El Tribunal de Apelaciones en lo penal de primer turno revocó la sentencia de la jueza Isaura Tórtora, que en setiembre de 2024 había condenado al militar retirado Alexis Grajales a una pena de 22 años, por considerarlo responsable, en calidad de coautor del homicidio del militante del Movimiento de Liberación Nacional, Hugo Leonardo de los Santos, quien murió bajo tortura en el Regimiento Atanasildo Suárez de Caballería 6, el 3 de setiembre de 1973.

En la sentencia de primera instancia, Tórtora coincidió con lo planteado por el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, en cuanto a que la investigación penal logró probar la responsabilidad de Grajales en el crimen, con base en testimonios que ubican a Grajales en el momento del homicidio junto a los militares Lawrie Rodríguez Jaime Palavez y Ariel Ubillos.

Grajales, que era el enlace de Inteligencia de la unidad (S2), declaró que no se realizaban interrogatorios si su autorización y planteó que fue informado del fallecimiento por un oficial y al exhibírsele las fotografías del joven asesinado dijo que “presentan una persona con síntomas de haber recibido lesiones de carácter inhumano”.

En la apelación, la defensa de Grajales plantea que la condena fue definida sin probar la responsabilidad de Grajales en el crimen y asegura que en el mismo momento de que supo del fallecimiento se enteró de que había un detenido, debido a que se estaba reintegrando ese día de una licencia para cuidar a su madre. Además, consideró que el delito prescribió y que se viola el principio de legalidad al evocar la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, ingresados al orden jurídico uruguayo en 2006.

En la sentencia, a la que accedió la diaria, los ministros del tribunal plantearon por unanimidad que no pudo probarse la participación directa de Grajales en el asesinato de De los Santos y mencionan testimonios que ubican a otros militares como responsables de la tortura contra De los Santos, entre ellos uno presentado por un militar retirado que planteó en una declaración realizada ante Amnesty International y el Grupo de Apoyo al Secretariado Internacional de Juristas de Suecia que los que torturaron a de los Santos fueron Lawrie Rodríguez y Victorino Vázquez, “entre otros”. Si bien plantea que existen testimonios y documentos militares que ubican a Grajales como responsable de la llamada lucha antisubversiva en la unidad militar, consideran que no es prueba suficiente como para condenar a Grajales, aun en calidad de coautor.

En ese sentido, señala que la fiscalía cita dos casos en los que existió condena en función del análisis de la figura del enlace de Inteligencia en las unidades militares. “Parecería que da a entender que con acreditar ello, resulta suficiente para que recaiga una sentencia de condena. Pero no es así, pues en las dos sentencias citadas además de ese indicio, el tribunal contaba también con otros elementos probatorios y con declaraciones de víctimas o testigos que identificaron al S2 como quien lo detuvo o como quien los interrogó utilizando tratos crueles e inhumanos”, señala la sentencia firmada por los ministros Marcelo Malvar, Graciela Eustachio y Dolores Sánchez.

El tribunal señaló que, si bien “coincide con la plataforma fáctica”, no comparte la condena de Tórtora señalando que “de los hechos relacionados como probados no surge la participación del imputado Grajales en el homicidio”. “Si bien del legajo personal del Capitán Grajales surge que participaba activamente en las Operaciones Antisubversivas [...] para que pueda imputársele el homicidio de De los Santos deben surgir otros indicios y/o elementos probatorios coadyuvantes que, aun cuando aisladamente no prueben, relacionados unos con otros y valorados en su conjunto, no dejen lugar a una duda razonable respecto de su participación en el delito imputado”, señala la sentencia.

De los Santos fue detenido el 1º de setiembre de 1973 en las inmediaciones de la Facultad de Agronomía y trasladado al Regimiento de Caballería 6, que funcionaba en Domingo Arena y Arturo Scarone, en Piedras Blancas, y murió bajo tortura dos días después. El cuerpo fue entregado a la familia, con un certificado de defunción realizado por el médico militar José Mautone que decía que el joven había muerto a consecuencia de un edema agudo de pulmón. La familia de De los Santos presentó una denuncia penal y la Justicia dispuso una nueva autopsia que fue realizada por los médicos Roberto Méndez, Julio Arzuaga, Julio Farías, Pablo Pertusso y Óscar Bazzina, concluyó que la muerte “se debió a una hematoma extradural, de origen traumático, fosa posterior izquierda”, que “las lesiones externas fueron causadas en distintos momentos por distintos mecanismos”, mientras que una pericia de Gladys Arrarte obligó a Mautone a rectificar su informe inicial y señalar que el edema agudo había sido consecuencia de los golpes recibidos. De los Santos tenía 21 años.