En representación de la Intendencia de Maldonado (IDM), el abogado Hugo Álvez se presentó este jueves ante la Suprema Corte de Justicia en Montevideo luego de que el juez Alejandro Recarey emitiera un fallo en el que ordenó, como medida cautelar, la suspensión de las obras en la rambla de Punta Colorada, detener la extracción de arena y la colocación de flora exótica.
Álvez presentó ante la Justicia un recurso de reposición y apelación contra la medida cautelar y denunció penalmente por “falso testimonio” al docente y biólogo Omar Defeo y al investigador del Área de Geociencias del Pedeciba, docente grado 5 de la Facultad de Ciencias y director del Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales, Daniel Panario, que se presentaron como testigos que declararon en defensa del cordón dunar.
La defensa de la intendencia declaró que la comuna aún “no ha sido notificada” de manera formal sobre la decisión del juez, sino que tomaron conocimiento de la situación por “trascendidos de prensa”. “Llamó poderosamente la atención que (ante) tanta urgencia (por suspender la obras) no han sido notificados”, expresó.
En ese sentido, sostuvo que transcurrió una feria judicial “bastante extraña” en la cual se notó que “grupos minoritarios” han logrado fallos exprés. Álvez afirmó que el juez Recarey suspendió una obra por “la supuesta construcción de la rambla de Punta Colorada”; sin embargo, según la intendencia, esa obra “no existe”.
“La rambla de Punta Colorada tiene más de 60 años; lo que hizo la intendencia fue reacondicionar; las obras están terminadas e inauguradas desde el año pasado”, indicó el abogado. Por otra parte, sostuvo que Recarey se basó en el testimonio de dos testigos que “están faltando a la verdad”; por tal motivo la comuna los denunció por “falso testimonio”. Para Álvez, se acusó a la IDM “infundadamente” de actos ilícitos que “no cometió”, así como también resaltó el cuidado del medioambiente y protección de dunas que la administración realiza.
El abogado señaló que “le llamó la atención” que de camino al juzgado constató en playas de Montevideo la instalación de cercas captoras para preservar las dunas, tal “como se colocan en las playas de Maldonado”. “En Montevideo está bien y en Maldonado no”, planteó.
Sobre la falta de permisos ambientales y estudios de impacto ambiental, Álvez manifestó que el artículo 153 del Código de Aguas establece que “están fuera de la faja de defensa costera y que no se requiere ninguna autorización ambiental para trabajar fuera de ella como es el caso. Es otra de las falacias que los testigos ratificaron y otra de las razones por las cuales se presenta la denuncia penal”, concluyó.