Este artículo no es sobre la uruguaya María, quien protagonizó la campaña nacional “María no se va” y conmovió a la República Oriental en 2019. En un centenar de países hay miles de Marías más. Al menos 15.000 en una década, según estadísticas oficiales. Una mitad de ellas llega a extremos como el de la María uruguaya, obligada a separarse de la hija y retornarla al padre en España, pese a las evidencias de abuso sexual.
Para evitarlo, otras tantas, además, incontables e invisibles, caen en un limbo del derecho internacional: no logran irse, tampoco logran quedarse. Todas ellas, anónimas, expuestas o celebridades inclusive, componen y comparten partes del mismo fenómeno global.
Son mujeres libres del siglo XXI, que cruzan fronteras, hacen familia afuera y terminan atrapadas. Para este artículo, serán todas Marías o casi Marías, las madres migrantes en el centro de la Convención de La Haya de 1980. La octava reunión de revisión del tratado empezó el pasado martes 10 de octubre, en la ciudad neerlandesa de La Haya, y va hasta el próximo 17.
Ahora mismo, una María brasileña empieza el mismo periplo de rogarle a la Justicia de su país que no la haga devolver a sus hijos a su “residencia habitual” y al padre en Uruguay. la diaria confirmó el caso con la organización internacional de asistencia jurídica para mujeres que la acompaña en el momento.
En diez años, según contó a la agencia de noticias de Globo, ella ha registrado ocho denuncias por violencia doméstica contra el marido uruguayo, “un médico influyente”. Llegó a obtener protección policial permanente en la puerta de casa, informa la nota. Nada que impidiera al papá de sus dos hijos seguirles amenazando de muerte. Por razones obvias de privacidad, ningún nombre ha sido revelado.
Aterrada, huyó finalmente con los niños a su tierra natal, donde al menos tiene familia, apoyo, vínculos. No necesariamente derechos. Descubrió hace poco que lo que hizo tiene nombre, se llama “sustracción internacional de menores”. Si bien no es un delito y es distinto del secuestro, muchos países así lo traducen, entre ellos Brasil, o lo criminalizan con penas de cárcel, como España, Italia y otros en Europa.
Sustracción internacional de menores
El protocolo para la sustracción internacional de menores establecido por la Convención de La Haya en 1980 alcanza más de la mitad del mundo –103 naciones hasta la fecha– y sigue conquistando nuevos territorios casi medio siglo después. Hoy día, el acuerdo firmado inicialmente por cuatro naciones norteñas –Canadá, Francia, Grecia y Suiza– se esparce especialmente por países en desarrollo, siendo los africanos Botsuana y Cabo Verde los más nuevos en sumarse, al principio de 2023.
El capítulo 28 de la Convención de La Haya de 1980 define como sustracción internacional de menores “el traslado o la permanencia de niños en el exterior” sin aval del otro progenitor o responsable de la tenencia. En líneas generales, el tratado establece un protocolo bilateral que acelera los procedimientos entre sus actuales 103 países signatarios cuando uno le pide a otro ubicar a un niño para retornarlo a su anterior “residencia habitual”.
La Conferencia de Derecho Privado Internacional de La Haya (conocida como HCCH, por su sigla bilingüe en inglés y francés), es el organismo legislativo intergubernamental que rige esta y otras convenciones desde 1893. Su representante para América Latina, Ignacio Goicoechea, recibió a la diaria en la sede regional de la organización, en Buenos Aires.
La HCCH trabaja activamente con los estados miembros para asegurar la eficacia del tratado, así como para ampliar su alcance. Durante la entrevista, Goicoechea explicó que el “mecanismo básicamente trata de permitir que el sistema de protección de niños y el sistema judicial del país donde vivía este niño [o] niña, esta familia, pueda atenderlo debidamente”: “Cuando un niño es sustraído, ya sea por retención ilícita o traslado ilícito, el mecanismo va a tratar de que, en un plazo muy breve, se determine si hay sustracción o no hay sustracción, si se aplica o no una de las excepciones, y que regrese en forma segura al lugar donde vivía”.
