El lunes 28 de marzo, el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) emitió una resolución con tres documentos referidos al reconocimiento de las carreras y los títulos universitarios para la formación docente. El ministro Pablo da Silveira declaró que las tenían “en suspenso” porque si avanzaban podía interpretarse como una “falta de respeto hacia los ciudadanos”, y agregó que hizo “lo que hubiera hecho el año pasado si no se hubiera llegado a las firmas”.

Me parece que la razón es muy diferente. Escondieron la resolución para no mostrar que teníamos razón quienes criticamos estos artículos de la ley de urgente consideración (LUC). En una primera y rápida lectura puedo afirmar que esta resolución es inconsulta, inconstitucional, ilegal, insostenible desde el punto de vista pedagógico y una burla a los que votaron el 27 de marzo.

Inconsulta

Esta resolución incluye tres documentos: “Guía para la presentación de solicitudes para reconocimiento para la formación en educación y criterios de calidad”, “Criterios de calidad para el reconocimiento de carreras de grado” y “Acciones de reconocimiento y apoyo para el reconocimiento del nivel universitario y cronograma de presentaciones”.

El ministro planteó a la diaria que, si bien el MEC es “muy respetuoso” de la autonomía de la Administración Nacional de la Educación Pública (ANEP), ha estado “en conversaciones con el Codicen y el CFE [Consejo de Formación en Educación] para saber si las exigencias resultan aceptables”. Esto es falso. Quizá conversó con los presidentes o con alguien del Codicen y del CFE, pero no con los consejos, que se enteraron después de firmada la resolución.

Tampoco fue consultado el Consejo Consultivo creado en el artículo 198 de la LUC para asesorar al MEC “en el reconocimiento del nivel universitario de las carreras que voluntariamente se presenten” y reglamentado por el Decreto 358/2020. Este Consejo ni siquiera fue instalado.

Obviamente, no se consultó a la Universidad de la República (Udelar) ni a las Asambleas Técnico Docentes (ATD) del CFE o de los otros consejos. Me arriesgo a decir que, a lo sumo, fue elaborado por cuatro personas.

Esto va en contra de todas las recomendaciones sobre la evaluación de la educación superior en el mundo, que señalan que para establecer criterios de calidad se debe consultar a las instituciones involucradas y a quienes están en el campo laboral específico.

Inconstitucional

El documento que establece los criterios de calidad señala en sus páginas 1 a 3 las condiciones que deben tener los currículos (planes de estudio) para que sean considerados universitarios. Esto incluye los núcleos, la cantidad de horas mínima para cada uno y las condiciones de egreso. Todas potestades de la ANEP. Recordemos lo que indica el artículo 202 de la Constitución : “La Enseñanza Pública Superior, Secundaria, Primaria, Normal, Industrial y Artística serán regidas por uno o más Consejos Directivos Autónomos”. Esta resolución viola la autonomía del ente y su especificidad.

Ilegal

En la “Guía para la presentación de solicitudes de reconocimiento” los elementos presentados deben ser tenidos en cuenta por “entidades públicas no universitarias o por instituciones privadas”, y luego establece el procedimiento a seguir por ambas, que culminaría con un dictamen del Consejo Consultivo.

Sin embargo, el artículo 198 de la LUC, que prevé ese consejo, crea el “Procedimiento voluntario de reconocimiento del nivel universitario de carreras de formación docente impartidas por entidades públicas no universitarias”, no incluye a las instituciones privadas dado que estas se rigen por otro marco legal, el Decreto-Ley 15.661 y su Decreto reglamentario 104/2014.

Esta resolución está por fuera de lo que la ley le encomienda al MEC. No son explicitadas las razones para incluir a las instituciones privadas en este mecanismo, tampoco se sabe la opinión de las propias interesadas, pero a todas luces es contraria al marco legal vigente.

También es ilegal encomendarle al Instituto Nacional de Evaluación Educativa (Ineed) el diseño y la administración de una “Prueba de certificación final”, ya que este instituto puede hacer evaluaciones de la calidad educativa y no pruebas de certificación, a pesar del trasnochado artículo 769 de la Ley de Presupuesto.

