El medio digital Sudestada presentó un recurso de amparo ante el Juzgado Civil de vigésimo turno por el retiro de dos artículos periodísticos de los resultados de búsqueda de Google. Se trata de dos investigaciones sobre la participación de estudios jurídicos uruguayos en redes internacionales de lavado de activos, una sobre la presunta participación del estudio contable Posadas, Posadas y Vecino en el caso Lava Jato, y la segunda, sobre el vínculo entre el estudio del abogado Óscar Algorta con el caso de corrupción de la empresa española Canal de Isabel II.

En una nota que publicó el viernes en Sudestada, el autor de ambas investigaciones, Fabián Werner, resaltó que Google tomó la medida a partir de denuncias anónimas y “pocos días después del inicio de publicaciones conocidas como ‘Pandora Papers’”, en las que “aparecen derivaciones de la investigación” que fue “censurada”. Asimismo, el periodista destacó que el medio fue notificado de la decisión cuando ya se había producido, sin tener la posibilidad de hacer descargos y sin la garantía de poder hacer el reclamo ante la empresa, dado que la llamada “contranotificación” implica para el medio “la posibilidad de ser denunciado judicialmente y tener que defenderse fuera del país”.

La primera investigación fue eliminada de los resultados de Google en Estados Unidos porque se denunció ante el buscador una presunta violación de la Digital Millenium Copyright Act, una norma que protege los derechos de autor. La segunda se vio afectada por una decisión de Google por una solicitud en virtud de la ley europea de protección de datos (GDPR por su sigla en inglés) y no dejó de aparecer por completo, sino que se bloqueó para “ciertas búsquedas de nombres” y únicamente en los países de la Unión Europea, en los que rige esta norma.

En diálogo con la diaria, Werner señaló que el caso es una novedad a nivel del país pero también de la región. Sostuvo que a partir de un relevamiento realizado por el Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia no hay antecedentes de “que un medio de comunicación se vea afectado de esta manera por una decisión de Google de desindexar un contenido periodístico de un interés público tan notorio”. Al menos que se haya denunciado, indicó.

El caso “tiene una doble implicación”, opinó Werner. “Por un lado, con la libertad de expresión. En un momento en el que Google tiene este nivel de influencia en la exhibición de contenidos a nivel general, que decida de esa manera restringir la circulación del contenido sin darle al medio o al periodista la posibilidad de saber qué parte del contenido es la que se denuncia y quiénes son los denunciantes, es una restricción evidente a la libertad de expresión”, aseveró. Por otro lado, consideró que se está violentando “el derecho a la defensa”. “No hemos tenido ninguna posibilidad de defendernos, hasta ahora, más que la presentación de esta contranotificación que permite la plataforma, pero que ella misma te dice que no necesariamente te van a contestar”, señaló.

Werner explicó que la única información del denunciante que brindó Google al notificar al medio sobre la medida adoptada fue “un nombre completamente falso, que no tiene ninguna red social” y del cual “la misma búsqueda de Google no arroja ningún resultado”. El supuesto denunciante en cuestión es Cindrel Kashawnu, que efectivamente no aparece en los resultados de búsqueda de la plataforma, excepto por la nota de Sudestada en que se informa sobre este caso. Asimismo, Google informó al medio que la denuncia “fue presentada en Estados Unidos”, lo cual implica que las partes quedan sometidas a la jurisdicción de ese país, “lo cual obviamente es imposible”, sostuvo Werner, que calificó el escenario como “un callejón sin salida”.

La falta de vías de negociación con la plataforma o la parte denunciante llevaron a Sudestada a presentar el recurso de amparo ante la Justicia, que deberá expedirse esta semana y, si hace lugar al pedido, tiene tres días para convocar a audiencia. “Si la Justicia no hace lugar al recurso, deberíamos resignarnos a que plataformas como esta limiten como ellos quieran lo que nosotros podemos decir o cómo se distribuye el contenido que nosotros queremos difundir sin tener la más mínima posibilidad de defendernos”, evaluó Werner. 

“Ataque contra la libertad de expresión”

En el escrito que presentó el medio a la Justicia solicitando el amparo, al que accedió la diaria, el abogado Matías Jackson argumenta que Google incurrió en una “vulneración y ataque contra los derechos a la libertad de expresión y a ser oído, a una decisión fundada y al debido proceso del medio de noticias Sudestada y del periodista Fabián Werner”, y pide que “se restituya de manera inmediata los contenidos desindexados y se ordene la adopción de medidas de no repetición de violación de derechos humanos y garantías procesales aquí afectados respecto de futuras denuncias contra el medio y el periodista”.

En diálogo con la diaria, el abogado opinó que “lo que está en juego” en esta causa “es la libertad de expresión de un periodista y de un medio de noticias, que tienen que tener las más altas garantías de protección, y que acá no están dadas”. Indicó que en su vida profesional nunca enfrentó un caso similar, y consideró que se trata de “una situación totalmente novedosa para la Justicia uruguaya”, de la que esperan “un resultado favorable”. Por otra parte, Jackson explicó que por más que la denuncia figure como presentada en Estados Unidos, puede haber surgido de cualquier parte del mundo.

En el escrito también se hace hincapié en que “la violación de los derechos fundamentales aquí denunciada debe ser analizada a la luz del contexto en el que se desarrollan”, puesto que “forman parte de un fenómeno más amplio y no como un hecho aislado”. En ese sentido, se señala que “la nota denunciada ante Google fue escrita y publicada como parte de la investigación del medio Sudestada acerca de las revelaciones de documentos conocida como ‘Panama Papers’”, que “se trató de la denuncia pública y judicial de casos de corrupción y blanqueo de capitales más importante de los últimos años y que causó impactó en toda la región y el mundo”.

Asimismo, se sostiene que “la publicación y acceso a este tipo de información resulta de suma importancia para las discusiones en torno a la regulación de lavado de activos y transparencia que se encuentran en la agenda pública de Uruguay”, y que “la solicitud de desindexación de la información del buscador no parece ser una mera casualidad o haber sido hecha al azar, sino que debe ser entendida como una acción tendiente a evitar la circulación de información que podría comprometer los intereses del denunciante”. También se subraya que la información denunciada en la nota no es de carácter privado “de particulares que pudiera suponer una violación a la dignidad u honor de una persona”, sino que, por el contrario, “prima el interés público de la noticia”.

Por último, se alega que “cualquier medida a ser adoptada para restringir la libertad de expresión de un periodista deberá ser cuidadosamente ponderada y ser la excepción”, y “no puede por tanto tratarse de una acción automatizada, sin el debido proceso, sujeto a las reglas del orden público interamericano y a sola instancia de una denuncia anónima”. “Sería un retroceso para la democracia que se considere que el hecho de mencionar a una persona y que a esta no le guste lo que se publique implique una restricción sobre la circulación del material periodístico”, argumenta Jackson.