En la práctica, sin embargo, no es tan sencillo. En 2019, Uruguay acompañó el drama de María y su hija en un traumático regreso a España, derivado en conflicto diplomático entre ambos países. En función de la Convención de La Haya, la Justicia uruguaya determinó que la niña de doble nacionalidad debía volver al país del padre, a pesar de los laudos técnicos que corroboraban la aplicación de una de las excepciones previstas en el propio tratado internacional.
La contravención de La Haya
El literal b del artículo 13 de la Convención prevé no repatriar al menor ante un “grave riesgo” de “situación intolerable” a su regreso. Se trata del argumento más reivindicado en los procesos de sustracción internacional para evitar la repatriación de los niños. De hecho, la excepción se ha vuelto una piedra en el zapato de la HCCH para mantener la eficacia, vigencia y creciente contratación del tratado.
Defensores de La Haya consideran que hay un abuso del recurso previsto como excepción. Si bien el 13b no asegura una salvaguarda para progenitores juzgados como sustractores, su alegación enlentece los ambiciosos plazos de seis semanas para concluir los procedimientos y retornar a los niños lo más rápido posible.
Por eso, la HCCH aboga por que los países aprueben leyes internas específicas para dar celeridad a los procesos de La Haya. Uruguay, en ese sentido, es considerado un país modelo por haber aprobado, en 2012, una ley moldeada para casos de sustracción internacional. En Brasil, una resolución del Consejo Nacional de Justicia (CNJ) fue decretada en 2022 apuntando a lo mismo.
La Resolución 449 del CNJ acelera los procedimientos reduciendo las posibilidades de defensa, algo que afecta sobre todo a las mujeres, quienes representan tres cuartas partes de las personas acusadas de sustracción internacional. Es lo que explica a la diaria Stella Furquim, cofundadora del Grupo de Apoyo a Mujeres Brasileñas en el Exterior (Gambe).
Para el representante de Combate a la Violencia de Género del CNJ, Márcio Freitas, el problema es que la Convención de La Haya fue diseñada en una época en que los varones eran los sustractores, y necesita una revisión para concebir la violencia doméstica como un factor de riesgo para la familia. A su juicio, mientras tanto, hay que cumplir el tratado internacional, dijo en entrevista con la diaria.
De acuerdo al quinto y último informe de la HCCH, 75% de 2.180 sustracciones internacionales de menores en 2021 fue perpetrado por madres migrantes. El 94% de ellas son las cuidadoras primarias de sus hijas e hijos. Es más que el triple de casos de progenitores varones, quienes representaron 23% en el mismo año. La mayoría vuelve a su país natal, y la incidencia de Marías crece incluso cuando la cantidad de casos registrados cae.
La tendencia de aumento se observa desde el primer monitoreo oficial en 1999. Paralelamente, mientras más madres son acusadas de sustraer a sus propios hijos, menos son los padres varones desde entonces.
“La pregunta es: ¿por qué tantas madres ‘secuestrarían’ a sus propios hijos, de quienes ya cuidan y con quienes ya conviven diariamente?”, sugiere Furquim.
Las Marías de La Haya
Carolina Gouveia es el nombre real de una María que partió de Canadá con su bebé y la debida autorización del padre en 2018. Para cuando le llegó la notificación del proceso de sustracción internacional de su hijo, el único vínculo del pequeño Chris con el país de origen era la partida de nacimiento.
“Chris tenía cuatro meses de vida cuando nos fuimos”, cuenta a la diaria desde el país al que tuvo que volver tres años después, en 2021. Volvió por su hijo luego de que la Justicia decidiera que allí era su “residencia habitual”. Así fue, pese a que él apenas había nacido allá y a que ni su padre libanés ni la madre brasileña tuvieran una visa para residir en Canadá.