Este procedimiento no sólo es inconsulto, inconstitucional, ilegal e insostenible, sino que tampoco asegura una formación universitaria de futuros/as educadores/as y docentes.

Insostenible

Los criterios de calidad establecen algunas condiciones que no están fundamentadas. No se explica la razón por la cual se mencionan exclusivamente las formaciones de educación inicial y primaria y educación media, pero no se consideran la formación para primera infancia, educación social o maestro y profesor técnico. Tampoco se explica la razón de establecer cuatro núcleos y no incluir explícitamente el núcleo sobre práctica docente.

Por supuesto que no hay fundamentación, pero sí exigencia de contenidos y cargas horarias mínimas. Una propuesta curricular debería tener una fundamentación, cuando no ser producto de un estudio de las necesidades para el ejercicio profesional.

Tampoco hay fundamentación por la cual se elimina la exigencia de una tesis o trabajo monográfico para el egreso, contrariando la práctica ya desarrollada en cuatro de las cinco carreras y acordada por todos los órdenes para los futuros planes de estudio.

La formulación de una tesis o trabajo final de diferentes características permite a quien va a egresar elaborar en forma creativa una propuesta integrada que refleje toda su formación y el desarrollo de todas sus competencias profesionales. Una prueba externa no cumple con estos objetivos.

Obviamente, faltó el estudio de las ATD, las comisiones de carrera (si todavía existen) con presencia de estudiantes y egresados, así como de los institutos y departamentos académicos del CFE. Por eso, seguramente, esta falta de consistencia con la experiencia y estudio acumulado en formación en educación en el país.

Una burla

En la campaña sostuvieron que se iba a reconocer el carácter universitario para todos/as los/las egresados/as. Sin embargo, el procedimiento establece que quien egresa debe rendir una prueba final para que se le reconozca el título de “Licenciado en Pedagogía”. Pero ya tendría el título para ejercer. Esto quiere decir que quien decide si quiere tener esa titulación es quien egresa y no es la formación la que se lo garantiza.

Pero la burla es mayor. Nos discutieron hasta el cansancio que estábamos mintiendo o exagerando cuando señalamos que este capítulo favorecía a las instituciones privadas porque iban a recibir fondos para becas, ya que las únicas que ya tienen reconocimiento universitario son carreras de grado privadas, que son pocas pero hay, y obviamente también de posgrados, que las hay en cantidad.

Pues el documento “Acciones para el acompañamiento y apoyo” establece la existencia de fondos para apoyar programas de movilidad docente y estudiantil y un programa de becas para estudiantes que se “inscriban en carreras reconocidas o en proceso de serlo”. Como este mecanismo está previsto (ilegalmente) para públicos y privados, estos fondos podrán ir a docentes y estudiantes de instituciones privadas.

Rápidos y furiosos

El MEC responde así en forma rápida al resultado electoral del domingo. Nada de consultas, nada de diálogo. Nada de cumplir con la palabra.

Este procedimiento no sólo es inconsulto, inconstitucional, ilegal e insostenible, sino que tampoco asegura una formación universitaria de futuros/as educadores/as y docentes.

Para asegurar una formación universitaria es necesario que quienes egresen se formen en una cultura universitaria, donde se vincule enseñanza con investigación y extensión. Este mecanismo no resiste los mínimos estándares de calidad universitaria, mucho menos cuando este procedimiento, muy bien guardado, por cierto, durante dos años, obliga a quien egresa a demostrar ese carácter.

Lamentablemente, tenía razón cuando en un debate, hace pocos días, expresé: “Le van a dar el título a algunos sí y a otros no”. Pero nunca imaginé que el procedimiento tuviera que recaer en cada docente.

Esto ratifica que el único rumbo posible para que tengamos docentes con formación universitaria es la aprobación de una Universidad de Educación. Todas las fuerzas deberían ponerse para abrir los espacios de diálogo necesarios que lo permitan.

Luis Garibaldi es maestro.