Los magistrados del opositor Partido Liberal de la Corte Suprema de Nicaragua se niegan a participar en una sesión de todos los integrantes del tribunal, Corte Plena, para no legitimar la prórroga del mandato de dos jueces sandinistas -oficialistas-. Esa sesión fue decretada por el presidente, Daniel Ortega, que así se aseguraría una mayoría a su favor en la Corte.
El mandato de los jueces de la Corte Suprema dura cinco años y el de los dos magistrados que fueron prorrogados venció en abril. El presidente aprobó la extensión de sus mandatos por un decreto, porque la oposición en el Congreso se resistió a renovar su permanencia en el cargo. Esto ocurre además en plena crisis, generada cuando el oficialismo en la Corte anuló el artículo constitucional que impide la reelección presidencial.
Como los jueces liberales no asistieron a las tres últimas convocatorias de la Corte, los magistrados sandinistas convocaron a “conjueces” para elegir entre ellos, por sorteo, suplentes para los magistrados opositores. Los conjueces fueron nombrados por el Parlamento en marzo de 2007 para “cuando se produjera ausencia, excusa, implicancia o recusación de cualquiera de los magistrados”, recordó el periódico nicaragüense El Nuevo Diario, citando la Constitución de su país.
Según el diario español El País, la presidenta temporal de la Corte, Alba Luz Ramos, llamó a dos de los periodistas que cubren información de ese tribunal para que sacaran los números correspondientes a los conjueces que serían electos en el sorteo. Así quedaron designados cinco conjueces oficialistas y dos liberales. Esto otorga una amplia mayoría en la Corte (13 contra dos) al presidente Ortega.
Ramos dispuso la suspensión de los salarios a los magistrados liberales para pagar con esos recursos a los conjueces, informó la agencia de noticias EFE. Desde el jueves, ellos resuelven causas pendientes de sentencia en el tribunal.
Varios penalistas citados por El Nuevo Diario opinaron que la ley que establece la figura del conjuez no está reglamentada, lo que impide su aplicación, y que además la ley no permite que un conjuez sustituya a un magistrado de manera definitiva.