de transmisión sexual. Además, el protocolo presenta “recomendaciones y buenas prácticas” para las entrevistas.

El protocolo brinda de manera exhaustiva herramientas para la correcta práctica profesional en el examen físico y destaca que “la ausencia de evidencia física no significa que no hubo violencia sexual”. Señala que la sospecha de violencia sexual se plantea siempre frente a tres casos: el relato espontáneo de la niña, el niño o la o el adolescente, la presencia de infecciones de transmisión sexual o ante un embarazo en una niña o adolescente.

En los casos de embarazo producto de violencia sexual el protocolo explica que estos “generan un daño que la maternidad profundiza”, y por esto el equipo de salud debe generar las condiciones para garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. Sin embargo, señala que “el aborto en contra de la voluntad de la niña o adolescente víctima de abuso no se plantea como una opción válida desde el punto de vista ético y legal”.

También en esta etapa se introducen las “Pautas de atención a las situaciones de violencia sexual en los servicios de urgencia y emergencia” que se deben utilizar si se presenta un caso de agresión sexual antes de pasadas las 72 horas del abuso.

La cuarta etapa es la “respuesta de primera línea” que pretende intervenir en la crisis y reducir “los daños físicos y psíquicos causados o que pudiera causar la violencia sexual a corto, mediano y largo plazo”. En ese momento el profesional que toma contacto con la situación debe “escuchar, brindar contención emocional, definir la necesidad de incorporar otras disciplinas conformando un equipo de trabajo, evaluar el tipo de situación, evaluar las repercusiones de la violencia sexual, comenzar la valoración del riesgo de la situación, evaluar la existencia de redes de apoyo y recursos comunitarios [para la víctima], valorar la necesidad de medidas de protección urgente e indagar intervenciones previas”.

El protocolo facilita para esta etapa un esquema muy intuitivo que en base a preguntas sobre la situación –por ejemplo, “¿Existencia de intercambio de secreciones y/o sangre? Sí/No”– indica qué pasos deben seguirse. En este se sugiere que incluso cuando el examen físico no arroje elementos que sugieran abuso sexual se debe hacer un seguimiento del caso.

En esta etapa se trata el mecanismo de denuncia penal del abuso. Según el protocolo la judicialización puede tener un doble propósito: por un lado, la adopción de medidas de protección y, por otro, la persecución penal del delito. Señala que “en ese equilibrio siempre deben prevalecer los derechos de la niña, el niño y la o el adolescente y su no revictimización”. También se brindan las herramientas resueltas por el Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica, que generó un diagrama general de orientaciones que presenta vías de denuncia e información sobre los procedimientos penales, policiales y de atención a la víctima.

El documento determina que se debe denunciar en caso de que exista riesgo de daño grave o muerte o de que la situación de violencia sexual pueda continuar. También en situaciones de explotación en las que pueda haber más menores involucrados o si el adulto que acompaña a la niña, niño o adolescente es quien ejerce la violencia sexual.

La última etapa es la del “seguimiento” que pretende “que cese la situación de violencia, mantener la protección de la niña, niño o adolescente ante futuros episodios y limitar el daño físico y emocional, así como reparar el que se ha producido”. En esta etapa se hace especial hincapié en el trabajo intersectorial y la coordinación, sobre todo a fin de asegurar la salud mental de la persona que atravesó una situación de abuso.

Factores que incrementan el riesgo en situaciones de violencia en menores

• Edad: a menor edad, mayor riesgo.
• Discapacidades (crónicas o transitorias, físicas o mentales).
• Antecedentes comportamentales (conductas de riesgo hacia sí o terceros).
• Escasos recursos personales (intelectuales, afectivos, de comunicación).
• Estados de crisis emocional.

El protocolo cuenta también con un análisis de las políticas públicas en violencia basada en género y generaciones; los avances normativos, reglamentarios y jurídicos. Se puede descargar el documento entero en la sección Publicaciones de la página web del MSP.

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