Las sociedades democráticas tienen requerimientos para su funcionamiento, y es por ello que las instituciones se proponen libertades, oportunidades y medios materiales para el ejercicio de la ciudadanía. Esto constituye un mínimo poder ciudadano que no solamente establece condiciones para ejercer la libertad sino también permite evitar que otros, sean individuos o colectivos, ejerzan dominación.

A la hora de pensar en formas de garantizar medios económicos para este ejercicio de ciudadanía se presentan algunas diferencias. Una de las soluciones más extendidas en las democracias contemporáneas ha sido el empleo a través del mercado de trabajo, y desde hace unas décadas ha tomado bastante fuerza la idea de la renta básica universal como una alternativa posible. Sin embargo, muchas veces las justificaciones normativas pueden ser poco sensibles a las posibilidades de aplicación, y es preciso tener en cuenta las exigencias que imponen las creencias compartidas por la sociedad, que son determinantes de la aceptabilidad de la propuesta a implementar. Lo que voy sostener es que las condiciones de aplicación de la sociedad uruguaya no permiten por el momento apostar por el proyecto de renta básica universal, pero sí por una versión particular del empleo en el que el Estado tenga un rol protagónico: el empleo garantizado por el Estado. A continuación expondré los elementos que conducen a esta posición.

1. El atractivo de la renta básica

La renta básica universal propuesta por el filósofo belga Philippe van Parijs consiste en la asignación universal e incondicionada de una cierta cantidad de dinero a todos los ciudadanos como forma de asegurar su “libertad real”. Esto implica que todos los miembros de una sociedad, pobres y ricos, recibirán un monto de dinero igual, que les permitirá tener un mínimo social asegurado. Como la estructura impositiva se mantiene, los sectores mejor situados “devuelven” este monto al Estado a través de los impuestos a la renta que los afectan. De esta forma, se reduce la burocracia recaudatoria y también los controles que supondría una medida exclusivamente destinada a los sectores más vulnerables de la sociedad. Así es que cuando se implementa la renta básica y se recauda por los impuestos a la renta de los sectores mejor situados, son los más vulnerables quienes en última instancia terminan siendo protegidos. Esto también permite que las políticas sociales destinadas a paliar la pobreza sean parcialmente retiradas. Probablemente el mayor atractivo de la medida sea su simplicidad y eficiencia, además de garantizar medios materiales para el ejercicio de la igual libertad ciudadana.1

2. Ética del trabajo: el obstáculo para la aplicación de la renta básica

La renta básica universal tiene un importante obstáculo para su justificación pública, y por lo tanto para su traducción en una medida institucional. Tal obstáculo consiste en una serie de creencias que se encuentran firmemente asentadas en las sociedades democráticas contemporáneas y que articulan lo que se conoce como “ética del trabajo”. En forma resumida, la ética del trabajo orienta la vida de la personas a partir de las siguientes creencias: a) los medios materiales para poder llevar adelante la vida deben obtenerse a través de actividades que el resto de la sociedad considera valiosas y remunerables; b) una vez obtenidos medios materiales básicos es preciso no conformarse con lo conseguido y buscar más; c) el descanso solamente está justificado para reunir fuerzas para continuar trabajando; d) trabajar es algo valioso en sí mismo y ennoblecedor; y, como consecuencia de esto, e) el trabajo es el estado normal de las personas, al que todos deben orientarse, y no hacerlo es condenable.

Independientemente de las transformaciones que se han dado en el mundo del trabajo, estas creencias permanecen con una inercia significativa y se han constituido en parte del sentido común de las sociedades democráticas contemporáneas. A la vez, son un elemento fundamental de los imaginarios sociales que compartimos y le dan sentido a la forma en que nos concebimos y establecemos nuestras aspiraciones y expectativas vitales. Es por esto que la ética del trabajo es un determinante crucial de las posibilidades de aplicación de las medidas institucionales que se puedan proponer para garantizar los mínimos económicos necesarios para asegurar la condición de ciudadanía. Hay una idea de fuerte reciprocidad que articula nuestras intuiciones de justicia que tiene el respaldo de la ética del trabajo, y que lleva a tener la expectativa de que toda remuneración obtenida sea el resultado de una actividad que contribuya a la vida social.

Las condiciones de aplicación de la sociedad uruguaya no permiten por el momento apostar por el proyecto de renta básica universal, pero sí por una versión particular del empleo en el que el Estado tenga un rol protagónico.

El peso que tiene la ética del trabajo en las sociedades contemporáneas, y en la uruguaya en particular, hace que una medida como la renta básica universal tenga pocas posibilidades de ser públicamente justificada y obtener el respaldo que permita su implementación. Esto claramente no es una debilidad normativa de la renta básica, sino fáctica, y como tal tendrá relevancia hasta tanto las creencias compartidas de la ética del trabajo pierdan su centralidad.