En los últimos dos años, Carolina no estuvo más que cinco horas –en total– con Chris, siempre supervisada. Tampoco supo mucho sobre cómo estaba él. El pasado febrero, la Corte de la provincia British Columbia (oeste canadiense) decidió finalmente la custodia del niño. Al igual que con otras Marías acusadas de sustracción internacional de sus propios hijos y que son obligadas a devolverlos a la llamada “residencia habitual”, Carolina perdió la tenencia y la patria potestad sobre el hijo, conforme se puede leer en el fallo disponible en línea.
Ahora, Carolina tampoco puede opinar o tomar ninguna decisión sobre el desarrollo y la vida de su hijo. Lo que sí le fue permitido por la jueza canadiense Lindsay Lyster fue hacer videollamadas de media hora tres veces por semana en la presencia del padre –u otro supervisor–, siempre en inglés, salvo que pague a un intérprete.
“¿Qué niño de cinco años quiere pasar una hora en una videollamada? En poco tiempo, él aprendió a decir ‘I wanna hang up’ [quiero colgar] y a bajar la pantalla de la computadora, como era obvio que iba a pasar. Mi hijo se va a olvidar de mí”, resiente la madre en diálogo con la diaria.
“Al fin y al cabo, Chris, hoy ya con casi seis años de edad, perdió sus derechos de convivir con su mamá, de mantener su lengua materna, de ser cuidado, educado o abrazado por quien antes era su referente”, comenta Furquim, quien asesora a Carolina desde el Gambe. Pero la historia no termina ahí. Gracias a que perdió la patria potestad del hijo, el padre pudo llevarlo a Líbano sin su permiso en setiembre.
El país árabe no es signatario de la Convención de La Haya y la ley local le permite al padre quedarse allá con el niño aunque haya un pedido internacional de restitución, le informaron a la madre desde la embajada, cuya comunicación de octubre mostró a la diaria. “Perdí a mi hijo”, llora.
No sólo la “residencia habitual” fue controversial en el caso de Carolina y otras Marías. También se ignoraron las pruebas de violencia en el proceso de repatriación en Brasil y luego en el de custodia en Canadá. De hecho, el padre de Chris se había declarado culpable de haber agredido a la madre de su hijo, pero para la jueza canadiense el dato era menor que la llamada sustracción internacional, algo que usó para justificar la retirada de la patria potestad de esta María.
La azafata Tunísia Viana estaba en un refugio para mujeres en Estados Unidos con su hija, entonces de tres meses, cuando consiguió autorización judicial para viajar a Brasil en 2014. A diferencia de otras madres, ella conocía la Convención de La Haya de 1980, pero no regresó a Estados Unidos porque temía por su vida y la de su hija.
Cuando le llegó la notificación, unos meses después, Tunísia descubrió que su hoy exmarido había agredido al cónsul brasileño, pero esta información no constaba en el proceso. La azafata logró incluirla y su caso fue archivado, algo inédito en este tipo de procesos. “Lo archivaron porque el padre de mi hija agredió a una autoridad, a un varón, ya que todas las otras cinco denuncias de mujeres que había contra él no valían”, lamenta en entrevista con la diaria.
Archivar su caso no fue una victoria para Tunísia, ya que Estados Unidos no lo reconoce y ella aún puede ser presa si ingresa al país, o a cualquier otro. “Esto acabó con mi carrera profesional; yo ahora sólo hago vuelos domésticos, no puedo salir de Brasil”, afirma. Por otro lado, su historia inspiró un proyecto de ley ya aprobado en la Cámara de Diputados de Brasil para regular el 13b y reconocer la violencia doméstica como una excepción para proteger a las niñas y niños de ser restituidos cuando hay denuncias.
Carolina, por su parte, “jamás había escuchado sobre esa tal Convención de La Haya” cuando embarcó a Brasil con el bebé Chris de cuatro meses. Se había asesorado con la defensoría pública a la que pudo acceder mientras seguía vigente su visa estudiantil en Canadá. De acuerdo a la madre, su defensora pública la orientó a iniciar el proceso judicial de divorcio y custodia desde su país, donde estaría más acompañada.
“Yo atiendo a muchas madres que escucharon el mismo consejo de sus abogados en distintos países”, cuenta Furquim. “A un par de ellas, hubo tiempo de explicarles lo que es la Convención de La Haya antes de que viajaran, aunque fue difícil convencerlas de desistir de la dulce ilusión de irse a casa con sus hijos”, completa.
