Durante su comparecencia ante el fiscal especializado en Delitos Económicos y Complejos de 3er turno, Gilberto Rodríguez, el abogado Adrián Gutiérrez, que es profesor adjunto de Derecho Administrativo en la Universidad de la República, presentó el informe que realizó a pedido de los denunciantes –los senadores del Frente Amplio– en la causa que investiga el acuerdo entre Katoen Natie y el Estado uruguayo.

La declaración de Gutiérrez, que se realizó luego de la indagatoria al ministro Luis Alberto Heber –que negoció el acuerdo–, planteó las inconsistencias de la fundamentación de los denunciados y los cambios de postura de sus asesores sobre la libre competencia y el asesoramiento de la Administración Nacional de Puertos (ANP) al Poder Ejecutivo.

Gutiérrez señaló que el acuerdo es ilegítimo en virtud de la normativa existente al momento de firmarlo y de los decretos 114/21 y 115/21 de abril de 2021, que dieron sustancia a la ampliación de la concesión de la terminal especializada en contenedores a favor de la empresa belga.

El abogado señaló que en los artículos 7, 9, 13 y 23 de la Ley de Puertos (16.246, de 1992) está establecido el régimen de libre competencia de la prestación de los servicios portuarios y la obligación de evitar monopolios de hecho.

Además, señaló que el decreto reglamentario de la Ley de Puertos, el 412/992, de setiembre de 1992, confirma el régimen y que el literal d del artículo 20 de la Ley 17.243, de 2000, avaló la posibilidad de la que la ANP integre una sociedad siempre que se garantice “la prestación de servicios en igualdad de condiciones a todos los que los soliciten”.

Gutiérrez sostuvo que existe un “error” en la fundamentación del acuerdo al pretender que el artículo 72 del decreto 183/994 –el reglamento de operaciones portuarias de 1994– avale una limitación de la competencia, dado que no refiere al funcionamiento de una terminal especializada, sino a varias “instalaciones especializadas”.

“Hay un error de interpretación en lo que ese decreto quería decir. Ahora bien, si se entendiera que ese decreto de alguna forma estaba estableciendo ciertas limitaciones a la prestación de servicios portuarios, ese decreto era ilegítimo ya en ese momento, porque sería contrario a la Ley de Puertos”, subrayó.

Además, señaló que en el caso de que esa fuera la interpretación correcta, el decreto habría sido abolido o derogado implícitamente por una norma superior y posterior en el tiempo, que es la Ley 17.243, en la que se incluyeron las disposiciones para la primera concesión de la terminal a Katoen Natie en 2001.

El cambio de postura de Durán Martínez

El abogado de los denunciantes, Gutiérrez, planteó que existió un cambio de posición del asesor legal de Katoen Natie, Augusto Durán Martínez, sobre el régimen de libre competencia en el puerto.

“En el año 1999 Durán Martínez dice que en observancia a la Ley 16.246 [Ley de Puertos] no podía haber una terminal especializada, sino que tenía que haber por lo menos dos, porque lo que regía era el principio de libertad”, expresó Gutiérrez, quien recalcó que esa opinión fue dada por Durán Martínez cinco años después del decreto aludido por el gobierno –de 1994– para justificar las limitaciones a la libre competencia.

Gutiérrez agregó que en 2010 Durán Martínez, a raíz de un estudio realizado por la consultora Sogreah, concluyó que en el puerto existe un monopolio natural que justificaría la existencia de una sola terminal especializada.

El abogado destacó que el cambio de opinión de Durán Martínez al responder a la consulta se basa en razones extrajurídicas, porque la consultora concluyó que la competencia de dos terminales especializadas “no es económicamente eficiente” para las empresas.

La posición del asesor legal de la ANP

Durante su comparecencia, Gutiérrez se refirió también a la posición dada por el responsable de jurídica de la ANP, Edgardo Amoza, quien en un informe del 20 de setiembre de 2019 manifestó su interpretación contraria a que el artículo 72 del decreto 183/994 significara una limitación a la libre competencia.

En ese informe Amoza sostuvo que “no puede deducirse” que Katoen Natie “goza de derechos exclusivos o preferentes frente a los demás operadores portuarios, por cuanto tal sentido es contrario a los principios de la Ley 16.246”.

En cuanto a la participación de la ANP, y la obligación de consultar al directorio para avalar el acuerdo con Katoen Natie, Gutiérrez defendió la posición de que el presidente del directorio no tiene potestades para representar al organismo en el asesoramiento al Poder Ejecutivo.

Gutiérrez señaló que el propio Amoza en un artículo sobre derecho administrativo titulado “Actividad portuaria, en Regulación de la Actividad Privada”, de 2015, planteó que la Ley de Puertos en su artículo 10 “asignó poderes jurídicos al Directorio”, entre ellos los de “asesorar al Poder Ejecutivo en materia portuaria” y se expresó en el mismo sentido en abril de 2021 cuando planteó que la Ley de Puertos “le ha asignado al Directorio de la Administración Nacional de Puertos el cometido de asesorar al Poder Ejecutivo”.

Durante la audiencia, Gutiérrez conoció el informe de marzo de 2022 en el que Amoza cambió de postura sobre este punto, en una nueva consulta realizada por la secretaria general de la ANP, Laura Reinaldo. Tras ese cambio de posición –que Amoza atribuyó a “un tema de honestidad intelectual”–, el asesor legal de la ANP consideró que no aprecia “ningún vicio jurídico, si el asesoramiento provino del señor presidente del organismo”. Este es uno de los puntos en cuestión en la causa, ya que Juan Curbelo, presidente de la ANP, no pasó por directorio el asesoramiento para firmar el acuerdo con Katoen Natie.

Tras leer el informe, Gutiérrez reiteró su posición coincidente con la primera postura de Amoza y destacó que el informe “es contrario a lo que él [por Amoza] manifestó en los expedientes y también en sus artículos de doctrina en 2014 y 2015”.