Cuando se presentan los datos sobre denuncias de delitos se toman en cuenta los datos provistos por el Sistema de Gestión de Seguridad Pública (SGSP). En este sentido, se considera la tipificación inicial que realiza la Policía cuando ingresa la denuncia al sistema.

En su cuenta de X, el fiscal Willian Rosa, que también preside la Asociación de Magistrados Fiscales del Uruguay, cuestionó las tipificaciones iniciales, que no siempre corresponden luego con las imputaciones o acusaciones.

Para poner sobre la mesa el tema mencionó un caso en el que le tocó ser parte. “Hace un rato, en un juicio abreviado, se condenó a una persona por un delito de rapiña”. “El caso –del cual voy exponer sólo detalles ilustrativos, por más que ya no sea reservado al existir condena– se da según estos hechos: una mujer mayor de edad camina por la vereda de una calle equis de la ciudad a media tarde, vienen dos personas en una moto, uno se baja y por detrás trata de sacarle la cartera, la mujer se resiste, cae, se golpea, forcejea con el delincuente, este la empuja, logra sacarle la cartera, se sube a la moto y se van, se denuncia, rápidamente interviene la Policía y detiene a uno de los partícipes recuperando lo sustraído”, agregó.

Según indicó, “inicialmente, al recibir la denuncia, se ingresa al parte policial el hecho tipificado como hurto, lo que vulgarmente se conoce como arrebato, esto es, se roba con violencia en las cosas”.

Continúa el relato: “A primera hora de hoy traen a la Fiscalía al detenido. Comienzo a mirar la carpeta, observo las evidencias más recientes, entre ellas un video de las cámaras del Ministerio del Interior que hay en la ciudad, y las imágenes me hacen concluir que se trata de una rapiña (según la secuencia que describí arriba): la violencia no es sólo sobre las cosas –la cartera–, sino también sobre la persona –la mujer víctima–, hay violencia para robar”.

Por eso, “decidimos imputar rapiña”, dijo, y agregó que hicieron “una propuesta a la defensa sobre esa base, se da una discusión, pero ante lo contundente de la evidencia –filmación–, el imputado –asistido por su defensa– acepta, se firma el acuerdo”. “Vamos ante el juez, quien controla exhaustivamente los requisitos, acuso por rapiña y se condena”, agregó como cierre del relato.

“Conclusión: las tipificaciones iniciales que hace la Policía al ingresar las denuncias es primaria y se basa en determinada información –por ejemplo, este caso–, después las evidencias pueden derivar a una imputación distinta, más leve, más grave –como en este caso– o de la misma gravedad –léase penalidad–. Incluso habiendo formalizado por un delito, podemos terminar acusando por otro –o pidiendo el sobreseimiento– con base en lo que surge posteriormente de las evidencias”, señaló Rosa.

En este sentido, dijo que “hace un tiempo criticamos una propuesta del Ministerio del Interior de 'prohibir –por Instrucción General– que los fiscales cambien tipificaciones en abreviados' y argumentamos que se partía de un mito errado, pues los fiscales no negociamos tipificaciones, hacemos acuerdos dentro del marco legal y en virtud de las evidencias, siendo que al aceptar los hechos el imputado recibe una pena menor a la que se le pediría en juicio oral –nunca inferior al mínimo del delito–”.

Finalmente, afirmó que “tal vez, si la prohibición rigiera, se podría llegar a entender que yo hoy debería ponerle hurto a un caso que elocuentemente la evidencia –filmación– mostraba que era una rapiña y que estaba registrada como hurto en el sistema porque se tipificó bien, pero con información muy primaria e incompleta”.

Cabe destacar que en el SGSP tampoco se descarta la información ante un sobreseimiento o, por ejemplo, si se arriba a la conclusión de que se está ante una denuncia que es falsa. La persona que fue denunciada mantiene en su ficha personal el ingreso como indagado de una causa penal.

El fiscal de Homicidios Carlos Negro agregó al razonamiento de Rosa que hay que tomar en cuenta cuando “la praxis nos enseña a que antes de plantear reformas hay que escuchar también a quienes trabajan en el terreno”.

La defensora pública Virginia de los Santos coincidió con el planteo de Rosa e indicó que “muchas veces la tipificación inicial de la Policía ha sido de rapiña” y, “sin embargo, las evidencias recolectadas indican hurto”. “La clave para definir la tipificación es qué evidencia hay para ir a juicio, y eso no puede dejarse en manos del investigador, sino del litigante”, señaló.