La mayoría, sin embargo, “ya fue atrapada” cuando llega al Gambe, según Furquim, como fue el caso de Carolina: “No me habría ido si lo hubiera sabido”, insiste la brasileña. “Si ni siquiera los abogados saben qué es la sustracción internacional de menores, ¿cómo lo puede adivinar una persona que no estudió Derecho y por eso mismo busca a profesionales?”, indaga la cofundadora del grupo de apoyo.
Las casi Marías
Reino Unido, 16 de marzo de 2022. Se sienta y prende un cigarro. Sólo fuma en situaciones sensibles, y escondida. Es una María europea. Aceptó conversar con la diaria bajo la condición de que no se revelara su nombre, residencia o nacionalidad. Tiene miedo. Pero decidió compartir su historia porque ha trabajado con comunicación y entiende que es más difícil tratar un problema que nadie conoce.
Así como las demás Marías, su historia empieza con un romance, con un extranjero o en el exterior, una pareja internacional que luego se vuelve una familia multicultural moderna, con hijas e hijos lejos del hábitat natural de la madre.
“La realidad de la globalización, de la movilidad, es que son las mujeres las que normalmente abandonan sus países de origen por una relación, y, cuando esta relación no funciona, lo normal es querer volver a tu país de origen, donde tienes tu apoyo emocional, logístico, a veces el idioma, porque una abandona todo por seguir a la pareja”, comenta a la diaria Carolina Marín Pedreño, abogada en Inglaterra y España, y autora del premiado libro Sustracción internacional de menores y proceso legal para la restitución del menor (2016).
Aunque Europa es pequeña y está relativamente cerca en distancia física de su familia y amigxs, la cotidianidad sin ellos es la misma que si hubiera un océano entremedio, cuenta. “Y nadie lo entiende, nadie me cree”, resalta. “¿Por qué no se va?” es la pregunta que a menudo le hacen. “¿Cómo explicar que existe una Convención de La Haya que no me deja ir con mis hijxs, que estoy detenida acá?”. Igual lo ha intentado, dice. “Nadie lo entiende, nadie me cree”, refuerza.
La abogada española y vicepresidenta de la Asociación Internacional de Juristas de Derecho de Familia considera la Convención de La Haya un “instrumento fantástico” para proteger a los niños, pero observa que viene siendo mal usado por progenitores varones: “Se ha convertido en un arma, lamentablemente en la práctica yo lo veo; es un arma de control, o sea, después de la separación, por medio de La Haya, sigo controlando yo la situación, sigo controlando yo nuestra relación pidiendo el retorno de los niños”.
Nuestra María europea conocía la Convención de La Haya al separarse. Y sus abogados la desestimaron de intentar la vía judicial para lograr una autorización que le permitiera mudarse de país con sus hijas e hijos. “Un proceso de relocación internacional con niñas y niños es largo, caro y muy difícil de vencer para una madre extranjera sola”, relata.
Abogados consultados por la diaria en varios países coinciden en lo complicado de la única alternativa legal para evitar sustracciones cuando no hay acuerdo entre los padres. En España se estima que sólo el 2% de los pedidos judicializados son aprobados por los jueces. Para Marín Pedreño, facilitar los procesos de relocación internacional en disputas familiares sería una solución para prevenir las sustracciones de menores.
“El sistema entero, en cualquier país, está plasmado de estereotipos y sesgos. Ante un juzgado, una mujer foránea que toma decisiones, como divorciarse de un ciudadano nacional, que no quiere vivir en su país y aún se atreve a querer llevarse a sus hijos, también ciudadanos, es inadmisible”, opina Furquim a su vez.
Whatsapp, 2 de setiembre de 2023. “Estoy con los niños y acabo de llegar a Reino Unido. Esto es tan duro. Después de seis semanas [de verano] en mi país y ahora aquí otra vez sola. So sad I get [tan triste me quedo]...”, expresó la María europea en su contacto más reciente. María no tiene vida. No propia.
