El exjefe de la custodia presidencial Alejandro Astesiano será investigado por el fiscal especializado en Lavado de Activos, Enrique Rodríguez, informó este jueves El Observador.

Fuentes de la fiscalía dijeron a la diaria que la causa fue derivada por Fossati en diciembre y llegó al fiscal Rodríguez cuando se puso en funcionamiento la nueva fiscalía, después de la feria judicial.

El delito de asociación para delinquir, por el que fue condenado Astesiano, está signado en el numeral 33 del artículo 34 de la Ley Integral contra el Lavado de Activos (19.574) como precedente de lavado de activos, por lo que corresponde abrir una investigación penal para indagar la procedencia de los bienes de Astesiano para determinar la comisión de un eventual lavado de activos.

Según supo la diaria, Rodríguez comenzó a estudiar el expediente la semana pasada y prepara las primeras medidas para comenzar la investigación.

Según el artículo 44 de la ley de lavado de activos, el tribunal puede adoptar medidas cautelares en cualquier etapa del proceso con el fin de “asegurar la disponibilidad de los bienes” que podrían ser decomisados como consecuencia de la eventual comisión de delitos de lavado.

La causa tendrá su propia carpeta de investigación, pero el fiscal puede pedir el acceso a cualquiera de los elementos que forman parte de la evidencia en las causas por las que haya sido condenado Astesiano.

La investigación buscará determinar si alguna de las propiedades presuntamente vinculadas a Astesiano, que tiene una deuda calificada como “irrecuperable” con el Banco República, fue adquirida como producto del delito de asociación para delinquir. Hasta el momento hay evidencia que apunta al uso de testaferros en la compra de varios apartamentos, la posesión de una empresa de seguridad y un club nocturno.

Como cualquier investigación, la causa se iniciará con la indagatoria sobre los bienes de Astesiano, pero puede derivar en la imputación de otras personas si así lo amerita la investigación penal. Según establece el literal i del artículo 301, las personas condenadas por delitos de lavado de activos no pueden hacer uso del beneficio de la libertad anticipada.

La Fiscalía de Lavado de Activos fue creada en la última Rendición de Cuentas y tiene competencia nacional para investigar lavado de dinero, delitos de terrorismo y su financiación y los delitos precedentes siempre que el monto supere 1.200.000 unidades indexadas, unos 175.000 dólares.