A partir de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), que confirmó el archivo de la causa que investigó el homicidio de Vladimir Roslik, la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad y la familia de la víctima evalúan los pasos a seguir para que el homicidio del médico de San Javier no quede impune.

El fallo de la SCJ negó la reapertura del caso, en función del archivo determinado por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° turno, que en 2014 definió que los delitos imputados en la causa habían prescripto y que existía “cosa juzgada”, en referencia a la actuación de la Justicia militar, tal como había planteado el juzgado de primera instancia que actuó en el caso. Además, la SCJ rechazó la apelación realizada por el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, por entender que correspondía a la fiscalía que actuó en 2014 presentar el recurso de casación.

Uno de los caminos que abre el fallo de la SCJ es el de recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), habida cuenta de que la confirmación de la prescripción por parte del máximo tribunal de Justicia implica la violación de la sentencia de esa corte en el caso Gelman, que establece que “el Estado debe disponer que ninguna otra norma análoga [a la ley de caducidad], como prescripción, irretroactividad de la ley penal, cosa juzgada, ne bis in idem o cualquier excluyente similar de responsabilidad, sea aplicada y que las autoridades se abstengan de realizar actos que impliquen la obstrucción del proceso investigativo”.

En diálogo con la diaria, la defensa de la familia de Roslik, Pablo Chargoñia, dijo que la sentencia de la corte significa “por lo menos una demora más en la resolución del caso” y señaló que la causa “encuadra” en la figura de actos genocidas “en la medida en que el ascendente ruso tuvo importancia en los operativos contra los vecinos de San Javier”. Para Chargoñia, los operativos ocurridos en San Javier, que implicaron la detención de varias personas de origen ruso, respondieron a “un operativo de inteligencia por el que la dictadura, en el final de su etapa, intentaba legitimarse”, presentando a los vecinos de la colonia rusa como agentes de los servicios de la KGB. “Si hubo en la comisión de la tortura y el homicidio, que son crímenes de lesa humanidad, un elemento de origen nacional, entonces también estamos en presencia del crimen de genocidio, que es lo que efectivamente ocurrió en San Javier”, señaló Chargoñia.

En abril de 1980 unos 25 vecinos de San Javier fueron detenidos y torturados en la localidad y luego trasladados al Batallón de Infantería N° 9, acusados de trabajar para los servicios soviéticos, entre ellos Vladimir Roslik, su hermano y sus sobrinos. En abril de 1984, Roslik fue detenido junto a otros pobladores de San Javier, que también fueron torturados en el Batallón de Infantería N° 9 de Fray Bentos, donde murió y se convirtió en la última víctima de la dictadura.

Chargoñia también señaló que el fallo del Tribunal de Apelaciones de 2014, que no fue recurrido por la fiscalía, implica dos omisiones del Estado que pueden llevarse ante la Corte IDH; del Poder Judicial, por el fallo en sí de segunda instancia y de la Fiscalía General de la Nación, por no recurrir.

El otro camino para continuar la investigación del homicidio de Roslik está contenido expresamente en el fallo de la SCJ y plantea que la Fiscalía especializada podría abrir una nueva causa en el marco del nuevo Código del Proceso “si la Fiscalía entiende que existen hechos nuevos y si hay involucrados que no quedaron amparados en la sentencia que resolvió la corte”.

Uno de esos elementos podrían ser los interrogatorios y torturas conexas al homicidio de Roslik, de los que da cuenta el expediente de la Justicia militar que actuó en el caso, que menciona a varias personas a las que se les atribuía una acusación contra Roslik.

Chargoñia señaló que la defensa tiene expectativas de que pueda concretarse la apertura de la causa bajo el nuevo Código y advirtió que eso no inhibe que se concrete la denuncia ante la Corte IDH. Consultado sobre la obligación de agotar todas las vías internas antes de apelar a un tribunal internacional, el abogado planteó que “hay antecedentes de recurrir al sistema americano aun sin haber agotado todas las vías” y subrayó que “la demora en sí misma” de la resolución del caso habilita presentarlo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

A todo esto, Perciballe analiza la posibilidad de abrir esa nueva investigación penal por el sistema acusatorio. El fiscal informó a la diaria que decidió no presentar recursos contra el fallo de la SCJ en la medida en que entiende que no serán considerados, pero advirtió que “desde la perspectiva de la Fiscalía no va a cejar el trabajo para obtener alguna respuesta de la Justicia”. “La Corte dispuso un fallo del que estoy totalmente en contra, pero dejó algunas puertas abiertas que está evaluando la Fiscalía para intentar abrirlas todo lo posible”, señaló.

El fallo de la SCJ respondió a un recurso de casación realizado por Perciballe en marzo de 2020, luego de que en primera y segunda instancia se negara la reapertura del caso, procurado por la familia desde 2018. Para la SCJ, la causa finalizó en 2014, cuando el Tribunal de Apelaciones planteó la existencia de cosa juzgada, ante la condena del militar Sergio Caubarrère, quien estuvo en prisión cuatro meses y 18 días por los delitos de homicidio culpable y abuso de autoridad.