La Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) aprobó este jueves un informe elaborado a pedido de la Fiscalía Especializada en Delitos Complejos de 3° Turno para conocer si los denunciados en la causa de Katoen Natie habían incurrido en violación al Código de Ética en la Función Pública (Ley 19.823).

En el informe, al que accedió la diaria, los miembros de la Jutep respaldaron el accionar del entonces ministro de Transporte y Obras Públicas, Luis Alberto Heber, el subsecretario Juan José Olaizola, el prosecretario de Presidencia, Rodrigo Ferrés, y el presidente de la Administración Nacional de Puertos, Juan Curbelo, en las negociaciones que culminaron con la extensión del contrato con la empresa belga para la concesión de la terminal especializada en contenedores del Puerto de Montevideo hasta 2081.

En el documento la presidenta de la Jutep, Susana Signorino, y el vicepresidente, Guillermo Ortiz, sostienen que “las decisiones y el acuerdo referido del 25 de febrero de 2021, fueron decisiones de oportunidad y mérito alcanzadas por los jerarcas en el ejercicio legítimo de la potestad”, y agregan que fueron identificados los motivos en que se fundamentan las decisiones que tomaron, “no existiendo actos contrarios a la buena administración que va de la mano con la eficiencia y eficacia”.

El informe analiza si en la negociación con la empresa belga los jerarcas cumplieron con los principios de “eficiencia y eficacia” establecidos en el artículo 21 del Código de Ética de la Función Pública, y sostiene que “la buena administración significa elegir los instrumentos adecuados para la consecución de un fin debido, y obtener los resultados procurados”.

En cuanto al hecho de que fue el presidente de la Administración Nacional de Puertos (ANP) y no todo el directorio el que avaló la prórroga de la concesión de la terminal especializada de contenedores –algo que fue señalado por el Tribunal de Cuentas (TC) en el entendido de que el presidente no puede por sí solo expresar la voluntad del órgano–, la Jutep planteó que el TC “no ha observado ningún apartamiento al orden legal formal”.

“Aun en la tesis más extrema, de acuerdo con el principio de finalismo, si el acto cumple la finalidad prevista por la ley, aunque sea formalmente irregular, debe entenderlo válido, asegurando la primacía del derecho sustancial y evitando incurrir en un ‘exceso ritual manifiesto’”, sostiene el dictamen de la Jutep.

“La actuación de los jerarcas no implica transgresión de leyes, ni principios contra las normas de la administración y ética pública”, concluye el informe del organismo que será enviado al fiscal Gilberto Rodríguez, quien lidera la investigación penal del caso.

La representante del Frente Amplio en la Jutep, Ana Ferraris, presentó un informe en minoría en el que marca la opacidad de las actuaciones y el hecho de que no existió ninguna resolución que declarara la reserva de las negociaciones.

En ese sentido, sostiene que el artículo 20 del Código de Ética de la Función Pública establece que el funcionario debe actuar con transparencia en el cumplimiento de su función y consagra a texto expreso que los actos, documentos y demás elementos relativos a la función pública pueden ser divulgados libremente, salvo que deban permanecer reservados por su naturaleza o hayan sido declarados reservados por ley.

El informe de la oposición advierte que es “completamente falso” que en los arbitrajes internacionales, referidos a inversiones, se dé por descontada la confidencialidad y apunta a que esa reserva “ni siquiera es la regla”.

Asimismo, destaca que el procedimiento arbitral al que refieren los jerarcas de gobierno para justificar la negociación nunca se inició y que su mero anuncio provocó el inicio de “negociaciones amistosas”, previas a una supuesta demanda, por las que se llegó a modificar la normativa portuaria en virtud de mejorar las condiciones para la empresa.

En cuanto a la representatividad del presidente de la ANP para asesorar al Poder Ejecutivo, tanto en la firma del acuerdo como en la modificación del Reglamento de Atraque, la oposición calificó como “absurdo” que se considere que Curbelo actuó en nombre de la ANP y señala que, si así fuera, la propia Jutep podría utilizar la opinión de uno de sus miembros para responder a la Fiscalía en nombre del organismo.

Otro punto en que hizo hincapié fue en la falta de estudios previos que avalen el acuerdo por razones de interés general y la dualidad de criterios que la Jutep ha tenido en otros casos.

En ese sentido, el informe sostiene que en la resolución relativa a Gas Sayago (951/2021), la Jutep observó que se violaba la regla de la buena administración, al considerar “insuficientes” los estudios económicos con los que se contaba, mientras que, en este caso, no se produjo ningún informe y los riesgos a los que se expone el país no fueron considerados.

También recuerda la resolución sobre el caso que analizó la construcción del Antel Arena (949/2021) que observó como un apartamiento de los principios de la buena administración la inexistencia de un plan de negocios completo, mientras que, en el caso de Katoen Natie, “no existió un solo estudio” que analizara el impacto de la prórroga de la concesión.

La oposición estima que el acuerdo con Katoen Natie causará un daño al Estado que asciende a 2.000 millones de dólares y un beneficio al grupo belga de 2.388 millones de dólares, lo que convierte al acuerdo en “el más oneroso de la historia”.