El Tribunal de Apelaciones en lo penal de cuarto turno confirmó la formalización del proceso por un delito de lavado de activos contra la fundadora de Conexión Ganadera, Ana Iewdiukow, y la prisión preventiva como medida cautelar.
En la apelación, la defensa de Iewdiukow, integrada por los abogados Jorge Barrera y Marianella Melgar, plantearon que la sentencia de primera instancia que amplió la imputación por estafa con un delito de lavado de activos no cumplió lo previsto en el artículo 266 del Código de Proceso Penal, en cuanto a que deben presentarse nuevos elementos para justificar la ampliación de la imputación.
“No se demostró la existencia de nuevos elementos suficientes como para realizar la ampliación que no se conocieran por Fiscalía y por la sede al momento de la formalización anterior”, señalaron en la apelación presentada. Otro de los argumentos de la defensa de Iewdiukow fue que de la evidencia obtenida por la fiscalía no puede surgir que existió dolo por parte de Iewdiukow, más cuando “hay más que evidencias suficientes que demuestran que la empresa Conexión Ganadera era manejada económicamente por el hoy fallecido Gustavo Basso”.
Por otra parte, señalaron que la hipótesis de que haya incurrido en un delito de lavado de activos no condice con la evidencia de la Fiscalía, que presenta transferencias entre cuentas propias. “Se pretende imputar a Ana Iewdiukow por el delito de lavado de activos siendo que la misma realizaba todas las transferencias mencionadas desde una cuenta de su esposo y que no estaba a su nombre, ni la cuenta de destino final que está a nombre de ambos”, señaló. Calificó de “absurdo” pensar que “si el origen de todas las transferencias y la compra del inmueble fuera para incurrir en el delito del lavado de activos, se comprara un inmueble a nombre de ambos sin la existencia de una sociedad que por lo menos haría más difícil la ubicación”.
La defensa también apuntó a la nueva evidencia planteada por el fiscal especializado en Lavado de Activos, Enrique Rodríguez, quien planteó en audiencia -y fue la clave para que la jueza Diovanet Olivera tomara la decisión de enviarla a prisión preventiva- la existencia de la apertura y el cierre de una cuenta en el Open Bank del Grupo Santander, el 29 de agosto, cuando cumplía prisión domiciliaria. “Lo que, en definitiva, se estableció, la eventual apertura de una cuenta, en la que no sabemos de su existencia, se desconoce la misma, no es una información de calidad, no se tiene evidencia suficiente para decir que esa eventual cuenta fuera abierta por la imputada”, expresaron.
Para el Tribunal, integrado por Luis Charles, Gabriela Merialdo y Adriana de los Santos, la fiscalía aportó nuevos elementos que justifican la decisión de ampliar la formalización contra Iewdiukow, al presentar los 13 giros bancarios a España, realizados por Carrasco y Iewdiukow entre el 28 de junio de 2022 y el 26 de febrero de 2024 desde la cuenta de Carrasco a una de Iewdiukow en el banco BBVA en España y a otras de terceros en España, por un total de 2.357.376 euros.
“Cobra especial relevancia la contestación de los oficios a través de los cuales la UIAF del Banco Central brindó información detallada específica sobre las transferencias en cuestión. Indudablemente ello marcó el estándar exigido para ampliar la vinculación al proceso de la imputada, siendo, como se dijo, irrelevante desde cuanto se conocían las transferencias”, señalaron.
Además, señalaron que, según los informes contables de Conexión Ganadera, coincidentes con la Secretaría Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, la empresa tenía un pasivo de unos 50 millones de dólares, entre 2020 y 2023, y aun así seguía repartiendo utilidades.
En cuanto a la prisión preventiva, el tribunal sostuvo que “la mejor forma de conculcar los riesgos procesales configurados es en el caso la prisión preventiva”. “No se trata de que el Estado sea ineficaz para asegurar la vinculación de la imputada al proceso por otra vía y ante ello deposite el peso en la misma a través de la fijación de la prisión preventiva. Lo que se pretende es conculcar riesgos que están vivos, son concretos y claros”, añadieron.
“En lo que hace a los riesgos procesales, se configura el peligro de entorpecimiento de la investigación pues existe la sospecha grave y fundada que podría intentar continuar llevando a cabo transferencias e incluso adquisiciones de muebles o inmuebles, con la finalidad espuria de poner bajo resguardo su patrimonio en perjuicio de las víctimas. Lo hizo y podría volver a hacerlo”, sostuvo el tribunal.