3. La hipocresía del discurso del empleo

La ética del trabajo y la idea de reciprocidad hacen que el objetivo de garantizar mínimos materiales de ciudadanía tenga al empleo que ofrece el mercado de trabajo como la medida privilegiada en las sociedades democráticas. Sin embargo, esto encierra una dificultad insuperable: el empleo que ofrece el mercado de trabajo no es suficiente para asegurar las condiciones materiales de ciudadanía en forma universal. Para que esto acontezca, deberíamos contar con sociedades de pleno empleo, y tales sociedades no existen y es muy difícil pensar que puedan alcanzarse a corto plazo, muy especialmente en el caso uruguayo. Por lo tanto, al apelar al empleo provisto por el mercado de trabajo, por la vía de los hechos se condena a una porción importante de la población a ser ciudadanos de segunda clase, es decir, aquellos que quedan fuera del acceso al empleo que ofrece el mercado. Por todo esto no se puede menos que calificar de hipócritas los discursos que defienden que la solución al problema de garantizar el sustento material de los ciudadanos se logra con el empleo provisto por el mercado de trabajo. Esto es especialmente claro en el caso de Uruguay, ya que no es ni será a corto plazo una sociedad de pleno empleo, por lo que ese tipo de afirmaciones son cuando menos poco responsables o una mera manipulación de las creencias y sentimientos de los ciudadanos.

4. Empleo garantizado por el Estado

Una posible salida a estas dificultades es el empleo garantizado por el Estado,2 si este asume hasta sus últimas consecuencias el rol de asegurar la condición de ciudadanía para todos los miembros de la sociedad. La propuesta de empleo garantizado por el Estado también tiene su atractivo en su simplicidad; consiste en que el Estado provea puestos de trabajo socialmente valiosos con un salario digno a todo aquel que lo desee. En esta medida los empleos deberían ajustarse a las distintas necesidades que tiene el país, y es esperable que se dé en una coordinación entre el gobierno central y los locales; de esta manera el Estado se convertiría en un empleador que garantiza que todo ciudadano pueda acceder al trabajo.

Esta medida supone, por supuesto, un rediseño institucional significativo, especialmente para su financiamiento, y simplemente como reflexiones no exhaustivas se puede decir que para ello el seguro de desempleo dejaría de ser necesario, y también que los beneficios económicos de algunas de las actividades que se llevarían a cabo contribuirían a este sistema. A su vez, el Estado no necesariamente tendría que asumir el rol ejecutor de esta medida, que podría cumplirse a través de subvenciones o convenios con agentes económicos como empresas o cooperativas.

El trabajo de diseño e implementación es una tarea que está lejos de lo que puede desarrollarse en esta nota, y debería estar mediada por una importante discusión pública en la que se reciban aportes de distintas perspectivas disciplinares y técnicas.3 Uruguay tiene ya camino recorrido, porque esta medida ha sido implementada en un alcance restringido por la Intendencia de Montevideo y recientemente por el gobierno nacional a través de los “jornales solidarios”; la pregunta es por qué no radicalizarla y solucionar un problema de la democracia.

5. Dignidad e igual ciudadanía como fin

Las democracias tienen la obligación moral de garantizar mínimos materiales de ciudadanía. Esto, en primer lugar, es un requerimiento normativo para asegurar la condición de libres e iguales y, por lo tanto, cuando esto no se logra por la vía de los hechos, se tienen ciudadanos de segunda clase. En segundo lugar, esto es necesario instrumentalmente, porque la vitalidad de las democracias depende, entre otras cosas, de que sus ciudadanos puedan reproducir dignamente su vida. Las permanentes amenazas a la democracia no van a ser conjuradas con estos mínimos materiales, pero ellos son necesariamente parte de lo que pueda hacerlo.

El fin que orienta los diseños institucionales en las democracias es la dignidad humana y la condición de ciudadanía, y las posibles medidas a implementar son funcionales a ese fin; son simplemente un medio. Para su selección, hay condiciones normativas y fácticas. En particular, no veo con claridad diferencias sustantivas desde el punto de vista normativo entre la renta básica y el empleo garantizado por el Estado; ambas medidas cumplen, con limitaciones y virtudes, la meta de realizar la igual ciudadanía. La diferencia entre ambas, sin embargo, reside en las condiciones fácticas para su justificabilidad y aceptabilidad. Es la ética del trabajo como conjunto de creencias ampliamente compartidas la que establece, como se ha indicado, la superioridad de una medida sobre otra. Esto claramente es algo contingente, pero en este momento histórico parece determinante.

Gustavo Pereira es docente e investigador de la Universidad de la República, e integrante de la Academia Nacional de Ciencias del Uruguay.


  1. Philippe van Parijs, Libertad real para todos, Barcelona, Paidós, 1996. 

  2. Pavlina R Tcherneva, The Case for a Job Guarantee, Londres, Polity, 2020. Ver también https://ladiaria.com.uy/economia/articulo/2022/1/garantizar-el-empleo-a-toda-aquella-persona-dispuesta-a-trabajar/ 

  3. Como una fuente de insumos es especialmente relevante el proyecto de investigación que se está ejecutando en el Instituto de Economía de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración, titulado “Empleo Garantizado por el Estado y Renta Básica Universal: estrategias para enfrentar el problema estructural del empleo precario”, dirigido por los docentes Andrés Dean, Ivone Perazzo y Agustín Reyes.