El juez en lo penal de 41° turno, Huberto Álvarez, dispuso este jueves la formalización del proceso contra el presidente de la Federación de Funcionarios de OSE (FFOSE), Federico Kreimerman, por un delito de atentado especialmente agravado, por haber encendido una bomba de humo en la sede del edificio central de OSE durante una manifestación realizada el 13 de junio en rechazo al proyecto Neptuno.

De esta forma, Álvarez aceptó la imputación planteada por la fiscal de Flagrancia Gabriela Fossati, quien días antes de abandonar su cargo en la fiscalía pidió audiencia de formalización para Kreimerman por considerar que existió violencia en su conducta y que la manifestación estaba dirigida a obstaculizar el llamado a licitación para el proyecto Neptuno.

El juez decidió que Kreimerman espere el proceso en libertad y sólo puso como medida cautelar para mantenerlo sujeto a proceso la fijación de domicilio. Ahora la Fiscalía tiene un año con opción a dos para determinar si pide la condena de Kreimerman o su sobreseimiento.

El artículo 171 del Código Penal prevé esa tipificación para quienes usen “violencia o amenaza contra un funcionario público” con la intención de “impedirle al funcionario asumir la función o tomar posesión del cargo” o “estorbarle su libre ejercicio”. El delito de atentado tiene una pena de entre tres meses de prisión a tres años de penitenciaría, mientras que sus circunstancias agravantes, previstas en el artículo 172, se configuran cuando el atentado se comete por más de tres personas o hacia más de dos funcionarios.

A la salida del juzgado, la fiscal adscripta Fabiana Corbo, quien representó en la audiencia a la fiscalía, opinó en rueda de prensa que si bien el derecho a huelga “está consagrado en la Constitución”, “la huelga debe ser pacífica, cuando deja de ser pacífica y se torna violenta puede configurar delito, como entiende que ocurrió en este caso la Fiscalía”.

En diálogo con la diaria, el abogado del trabajador, Juan Fagúndez, anunció que apelará la decisión del juez Álvarez por considerar que no existen elementos suficientes para formalizar el proceso. “No hay delito, la base de la formalización es que haya un delito preexistente. Acá, con todos los elementos que hay, se demuestra que no hubo delito”, expresó.

Fagúndez dijo que la acción de Kreimerman está lejos de lo planteado en el artículo del Código Penal que describe el delito de atentado. “No fue una bomba, fue una lata de humo, que no explota, que no está hecha para eso, se usa en bailes, en cumpleaños”, aclaró.

Además, el abogado señaló que sólo la formalización genera perjuicios a su cliente, más considerando su condición de funcionario público, aunque señaló que en su opinión no debería haber consecuencias administrativas en tanto no exista una condena firme.

La defensa de Kreimerman tiene seis días para presentar al tribunal de apelaciones los argumentos para impugnar la decisión de Álvarez.

Por su parte, Kreimerman dijo en rueda de prensa que la Fiscalía busca “dar la idea de que hubo un evento con mucha violencia” y que el juez dijo que “la formalización” daba garantías a todas las partes.

“Quedamos formalizados, ahora la Justicia penal va a dirimir si lo que hicimos el 13 de junio configura un delito o no. Para nosotros se busca trasladar a la Justicia penal la frontera de una movilización sindical. Ese día nos movilizamos porque se estaba haciendo el mayor negocio que va a hacer este gobierno con el dinero de todos los uruguayos dándoselo a sus amigos de un consorcio privado, vamos a tener que seguir luchando para defender el agua”, añadió.

Paro y movilización de la FFOSE

La audiencia estaba pautada para las 9.00 de este jueves en el juzgado de la calle Juan Carlos Gómez, pero un rato antes integrantes del sindicato se concentraron en el lugar en apoyo a Kreimerman. El lunes 4 de setiembre la FFOSE definió un paro con movilización bajo la consigna “Contra la criminalización de la protesta”.

En tanto, el PIT-CNT emitió el martes su segundo comunicado sobre el caso en el que calificó la situación como parte de un proceso de “judicialización de la protesta social”, y señaló que la manifestación no impidió la toma de decisiones por parte del Ejecutivo, que ese día, tal como estaba previsto, abrió el llamado para el proyecto.

“El movimiento sindical observa con mucha preocupación que representantes de la Fiscalía General de la Nación consideren someter a la Justicia penal un episodio vinculado a una manifestación que no generó ningún tipo de daño, ni material ni humano, tipificado como delito”, expresaron.

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