El Código del Proceso Penal que empezó a implementarse en 2017 asignó a la Fiscalía General de la Nación la competencia de brindar información, atención, acompañamiento y protección a las víctimas y los testigos de delitos. Eso incluye facilitar información acerca de sus derechos y garantizar su participación en el proceso penal.

Con la entrada en vigencia del nuevo código, la Fiscalía impulsó ese mismo año la creación de la Unidad de Víctimas y Testigos, a la que atribuyó como objetivos prioritarios “promover y fortalecer la participación de la víctima y testigos en el proceso penal” y brindarles un sistema de respuestas “diferenciado y específico, que garantice el acceso a la Justicia con equidad”.

En ese marco institucional, y teniendo en cuenta además la ampliación de derechos que estableció la Ley 19.580 para quienes viven situaciones de violencia basada en género, el organismo lanzó un protocolo de actuación para la atención y el acompañamiento a víctimas de violencia doméstica y violencia sexual que atraviesan un proceso penal. Se trata de una herramienta teórico-práctica dirigida a todas y todos los profesionales que trabajan en la Unidad de Víctimas y Testigos, que busca unificar criterios sobre el abordaje de estos casos.

El protocolo abarca todas aquellas situaciones de violencia que se producen en el ámbito doméstico o intrafamiliar, así como aquellas que implican delitos sexuales. Contempla a víctimas mujeres y varones de todas las edades: personas adultas, niñas, niños y adolescentes.

El documento incluye los pasos que deben seguir los equipos de la unidad en toda intervención y brinda herramientas para el diseño de un plan de acompañamiento que tenga en cuenta las características de la persona, la situación en la que se encuentra y el nivel de riesgo. Los planes son diferentes según se trate de víctimas de violencia doméstica o de violencia sexual. En el caso de los delitos sexuales, se detalla un procedimiento específico para las situaciones que involucran a niñas, niños y adolescentes.

Este protocolo es el resultado de un trabajo que la Fiscalía comenzó en 2019 junto con la Facultad de Psicología de la Universidad de la República, con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas. “Nos impulsó la rigurosidad y el alto estándar de calidad que tienen que tener las intervenciones que se hacen en este tipo de casos desde el sistema de justicia y desde el Estado”, aseguró la directora de la Unidad de Víctimas y Testigos, Mariela Solari, a la diaria. “Esto tiene que ver con que las acciones de evaluación de riesgo, de evaluación de daño y de cómo se hace un acompañamiento tienen que estar protocolizadas. No es algo basado en el sentido común, sino que son una metodología y un saber técnico que tienen que estar explícitos en un protocolo”, explicó.

Solari destacó que el protocolo haya sido diseñado por el propio equipo técnico de la unidad, que elaboró una propuesta inicial a partir de la identificación de las dimensiones principales que presenta la violencia doméstica y la violencia sexual, sus marcos teóricos de referencia y los componentes necesarios para su abordaje. Una vez realizado ese trabajo, el Programa Género, Sexualidades y Salud Reproductiva del Instituto de Psicología de la Salud (de la Facultad de Psicología) se encargó de llevar adelante un proceso de validación de las metodologías, que es lo que le da la “rigurosidad técnica”, señaló la funcionaria. Esa validación se hizo a través de rondas de consultas con académicos nacionales e internacionales, y con fiscales de todo el país.

El preámbulo

El primer acercamiento de la Unidad de Víctimas y Testigos a los casos puede darse por la derivación del equipo fiscal, por medio del personal administrativo de la Fiscalía, a solicitud de las propias víctimas, o por personas allegadas o equipos técnicos de instituciones que aborden o hayan abordado la situación.

Luego de la derivación, el primer contacto con la víctima tiene que apuntar al “análisis de la situación, identificación de los actores, interlocutores institucionales y/o personas afectadas”. El protocolo establece que esa primera respuesta “requiere de un trato basado en la empatía”, tiene que desarrollarse en un espacio “seguro” y “accesible”, y en un contexto en el que se pueda “generar confianza, credibilidad y seguridad”. Al mismo tiempo, “se deberá informar en lenguaje claro y sencillo sobre quiénes son los que están presentes, qué roles [cumplen], qué está sucediendo, qué se hará con la información que se está brindando y los posibles escenarios de lo que sucederá en el futuro inmediato”.

En cifras

El Ministerio del Interior recibió 36.229 denuncias de violencia doméstica del 1º de enero al 31 de diciembre de 2020. De acuerdo con los datos desagregados con los que se cuenta, que van de enero a octubre de ese año, 71,2% de las víctimas eran mujeres, mientras casi 80% de los denunciados eran varones.

Por otra parte, la cartera registró –también de enero a octubre de 2020– 1.853 denuncias de delitos sexuales. En este caso, 80% de las denunciantes eran mujeres y 87% de los denunciados eran varones.

En esta instancia, es importante saber si existe o no intervención de Juzgado de Familia o Familia Especializado en Violencia, si la situación ingresa o no como delito flagrante y en qué etapa del proceso penal se encuentra. Otros datos que resultarán fundamentales para diseñar el plan de acompañamiento tienen que ver con conocer si están dispuestas medidas de protección, si la persona cuenta con asistencia legal y si existen intervenciones previas de otros equipos para coordinar y lograr diseñar una red de apoyos. En los casos de violencia sexual, también es importante indagar si fueron aplicados los protocolos de salud en las instituciones correspondientes.

