El Tribunal de Apelaciones en lo penal de primer turno condenó a 16 años de penitenciaría al militar retirado Lawrie Rodríguez, como coautor del homicidio del militante de la Organización Popular Revolucionaria 33 Iván Morales, ocurrido el 21 de noviembre de 1974 en el Regimiento de Caballería 6°.

Los abogados del militar basaron su defensa en el hecho de que Rodríguez no intervino en la tortura de la víctima, sino que actuó como juez sumariante en el caso, y que “las lesiones que terminaron en la muerte del detenido son anteriores al momento en el que a Rodríguez le tocó intervenir”.

“En la medida en que no surge de autos ninguna participación de Rodríguez anterior al momento narrado por él mismo, la sentencia impugnada excede la razonabilidad y las posibilidades legales, forzando la adecuación de hechos ajenos al encausado para terminar atribuyéndole una responsabilidad que no deviene de su propia conducta, sino de su posición coyuntural”, sostuvo la defensa.

En la sentencia, a la que accedió la diaria, el tribunal sostiene que Rodríguez se desempeñó como juez sumariante entre marzo y noviembre de 1974 y que los militares que estaban encargados de los interrogatorios y las torturas “tenían pleno conocimiento de que el imputado era el juez sumariante y que contaban con la aquiescencia o promesa del mismo para torturar a los detenidos cuando se resistían a hablar y brindar la información requerida”.

Para el tribunal, integrado por Graciela Eustachio, Sergio Torres y Alberto Reyes, esa situación “hacía que los torturadores actuaran sobre seguro, sabiendo que su conducta delictiva quedaría impune porque no iba a ser investigada por el juez sumariante, tal como acaeció”.

“Si bien no logró determinarse que la “promesa” de encubrimiento haya sido explícita, igualmente ella surge de las circunstancias en que se dieron los hechos, de la forma como se efectuaban los interrogatorios a los detenidos, en definitiva, del contexto de la lucha antisubversiva llevada a cabo por la OCOA [Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas], surgiendo que el imputado también participó en ella, conforme surge acreditado de las anotaciones que constan en su legajo personal”, agrega la sentencia de segunda instancia.

El tribunal señaló que para que se configure la coparticipación del acusado debe “existir concierto de voluntades”, que si bien suele ser “previo, expreso y deliberado, también puede ser concomitante, tácito e instantáneo”. También descartó el argumento de la defensa de que es necesario determinar la autoría del crimen para poder imputar la coautoría. “Aunque no surja identificado el autor de un hecho delictivo, nada impide que, en la medida en que resulte prueba suficiente de la participación de una persona en calidad de coautor en la comisión de un delito, sea responsabilizado penalmente”, señala el fallo, que cita jurisprudencia de la corte en ese sentido.

En cuanto a la reducción de la pena, el tribunal calificó de “demasiado severa” la pena de 20 años de penitenciaría dispuesta en primera instancia, por las circunstancias del caso, principalmente por el hecho de que el acusado “no cooperó directamente en la etapa de consumación del delito”, por lo que la conformación de su coautoría responde a lo previsto por el numeral 2 del artículo 61 del Código Penal para “los funcionarios públicos que, obligados a impedir, esclarecer o penar el delito, hubiesen, antes de la ejecución y para decidirla, prometido encubrirlo”.

“No se computaron circunstancias genéricas que agraven su responsabilidad; es primario absoluto y no se acreditó la existencia de peligrosidad en el imputado”, agrega el fallo.

Iván Morales fue detenido en la tarde del 20 de noviembre de 1974 cuando iba a la casa de su compañera, en unas viviendas de Malvín Norte, a ver a su hijo recién nacido. Morales estaba viviendo en Buenos Aires desde mediados de 1973, por la decisión de la Federación Anarquista del Uruguay de replegarse en Argentina, y los servicios de inteligencia detectaron su ingreso al país. Tras ser detenido, fue trasladado al Regimiento de Caballería 6°, donde fue torturado hasta su muerte. Tenía 26 años.