75 jueces presentaron un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ), por considerar que viola varios artículos, entre ellos los que establecen el principio de igualdad ante la ley y el derecho a remuneración salarial.

En la asamblea de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU) del 1º de abril los jueces definieron dejar en libertad a los socios que quisieran presentarse, ofreciendo el asesoramiento legal de la AMU, luego de no alcanzar un acuerdo sobre este punto.

De los 500 jueces que existen en el país, 75 decidieron presentar el recurso, lo que se concretó esta semana al cumplirse los diez días de promulgada la Ley 19.949, que definió el impuesto para trabajadores y jubilados del sector público que ganen más de 120.000 pesos nominales, asegurando que ninguna de las remuneraciones gravadas afecte salarios por debajo de los 80.000 y jubilaciones por debajo de los 100.000 pesos líquidos.

En diálogo con la diaria, el abogado de la AMU Sebastián Guillermo dijo que el recurso fue presentado en conjunto, por lo que la situación de todos los jueces se conocerá en un mismo fallo de la SCJ.

Guillermo planteó que la creación del impuesto atenta contra los principios de equidad y justicia tributaria, sin considerar la “real capacidad contributiva” de quienes deben pagarlo. Para la defensa de los jueces el impuesto debería cobrarse a los trabajadores de todos los sectores en general y no “a un grupo social, profesional o económico determinado”, y advierte que se excluye a personas con la misma capacidad tributaria en función de su vínculo con el Estado.

Otro punto mencionado por Guillermo es el de la doble tributación, debido a que el nuevo impuesto se grava sobre el nominal y sobre ese mismo monto también se cobra el impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF).

Al presentar el recurso, los magistrados señalaron que el impuesto viola los artículos 7, 8, 10, 53 y 54 de la Constitución, referentes a los derechos de los ciudadanos, el alcance de la ley, el principio de igualdad, el derecho al trabajo y su remuneración. También mencionan los artículos 86, 72, 214, 216 y 332, que son contravenidos por la forma de la ley que creó el nuevo impuesto, debido a que consideran que se trata de una reducción salarial dispuesta por una ley extrapresupuestal.

Además, señalaron que la creación del impuesto y la forma en la que se estableció viola el Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo, en cuanto a la discriminación en materia de empleo y ocupación.

Los salarios mínimos de los jueces alcanzan los 101.300 pesos incluyendo compensaciones. Un juez letrado de primera instancia del interior gana 200.356, mientras que uno de Montevideo cobra 228.900. Los ministros de los tribunales de apelaciones ganan un salario de 257.580 y los ministros de la SCJ, 331.500 pesos mensuales.

El impuesto se cobrará por dos meses, prorrogable a otros dos, y para calcularlo se crearon cuatro franjas: quienes ganen entre 120.000 y 130.000 pesos nominales pagarán 5%, quienes perciban salarios de entre 130.001 y 150.000 pagarán 10%, quienes cobren entre 150.000 y 180.000 pagarán 15%, y a quienes ganen más de 180.001 se les descontará 20%.