El 8 de febrero de 2021, el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, recibió a familiares de los procesados y condenados que se encuentran en la prisión de Domingo Arena, autodenominados “familiares de prisioneros políticos”.

Se debe mencionar que dicha denominación, “prisioneros políticos”, no es adecuada, porque los presos de Domingo Arena cometieron crímenes de lesa humanidad durante la dictadura, y fueron procesados y condenados en un momento de democracia plena, por jueces pertenecientes al Poder Judicial, con todas las garantías del debido proceso, en un país en el que se respeta el principio de separación de poderes.

Esta reunión con el presidente de la República forma parte de una estrategia de Cabildo Abierto (CA) –los militares son expertos en estrategia y en CA sus dirigentes más importantes son mayoritariamente militares retirados– que comenzó a partir de que asumió el actual gobierno el 1° de marzo de 2020, que tiene la finalidad de liberar a los presos de Domingo Arena y que se reinstale la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado (Ley de Caducidad).

La Ley de Caducidad fue dejada sin efecto por la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso “Gelman Vs. Uruguay”. Respecto de la Ley de Caducidad, el párrafo 253 de la sentencia de la Corte IDH referida señala: “[…] el Estado deberá asegurar que aquella no vuelva a representar un obstáculo para la investigación de los hechos materia del presente caso ni para la identificación y, si procede, sanción de los responsables de los mismos y de otras graves violaciones de derechos humanos similares acontecidas en Uruguay”. El Estado uruguayo cumplió en parte con la sentencia del tribunal interamericano a través de la resolución del Poder Ejecutivo N° 323/2011, del 30 de junio de 2011, por la cual revoca los actos administrativos y mensajes del Poder Ejecutivo en aplicación de la Ley de Caducidad, que impedían la investigación y determinación de los responsables de los hechos denunciados ocurridos en la última dictadura, y a partir de dicho decreto, se reabrieron 88 casos de crímenes ocurridos en el último gobierno de facto. Además, el Poder Legislativo aprobó la Ley N° 18.831 que dejó sin efecto la Ley de Caducidad.

La estrategia de Cabildo Abierto comenzó con críticas a fallos de la justicia penal que procesaron a militares por crímenes cometidos en el periodo de la última dictadura. El primer pronunciamiento fue del líder de Cabildo Abierto, el senador Guido Manini Ríos, el 14 de abril de 2020, en circunstancia del procesamiento del militar Lawrie Rodríguez por el asesinato de Iván Morales el 22 de noviembre 1974, oportunidad que manifestó durante la media hora previa a una sesión de la Cámara de Senadores: “¿Hasta cuándo se procesará a militares octogenarios por hechos de hace 50 años?”, argumentando que hubo una manifestación del pueblo de pasar la página en estos temas, porque no quiere seguir “sumergido en el odio que unos pocos irradian”, y afirmó que el procesamiento “se parece más a venganza que a justicia”.

El segundo pronunciamiento fue del senador del mismo partido político Raúl Lozano, el 16 de junio de 2020, quien en la media hora previa a la sesión de la Cámara de Senadores criticó un fallo de la justicia penal que procesó al soldado retirado Leonardo Vidal por el asesinato del tupamaro Nelson Berreta el 15 de julio de 1972, señalando: “la jueza, a pedido del fiscal Perciballe, procesa con prisión al otrora joven soldado sin tenerse en cuenta el plazo máximo de prescripción de 20 años previsto para los delitos más graves”. El senador Lozano criticó que se considerara al delito cometido por el militar crimen de lesa humanidad, seguramente por el motivo de que estos crímenes son imprescriptibles, y finalizó diciendo que el procesamiento es una “clara persecución ideológica de venganza que nada tiene que ver con la justicia”.

Con posterioridad, los dirigentes de CA Manini Ríos, Guillermo Domenech y Eduardo Lust atacaron la figura del fiscal de Corte Jorge Díaz, y solicitaron la remoción o destitución del jerarca. Aprovecharon la circunstancia de la investigación administrativa que promovió el jerarca contra la fiscal de Carmelo Natalia Charquero, vinculada al Partido Nacional, quien archivó el expediente del actual intendente de Colonia Carlos Moreira. La persecución política al fiscal de Corte por parte de CA tiene relación con el hecho que desde que existe la Fiscalía General de la Nación como servicio descentralizado, han aumentado los procesamientos y condenas a militares y policías por crímenes de lesa humanidad, y más aún cuando se instaló la Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad, el 22 de febrero de 2018.