El pecado de María
Pese a las alegaciones de violencia doméstica en los casos de La Haya, y pese a que tienen la custodia de sus hijos, la Policía puede llegar a intervenir y hasta arrancar a las niñas y niños de los brazos de su madre si ella se resiste a cumplir una decisión judicial de regreso al mismo padre de quien intentó escapar y proteger a los hijos.
Algo así le pasó a la María uruguaya, luego de intentar refugiarse al último minuto en el consulado en Barcelona, donde la sentencia uruguaya ordenaba la separación de madre e hija. El consulado acogió a María y la niña de doble nacionalidad, entonces de siete años, lo que acarreó un conflicto diplomático entre Uruguay y España por unos días, hasta que a María ya no le quedaba otra opción que ceder. Madre e hija fueron separadas a los llantos.
Lo mismo les ha pasado a otras Marías. La acción policíaca, prevista con o sin Interpol, se repite en imágenes y relatos traumáticos de casos variados que circulan por internet. En junio pasado, otra María brasileña se despertó con golpes en su puerta a las seis de la mañana de un día cualquiera en Río de Janeiro.
Eran agentes federales armados con fusil para buscar a sus dos hijas, describe ella con detalles durante una entrevista de cuatro horas a un programa informativo poco después del shock. “Armados como si yo fuera narcotraficante”, recuerda, y completa: “Me dijeron que despertara y preparara a mis hijas porque, si no, lo harían ellos”.
Pasados cuatro años de relativa tranquilidad en Brasil, por haber ganado el derecho a quedarse en primera instancia, Raquel Cantarelli hoy no tiene noticias de las hijas llevadas por la Policía, confirmó a la diaria. Lo único que sabe es que las niñas están con el padre que las abusaba y en Irlanda, un país donde no hablan el idioma, sin contacto con su mamá, dijo.
Las santas guías
Todas las Marías con las que la diaria tuvo contacto para este reportaje relataron escuchar con frecuencia frases parecidas de sus entonces parejas, aunque no se conocieran entre sí, aunque fueran de distintos países y hablaran distintos idiomas: “No servís para nada”, “no hacés nada bien”, “estás loca”, “es todo cosa de tu cabeza”, “sos insoportable”. Todas también relataron que ninguno de los compañeros quería separarse.
De acuerdo con ONU Mujeres, la violencia emocional “consiste, por ejemplo, en minar la autoestima de una persona mediante críticas constantes; en infravalorar sus capacidades, insultarla o someterla a otros tipos de abuso verbal; en dañar la relación de una pareja con sus hijas o hijos; o en no permitir a la pareja ver a su familia ni a sus amistades”.
Por otra parte, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (de 1994), conocida como Convención de Belém do Pará, define la violencia contra las mujeres como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés, de 1979), a su vez, determina en su artículo 5 que “los estados parte tomarán todas las medidas apropiadas [...] para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres”.
Aun así, la Guía de Buenas Prácticas de la HCCH sobre el artículo 13b, publicada en 2020, dice en la página 38 que, incluso ante evidencias de violencia doméstica, los jueces deben evaluar qué tan grave es para el menor al punto de no restituirlo: “El enfoque específico del análisis del riesgo grave en estos casos es el efecto de la violencia doméstica sobre el menor a su regreso al Estado de residencia habitual del menor, y si dicho efecto alcanza el elevado umbral de la excepción de riesgo grave, a la luz de consideraciones como la naturaleza, la frecuencia y la intensidad de la violencia, así como las circunstancias en las que es probable que se manifieste. Por tanto, la prueba de la existencia de una situación de violencia doméstica, por sí sola, no basta para demostrar la existencia de un riesgo grave para el menor”.
“Un juez que ya no tiene incorporados los tratados de derechos humanos lee eso y piensa que todo bien si la violencia es sólo contra la madre, es decir, ese documento es connivente con la violencia doméstica y va en contra de todas las responsabilidades de un estado hacia las víctimas”, expurga Furquim.
