Llama poderosamente la atención que la oposición no responda con contundencia las afirmaciones del gobierno respecto de las bondades de la LUC, cuando dicho relato es fácilmente rebatible.
El juicio político sería improcedente jurídicamente aunque no se hubieran respondido los pedidos de informes y aunque la intendenta Cosse no se hubiera presentado personalmente al llamado a sala.
Los estudiantes, docentes o egresados de la UTEC podrán solicitar la inconstitucionalidad de la Ley 20.096 ante la Suprema Corte de Justicia, porque están legitimados activamente para ello.
La justicia transicional en Argentina fue exitosa comparada con Uruguay respecto a la investigación, determinación y castigo de los que cometieron crímenes de lesa humanidad en el último gobierno de facto.
Es el mandato de la sentencia de la Corte IDH y las convenciones interamericanas el que está cumpliendo la magistrada al procesar al militar retirado Juan Modesto Rebollo, y no un afán de venganza.
El proyecto de ley de “tenencia compartida” no mejora los derechos de niños, niñas y adolescentes consagrados en la legislación actual, al contrario, los pone en peligro.
Dicha tendencia jurisprudencial influirá en los tribunales penales inferiores, que comenzarán a condenar a los que cometieron crímenes de lesa humanidad en el último gobierno dictatorial.
Esta reunión con el presidente de la República forma parte de una estrategia de Cabildo Abierto que tiene la finalidad de liberar a los presos de Domingo Arena y que se reinstale la Ley de Caducidad.
El derecho de propiedad, que se encuentra dentro de los denominados derechos civiles y políticos, no se considera que sea jerárquicamente superior ni siquiera a los derechos económicos, sociales y culturales.
El camino de las falacias y la información no fidedigna no permitirá un debate serio acerca de los beneficios o perjuicios de la LUC, lo que no ayudará a los ciudadanos a informarse.
No se está atentando “contra el respeto a los Poderes del Estado” cuando a través de la firma se habilita el recurso de referéndum, se está ejerciendo un derecho constitucional.
Es la mejor señal para un Estado de derecho que el Poder Judicial obligue a otro poder del Estado a cumplir con las normas jurídicas, principalmente aquellas que refieren a derechos humanos.
No existe solamente un deber moral y ético de vacunarse, sino un deber jurídico consagrado en la Constitución, que tiene la finalidad de que cada persona sea responsable no sólo de su salud sino de la de los demás.
En la historia de Uruguay del siglo XXI, Tabaré Vázquez como presidente de la República será considerado con la misma importancia que José Batlle y Ordóñez para el siglo XX.
El plebiscito de reforma constitucional frustrado de 1980, sin que el gobierno dictatorial se lo propusiera, formó parte de un proceso constituyente para retornar a la democracia.
El referéndum se realizaría a fines de 2021 o principios de 2022, momento en que la popularidad del gobierno estará por el piso por las medidas económicas que está aplicando.