Continúa la discusión parlamentaria en torno al proyecto de ley que propone modificar el Código Civil para aumentar la edad mínima de matrimonio a 18 años, con la excepción de aquellos casos en los que un juez lo autorice por motivos fundados –como, por ejemplo, el consentimiento de los progenitores– y únicamente para personas mayores de 16 años. La semana pasada, la Comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género integrada con la de Constitución y Legislación del Senado recibió a una delegación del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), que en líneas generales se manifestó a favor de lo que plantea la iniciativa, presentada el año pasado por senadoras y senadores del Frente Amplio.
El presidente del INAU, Guillermo Fossatti, dijo durante la reunión que el proyecto tiene entre sus objetivos “adecuar la normativa nacional a la internacional y seguir las recomendaciones efectuadas al Estado uruguayo a esos efectos”. A su vez, según consta en la versión taquigráfica, dio distintos argumentos sobre por qué el matrimonio infantil, entendido como el que involucra a personas menores de 18 años, “es una práctica que tiende a limitar el desarrollo de las niñas” y, por ese motivo, es “una violación de los derechos humanos”.
En ese sentido, aseguró que “compromete el desarrollo de las niñas, suele dar lugar a embarazos precoces, aislamiento social y afectación de la educación de la madre”. “Es decir que hay consecuencias y estas están vinculadas a derechos. Por lo tanto, de alguna manera, de hecho, aquí se establece el criterio correcto de fijar la edad mínima en los 18 años”, consideró Fossatti.
Al mismo tiempo, dijo que “hay mayor probabilidad de que se presenten complicaciones relacionadas con el embarazo, problemas en el parto y mortalidad materna, lo que a su vez aumenta el riesgo de muerte neonatal [...] y el nacimiento de niños prematuros o con bajo peso al nacer”. Por lo tanto, concluyó que “tiene consecuencias que, si bien estadísticamente no son una regla, probabilísticamente aumentan un conjunto de riesgos que lesionan derechos”. “Las adolescentes pueden no estar preparadas todavía, física, biológica ni psicológicamente, para el embarazo o para el parto, tal como establece Unicef en uno de sus trabajos”, agregó el jerarca.
Por otro lado, y a diferencia de lo que plantearon otras organizaciones que se pronunciaron a favor de la iniciativa, el presidente del INAU consideró “muy válido” incluir la excepción entre los 16 y los 18 años que propone el proyecto, porque “existen circunstancias” que hacen que sea “necesaria”.
Más allá de que las autoridades del INAU están de acuerdo con el objetivo y el espíritu del proyecto, consideran que deberían hacerse algunos “ajustes jurídicos”. Así lo expresó la directora de Adopciones del organismo, la abogada Valeria Caraballo, quien dijo que, “desde el punto de vista jurídico, tenemos el problema de que, al plantearse el límite de 18 años como impedimento dirimente, el hecho de contraer matrimonio incumpliendo eso aparejaría la nulidad, por lo cual la excepción regulada en los artículos 106 y 109 [del Código Civil] carecería de sentido”. El artículo 106 es el que establece que las personas mayores de 16 años y menores de 18 necesitan el consentimiento expreso de sus padres para casarse o, a falta de ambos, de los “ascendientes en grado más próximo”, mientras que el 109 especifica en qué casos se entiende que “faltan” los padres.
Domenech: el proyecto busca “desacreditar” la “institución matrimonial”
El senador Guillermo Domenech, de Cabildo Abierto, fue uno de los legisladores que se manifestaron en contra de la iniciativa. Durante la sesión en la que compareció el INAU, el cabildante opinó que el proyecto de ley es “un empellón a la institución matrimonial, que busca desacreditarla y también desproteger a las parejas jóvenes, [a las] que les asiste el derecho de tener la protección del vínculo matrimonial garantizado por el Estado”. A su entender, “no está bien pensado” en tanto “en los hechos es absolutamente imposible impedir las relaciones concubinarias y las relaciones sexuales de los jóvenes”.
Además, dijo que le “llama poderosamente la atención que, si realmente la preocupación es el embarazo juvenil, no se prevea nada para evitar las relaciones sexuales tempranas y el concubinato que, por otra parte, entiendo que es algo imposible de regular”.
“Creo que la lógica dice que el embarazo temprano responde a uniones concubinarias o al simple ejercicio de la sexualidad por parte de los jóvenes, no al matrimonio. Entonces, me parece absolutamente absurdo limitar a los jóvenes el derecho a contraer matrimonio ya que, si tienen constituida una familia de hecho, por qué no reconocerles la protección del derecho”, opinó, y agregó: “Me parece que, en realidad, se trata de una mirada prejuiciosa sobre el matrimonio que, sabemos que de larga data, algunos sectores ideologizados han buscado derogar”.