El punto ha sido criticado por varias organizaciones e iniciativas, entre ellas, una carta conjunta de tres relatorías temáticas de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas. El pasado 19 de setiembre, las relatoras especiales para violencia de género, tortura y abuso sexuales contra niños y niñas, Reem Alsalem, Alice Jill Edwards y Mama Fatima Singhateh, respectivamente, notificaron al secretario general de la HCCH, Christophe Bernasconi, sobre una serie de cambios que plantean al texto de la Convención.
Las relatoras consideran la situación actual “inadmisible” para las mujeres migrantes y piden que los litigios puedan ser llevados a cabo en el país de residencia de la madre en casos de violencia doméstica. Asimismo, el documento resalta las obligaciones de los estados en reconocer y erradicar la violencia contra las mujeres.
Los santos griales
Mientras tanto, las autoridades centrales de más de 100 países suscriptores del tratado, además de organizaciones y expertos observadores, se reúnen del 10 al 17 de octubre, en la ciudad neerlandesa de La Haya, para la octava revisión de avances y desafíos en su aplicabilidad. De la séptima edición, en 2017, resultó la polémica guía oficial para jueces que se cruzan con el 13b.
“Hay mucha presión para que el abuso doméstico sea considerado dentro del artículo 13b como suficiente para el no retorno”, cuenta Marín Pedreño, quien también participa en el encuentro. De acuerdo con la abogada, la HCCH quiere dar espacio para el tema de la relocación internacional y la ha invitado para que haga “una intervención como observadora”: “Vamos a presentar un estudio comparado que hicimos entre siete u ocho países, y mi mensaje va a ser sobre la necesidad de llegar a un proceso modelo, un protocolo que se tenga en cuenta para llevar a cabo un cambio de residencia”, anticipa.
Además de la carta de la ONU, el proyecto de ley en Brasil, la discusión sobre la relocación internacional y campañas de la sociedad civil, otras iniciativas marcan la cancha sobre el tema. En diciembre de 2022, un decreto australiano determinó que se prevea la violencia doméstica en los casos de sustracción internacional de menores.
A su vez, en abril pasado, una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México reconoció todas las formas de violencia como un grave riesgo para los niños, lo que debe ser entendido como una excepción para los procesos de La Haya en el país. Por otra parte, un acuerdo firmado entre países del Mercosur pretende ponerse a la vanguardia para reconocer las medidas protectoras para mujeres en todos los territorios del bloque. Falta que los países lo ratifiquen y Argentina quiere llevar la delantera.
De hecho, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) juzga su primer caso sobre el tema este año. Un padre argentino demanda a Paraguay por no haber restituido a su hijo en tiempo y forma bajo la Convención. Su abogado, Patricio Poplavsky, habló con la diaria y está confiado en la victoria. El fallo inédito puede ser determinante para todas las Marías del continente, quizás del mundo.
La HCCH trabaja para que la Convención de La Haya de 1980 cumpla sus objetivos. Lo que pasa después de la restitución de un niño generalmente nadie lo sabe. Ni los jueces que ordenaron la restitución, la HCCH o la prensa. “La decisión de no restituir es una opción mala, pues se corre el riesgo de que los dos países involucrados emitan decisiones opuestas respecto a la custodia del mismo niño y ello impida el contacto entre el niño y uno de sus progenitores por largo tiempo. Sin embargo, este mal menor puede estar justificado cuando se configura la excepción de grave riesgo prevista en el art. 13 1 b)”, aseveró Goicoechea.
¿Qué pasará con la María de Brasil? ¿Con Chris? ¿Qué dirá la Corte IDH sobre la madre paraguaya? Habrá que ver los resultados de la esperada octava reunión de revisión de la HCCH, pasado más de un lustro desde el último encuentro, en 2017, que resultó en la cuestionada guía judicial sobre el 13b.
Esta investigación se hizo de forma totalmente independiente y no contó con apoyo financiero de ninguna organización, aunque sí pudo iniciarse tras ser seleccionada para una residencia literaria del Instituto FaberLlull en la ciudad catalana de Olot en 2022.