Lo siguiente es elaborar el plan de acompañamiento durante el proceso penal. En este punto, la primera tarea del equipo de la Unidad de Víctimas y Testigos es hacer la valoración del estado de situación de la persona a partir del hecho de violencia, lo cual supone “realizar determinadas acciones que implican una primera atención y contención de la víctima frente a la situación vivida, a modo de brindar los primeros auxilios psicológicos”. Esto implica analizar los efectos o las consecuencias en las diferentes dimensiones de su vida, realizar un mapeo de las herramientas y las redes con las que cuenta para hacer frente a la situación, y valorar el nivel de riesgo.

Distintos acompañamientos

A partir de esta valoración se elabora el plan de intervención para el acompañamiento. El protocolo aborda dos estrategias distintas: una para las situaciones de violencia doméstica y otra para las de violencia sexual. En el caso de la violencia doméstica, se sugiere valorar los tipos de violencia ejercida, la cronicidad o la escalada de la situación de violencia, denuncias previas, presencia de hijas o hijos en común, conductas misóginas por parte del agresor, entre otros elementos. En el caso de la violencia sexual, se deben tener en cuenta factores como las características de la víctima que inciden en el riesgo (edad, contexto familiar, si hay antecedentes de maltrato en la infancia), tipo de violencia denunciada, cronicidad y severidad del abuso, vínculo con el agresor, reacción de las personas adultas referentes ante la revelación del abuso y la evaluación del daño.

La psicóloga e investigadora Raquel Galeotti, integrante del equipo de la Facultad de Psicología que trabajó en el proceso de validación del protocolo, explicó a la diaria que las situaciones de violencia sexual requieren una atención específica, porque “la intromisión y el ataque a la integridad física de la persona son mayores”. “Si la violencia sexual, a su vez, se da en el marco de la violencia contra la pareja, es un indicador de mayor gravedad en términos de impacto psicológico, porque siempre en temas de violencia se considera que hay una escalada que va desde lo psicológico a lo físico y lo sexual”, señaló la experta.

La valoración de la violencia sexual hacia niñas, niños y adolescentes también requiere otros parámetros, agregó Galeotti, “porque hay que ver una serie de cosas que tienen que ver con el apoyo familiar, la reacción que tiene el adulto no agresor, las formas de apoyo, la necesidad sí o sí de tratamiento psicológico, la respuesta que da el propio sistema judicial, que tiene que ser adecuada para no revictimizar”.

Por eso, el protocolo incluye recomendaciones específicas para el diseño de un plan de acompañamiento a niñas, niños y adolescentes víctimas de delitos sexuales. Entre otras cosas, plantea tener en cuenta la situación educativa formal y no formal; la valoración de redes primarias, secundarias e institucionales; la atención en salud física y mental; la situación judicial y si cuenta con asesoramiento legal. El equipo también deberá considerar “posibles medidas de prevención de delitos sexuales, rehabilitación y reinserción social” y analizar el contexto de esa niña, niño o adolescente para detectar “la posible existencia de otras víctimas y/u ofensores sexuales u otras situaciones abusivas, de vulneración o riesgo de vulneración de derechos”.

El horizonte: evitar la revictimización

El protocolo está basado en un enfoque de derechos humanos e interseccionalidad y fue construido desde una perspectiva de género, generaciones, diversidad sexual y discapacidad, según dice el documento. Esto implica, entre otras cosas, que la Fiscalía “tiene que aplicar las convenciones internacionales y las leyes nacionales que establecen qué trato deben tener las víctimas de violencia basada en género en el sistema de justicia, y garantizar esos derechos”, explicó Solari.

La directora de la Unidad de Víctimas y Testigos dijo que esos derechos, que se ven reflejados en el protocolo, tienen que ver con “tener un trato digno y respetuoso, evitar la revictimización, lograr un enfoque centrado en las necesidades y los derechos vulnerados que ha tenido esa persona, y trabajar sobre esos aspectos para que le permitan acceder a la Justicia con todas las garantías”.

Mitigar la revictimización es uno de los puntos centrales, ya que constituye una de las principales barreras que denuncian las mujeres a la hora de enfrentarse a la Justicia. Al respecto, Solari aseguró que el nuevo Código del Proceso Penal establece “que las víctimas tienen derecho a ser oídas, a un trato respetuoso, a la asistencia, a presentar pruebas, a estar informadas. Todo eso hace que la persona sienta seguridad y confianza, y pueda acceder a la Justicia con todas las garantías, porque si vos te sentís intimidada, hostigada y revictimizada, lo menos que querés es estar en ese espacio y decir lo que te pasó”.

En el apartado que inaugura el diseño de los planes de acompañamiento, el protocolo asegura que, en cualquiera de los casos, las acciones tienen que orientarse a “reducir la revictimización o victimización secundaria durante las diversas instancias del proceso penal”. Algunas de esas acciones son informar a la víctima acerca de sus derechos, explicar el proceso penal y qué ocurrirá en cada una de las instancias, así como evitar duplicar las declaraciones en el caso que haya investigaciones en curso en diferentes sedes judiciales.

También sobre trata

Junto con el protocolo sobre violencia doméstica y violencia sexual, la Fiscalía lanzó un protocolo de actuación para situaciones de trata de personas con fines de explotación sexual. Este documento, que pasó por el mismo proceso de diseño y validación, busca orientar la intervención de la Unidad de Víctimas y Testigos en toda investigación penal de trata de personas mayores de 18 años con fines de explotación sexual.

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