Javier García, aun antes de asumir como ministro, sostuvo que había que aprobar una “ley de derribos” para enfrentar al narcotráfico y al delito organizado. Esto quedó plasmado en la propuesta inicial del proyecto de ley de urgente consideración presentado al Parlamento, que autorizaba la “neutralización” (el derribo) de la aeronave que hiciera “caso omiso de las instrucciones de la nave interceptora” (artículo 118 del proyecto). El ministro demostró tener capacidad para escuchar los argumentos de los senadores de la oposición y/o de los oficiales de la Fuerza Aérea que lo asesoraron, y proponer un cambio sustancial que fue el que finalmente se aprobó en la Ley 19.889, autorizando solamente el derribo de una aeronave hostil “cuya conducta demuestre intenciones o acciones de agresión” (artículo 115 de la ley). Además, la orden ya no será del presidente de la República (artículo 119 del proyecto), sino de “el Presidente de la República, actuando en acuerdo con el Ministro de Defensa Nacional” (artículo 116 de la ley).

En palabras del propio ministro en la Comisión Especial del Senado del 4 de mayo: “con respecto a la pregunta que hace la señora senadora [Amanda] Della Ventura, planteo que quizás sea bueno incluir en la discusión la definición de ‘hostil’. Después vamos a hacer una propuesta, pero se la leo: pretendemos establecer que una aeronave hostil es aquella que demuestra una conducta con intenciones o acciones de agresión. O sea que no estamos hablando de quien se escapa, sino de quien genera una situación de agresión a una aeronave de la Fuerza Aérea, o a una infraestructura. Quería adelantarlo aunque, seguramente, lo agreguemos”. Y efectivamente envió la propuesta de modificación en el sentido expresado, que es coherente con el sentido de la defensa propia o la defensa de terceros (de otros) que está regulada en el artículo 26 de nuestro Código Penal.

El ministro tuvo capacidad de escucha para corregir algunos de los errores de su propuesta original. Hay que reconocerlo, aun cuando creamos que, con más tiempo y menos urgencia, se pudo haber definido con mayor precisión el concepto de “agresión” y se pudo haber hecho una referencia explícita a la defensa propia o de terceros.

No ha sucedido lo mismo, hasta ahora, con sus declaraciones sobre “obediencia debida”, en esa extraña forma de retrucar que lo caracteriza, con el agravante de referirse a las operaciones militares del presente, claramente reguladas por la Ley 19.775 (Orgánica de las Fuerzas Armadas). Cuando expresó, a su nombre y del presidente de la República: “[...] el mensaje que queda planteado hoy. ¿Qué puede razonar un soldado si sabe que cumpliendo una orden que le da el Estado, que le dan sus jerarquías, en el día de mañana termina yendo a un juzgado y termina preso? [...] afecta seriamente las tareas y el funcionamiento y el conducto del mando”, empezó a transitar un camino de difícil retorno.

Javier García también sabe bien que “la ignorancia de las leyes no sirve de excusa” y que el soldado no tiene la obligación de cumplir órdenes ilegales, sin necesidad de consultar a las cátedras universitarias.

El ministro sabe muy bien que una orden ilegal no debe cumplirse. Que si un oficial ordena a un soldado robar combustible, o asaltar un banco, o comercializar droga, o violar a una mujer, o torturar y matar a un niño, o matar al ministro de Defensa Nacional o a cualquier otra autoridad del Estado, o a un prisionero desarmado y esposado, el soldado debe negarse. Lo sabe. Sólo la lógica del “truco-retruco-vale 4” permite entender que se haya enredado de esa manera y no haya sabido dar un paso atrás. Y Javier García también sabe bien que “la ignorancia de las leyes no sirve de excusa” y que el soldado no tiene la obligación de cumplir órdenes ilegales, sin necesidad de consultar a las cátedras universitarias. No se trata de obediencia ciega; se trata de obediencia debida.

Como ha expresado el periodista Ignacio Álvarez muy claramente en Twitter: “A mí no me preocupa que la Justicia procese a un ex soldado que mató por la espalda a un tupa desarmado hace 48 años. Es más: los actuales soldados deben saber que si hacen algo así, serán juzgados y condenados. Aunque estuvieran obedeciendo una orden”.

El Frente Amplio también debe asumir su autocrítica: la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas debió haberse realizado entre 2010 y 2011, inmediatamente después de la aprobación unánime por el Parlamento de la Ley Marco de la Defensa Nacional en febrero de 2010, y en continuidad del espíritu que permitió ese acuerdo. Pero tuvimos que esperar a que recién en el segundo semestre de 2018 el ministro Jorge Menéndez, que se puso el tema al hombro, presentara un proyecto concreto. Lamentablemente, la cercanía del proceso preelectoral no ayudó a establecer el necesario diálogo que hubiera permitido la construcción de los acuerdos amplios que implica una política de Estado. Y la vergüenza de seguir teniendo vigente una Ley Orgánica aprobada en la dictadura llevó al Frente Amplio a aprobar la mejor ley posible en aquellas circunstancias.

Es absolutamente legítimo que el gobierno actual intente modificar una ley en cuya aprobación tuvo poca participación; pero si el ministro, como lo manifestó hace pocos días cuando concurrió a la sede del Frente Amplio, intenta retomar el espíritu de las políticas de Estado, debería, antes de elaborar y presentar un proyecto concreto, con las rigideces que eso implica, convocar a un diálogo amplio, mirando el ejemplo del proceso del debate nacional de 2006-2007 entre el gobierno, todos los partidos políticos, miembros de las Fuerzas Armadas, diversas organizaciones sociales y la academia, que culminó en la aprobación de la Ley Marco de Defensa en 2010. En el camino del diálogo para construir un Uruguay y unas Fuerzas Armadas mejores va a encontrar siempre la mayor disposición del Frente Amplio.

Gustavo Scaron es presidente de la Comisión Especial de Defensa Nacional del Frente Amplio.