En agosto de 2020, Manini Ríos planteó el tema de reinstalar la Ley de Caducidad, y los partidos Colorado y Nacional quedaron en analizar la iniciativa1, lo que no se ha plasmado aún. Lo que pretendía Manini Ríos era derogar la Ley N° 18.831, que como ya se señalara, fue la ley que aprobó el Parlamento para dar cumplimiento a la sentencia de la Corte IDH en el caso “Gelman Vs. Uruguay”. Manini Ríos argumentó en ese momento que con la Ley N° 18.831 se violan “sistemáticamente los principios del derecho”. Manifestó en esa oportunidad el senador: “No se trata de defender ni a dictadores ni a torturadores –como muchas veces quieren endilgar para mezclar los tantos–, se trata de defender el Estado de derecho”2. Apoyando esta posición, la diputada de CA Elsa Capillera, entrevistada en el programa Informe Capital, de TV Ciudad, señaló respecto de los procesamientos a militares: “Yo creo que ya hubo una ley que se votó; es como volver para atrás y seguir con el mismo tema de siempre. La ciudadanía decidió que quiere dar vuelta la página”3. Se debe aclarar que los ciudadanos, mediante decisiones populares –referéndum o plebiscito– no pueden suprimir derechos humanos ni garantías para la protección de estos consagrados en la Constitución o en instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Uruguay, como la Convención Americana de Derechos Humanos, por lo tanto, no es de recibo el argumento de que la ciudadanía ya se pronunció al respecto.

En octubre de 2021, los senadores Manini Ríos, Domenech y Lozano presentaron un proyecto de ley cuyo objetivo es que a los imputados y condenados mayores de 65 años se los beneficie con prisión domiciliaria. Obviamente el espíritu del proyecto de ley es favorecer a los que cometieron crímenes de lesa humanidad en el último gobierno de facto que se encuentran procesados o condenados en la prisión de Domingo Arena o a los que sean formalizados y condenados en el futuro por crímenes cometidos en la última dictadura cívico militar.

Los autodenominados “Familiares de Prisioneros Políticos” le manifestaron al presidente de la República que no alcanza con el proyecto de ley que presentó CA a efectos de que los mayores de 65 años se beneficien con prisión domiciliaria, sino que pretenden que se derogue la ley N° 18.831, a efectos de restaurar la Ley de Caducidad.

Al mismo tiempo que el presidente de la República recibe a esta organización, no hace lo propio con la organización de expresos políticos Crysol, que quería una reunión a efectos de interiorizarse sobre cómo el gobierno iba a dar cumplimiento con la sentencia de la Corte IDH en el caso “Maidanik y otros Vs. Uruguay” de fecha 15 de noviembre de 2021, que condenara al Estado uruguayo por la falta de investigación y determinación de los responsables de los asesinatos de las denominadas “Muchachas de Abril”, Diana Maidanik, Silvia Reyes y Laura Raggio, y de las desapariciones de Óscar Tassino y Luis Eduardo González.

El Estado uruguayo ha ratificado tratados internacionales que impiden que se vuelva a aplicar la Ley de Caducidad. Uruguay ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos a través del artículo 15 de la ley N° 15.737 del año 1985. El artículo 16 de la misma ley reconoce la competencia de la Corte IDH sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención Americana de Derechos Humanos. El artículo 68.1 de la Convención referida señala: “Los Estados Partes en la Convención se comprometen a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes”. Y la sentencia de la Corte IDH en el caso “Gelman Vs. Uruguay” ordenó dejar sin efecto la Ley de Caducidad. Reinstalar la Ley de Caducidad significaría incumplir con la sentencia de la Corte IDH que obliga a Uruguay.

A pesar de ello, la estrategia de CA está dando resultados. Respecto del proyecto de ley de prisión domiciliaria para mayores de 65 años, varios dirigentes del Partido Nacional y del Partido Colorado se han mostrado receptivos a dicha iniciativa. En cuanto a la pretensión de CA de derogar la ley N° 18.831, no se han escuchado voces en la coalición de gobierno rechazándola.

En definitiva, estos temas vinculados con el pasado reciente seguramente se resolverán luego del referéndum del próximo 27 de marzo.

Pablo Rodríguez Almada es doctor en Derecho y Ciencias Sociales. Tiene un posgrado de especialización en Derecho Constitucional y Derechos Humanos. Es docente universitario.


  1. El País, 1° de agosto de 2020. 

  2. la diaria, 1° de agosto de 2020. 

  3. Montevideo Portal, 31 de julio de 2020.