Un proyecto de ley que facilita la aplicación del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) volvió a enfrentar a las comunidades indígenas peruanas y al presidente Alan García. Se trata de una norma que establece el derecho de esas comunidades a ser consultadas al tomar decisiones sobre temas que las afecten. El mandatario consideró en conferencia de prensa que “la ley que se ha aprobado en el Parlamento va más allá del Convenio 169 porque no sólo trata a las comunidades nativas de la Amazonía sino que ha extendido el concepto a las comunidades campesinas”.
Iván Lanegra, que ocupa el cargo de adjunto para el medio ambiente, los servicios públicos y los pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Perú, organismo estatal autónomo de protección de los derechos ciudadanos, dijo a la diaria que la Constitución peruana establece la potestad presidencial de observar una ley, lo que hizo García. “Cuando eso ocurre, el proyecto regresa al Congreso para evaluar las observaciones y saber si las acepta de manera total o parcial o si insiste en la versión original del proyecto”, explicó. Para insistir en mantener el texto el Congreso necesita votarlo con mayoría absoluta.
De todos modos, Lanegra señaló que “no se puede interpretar el derecho a la consulta como un derecho de veto” de parte de las comunidades consultadas. “La ley es una norma que facilita la aplicación del Convenio 169. La OIT ha sido muy clara al respecto: no puede interpretarse como un derecho de veto”, señaló.
Además, ese convenio entró en vigencia en Perú en 1995 y por lo tanto el derecho a consulta ya es exigible sin la ley que hoy causa debate. También el Tribunal Constitucional emitió, el 18 de junio, un fallo en ese sentido. Falló que “el derecho a la consulta ya es exigible, está en el convenio 169 de la OIT”, y estableció “de manera muy clara cuáles son las etapas que conforman el proceso de consulta y dijo a las entidades estatales que deben seguir estas etapas para aplicar el derecho”, señaló Lanegra.
La Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep) reaccionó de inmediato al anuncio de García. Entendió que el presidente “utilizó la aprobación del Parlamento [de la ley] para pasear por el mundo su posición dialogante y de respeto a los pueblos indígenas, pero pasada la publicidad devuelve la norma al Legislativo”.
Cuerda floja
De acuerdo con el proyecto de ley, el resultado de las consultas y las negociaciones que las sigan es vinculante sólo si se alcanza un acuerdo entre el gobierno y las comunidades, pero en caso contrario el texto es ambiguo y se limita a decir que cuando “no se alcance un acuerdo corresponde a las entidades estatales adoptar todas las medidas que resulten necesarias para garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios”.
En las observaciones del Poder Ejecutivo se estipula que el proyecto de ley mantiene una “ambigüedad” que ya existe en el texto del convenio 169 y que permite la lectura según la cual, si no hay acuerdo, el Estado no puede actuar sin la aprobación de la comunidad que fue consultada. Por su lado, la Aidesep opinó en un comunicado que “la ley de Derecho a la Consulta contempla el consentimiento, principio claramente establecido por el Convenio 169 y demandado legalmente por los pueblos indígenas”. La dificultad está en lograr un difícil equilibrio entre promover el diálogo interétnico y la búsqueda de acuerdos sin que ninguna de las partes sea prisionera de la buena -o mala- voluntad de la otra.
La Aidesep ya adelantó que consultará a las “1.350 comunidades indígenas, federaciones de bases y organizaciones regionales para anunciar las acciones” que adoptará en respuesta a las observaciones de García. Hace un año, en junio de 2009, protestas contra el gobierno terminaron con 30 muertes en enfrentamientos entre grupos indígenas y fuerzas de seguridad.