La jueza penal de Lavalleja de primer turno, Natalia Alessandre, comenzó el juicio oral contra el vicario de la Catedral de la Inmaculada Concepción de Minas, acusado de abusar sexualmente de menores de edad entre 2014 y 2019, informaron a la diaria fuentes judiciales. Según señalaron, la jueza Alessandre definió no permitir el ingreso del público a la sala de audiencias para dar mayores garantías a las partes y proteger a las víctimas.

En la primera audiencia, que duró unas cinco horas, Alessandre recibió los alegatos de apertura de ambas partes y dio ingreso a las declaraciones de las víctimas, que se habían concretado como prueba anticipada durante la investigación previa al juicio. También tomó declaración a varios testigos propuestos por la Fiscalía. En las próximas audiencias, que se extenderán hasta el viernes, serán convocados los peritos que actuaron en la generación de prueba para la instancia del juicio y varios testigos pedidos por la defensa del imputado.

Finalizada la presentación de las pruebas, la Fiscalía, la defensa de las víctimas y la defensa del imputado expondrán sus alegatos finales. También se dará la posibilidad al imputado de realizar un comentario final. Si bien la jueza debe pronunciarse al término de la última audiencia, el artículo 271.7 del Código de Proceso Penal plantea que “excepcionalmente, cuando la complejidad del asunto no permitiere pronunciar la decisión inmediatamente”, puede postergar la definición hasta 15 días después de finalizada la última audiencia del juicio.

Una de las evidencias que ingresó como prueba fue la evaluación psicológica del imputado, realizada por peritos del Instituto Técnico Forense. La pericia señala que el imputado “evidencia capacidad de querer y entender sus actos y consecuencias”, con un “gran sentido de autoconfianza y autoimportancia, tendiendo a satisfacer sus necesidades personales”. El informe señala que “el consumo abusivo de alcohol es un factor que puede predisponerlo a actuar en forma desinhibida y con fallas en los procesos represivos bajo sus efectos, incluyendo eventualmente la posibilidad de cometer actos como el que resulta investigado”. De todas formas, la pericia advierte que “no surgen elementos de carácter concluyente que permitan afirmar ni descartar rasgos de carácter abusivo en su personalidad”.

La fiscal letrada Tania Vidal, que actuó en el caso hasta la audiencia de control de acusación, pidió ocho años de penitenciaría para el vicario por reiterados delitos de atentado violento al pudor y abuso sexual especialmente agravado. También reclamó la sanción pecuniaria del pago de 12 meses de salario o 12 salarios mínimos en caso de no contar con ingresos y la inhabilitación por diez años para ejercer funciones que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, tal como disponen los artículos 79 y 80 de la Ley Integral de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género (19.580).

Por otra parte, reclamó que el vicario sea inscripto en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales, creado por el artículo 104 de la ley de urgente consideración (LUC).

El sacerdote, de iniciales GEMG, fue imputado en febrero de 2021, acusado de tocar a dos hijos de una mujer con la que mantenía una relación de amistad desde hace al menos 16 años. La primera denuncia fue presentada por uno de los hijos en 2019 y la segunda, que finalmente impulsó la investigación, fue realizada meses después por una de las víctimas, que fue hospitalizada con un cuadro depresivo e intenciones de suicidarse y relató lo sucedido a un médico y una psiquiatra.

El pedido de formalización de la investigación por parte de la fiscalía señala que el cura comenzó a visitar a la madre de las víctimas luego de que ella le pidiera ayuda económica y logró abusar de las víctimas “mediante la intimidación y el abuso de poder que ostentaba en virtud de oficiar como referente religioso de la familia”.

El cura espera el proceso en prisión domiciliaria desde marzo, tal como dispuso el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de primer turno. La jueza de garantías que actuó en el caso, Lucía Granucci, había dispuesto que el vicario esperara el proceso en libertad, pero la decisión fue apelada por la Fiscalía, que pretendía prisión preventiva.

El tribunal entendió que era necesaria la prisión domiciliaria total, el uso de tobillera para el imputado y la prohibición de comunicación con sus víctimas y con su madre, considerando la “situación de vulnerabilidad de las víctimas, habida cuenta de que no cuentan con la protección de su madre, quien aparece marcadamente volcada a favorecer los intereses del imputado”.