La Suprema Corte de Justicia tomó dos decisiones sin precedentes. Una de ellas establece que todos los jueces del país -sin importar a qué corresponda su tribunal- deben comprobar que las leyes que aplican sean compatibles con la Constitución y con los tratados internacionales sobre derechos humanos firmados por México.
Con esta resolución, la Corte deja de ser el único órgano que puede analizar la legalidad de una ley y su aplicación. En México, muchos de los 31 estados tienen sus propios códigos penales y regulaciones internas, que aplican los jueces. Ahora éstos deberán estudiar si no contradicen leyes de mayor jerarquía.
En algunos lugares estas regulaciones locales permiten, por ejemplo, que si un hombre viola a una adolescente, pueda ser perdonado si se casa con ella. A largo plazo, con esta nueva directiva del máximo órgano judicial, se podría esperar que estas normas locales, si no se eliminan, al menos caigan en desuso.
Sobre la aplicación de esta reforma, la diputada mexicana Teresa Incháustegui explicó que si bien el cambio es “dramático”, y el criterio de la Corte “enfatiza y prácticamente recomienda a todos los jueces del país tomar estas medidas de inmediato”, lamentablemente “la resistencia, la inercia, la comodidad, el hábito, se impone muchas veces y los cambios no son tan automáticos”. También manifestó que es necesario que el Congreso agilice los cambios de esas leyes que ya no son compatibles con los tratados internacionales, para luego poder presionar a la Justicia para que acelere la adopción de estas nuevas regulaciones. Ayer, varios medios de comunicación mexicanos destacaban que estas resoluciones colocan al Poder Judicial en una posición avanzada frente a los otros poderes, que hace años que intentan solucionar la incompatibilidad de las leyes con los tratados internacionales.
El otro fallo de la Suprema Corte mexicana, que era muy reclamado, es el que establece una restricción al fuero militar en casos de violaciones a los derechos humanos. A partir de ese fallo, la justicia militar ya no podrá juzgar los casos de militares acusados de violaciones a los derechos humanos sino que será la justicia civil la que se hará cargo.
La resolución respalda -y así se expresa en la sentencia- la postura que adoptó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de la desaparición forzosa del activista Rosendo Radilla, en 1974, por la que reponsabilizó al Ejército. “Frente a situaciones que vulneren los Derechos Humanos de civiles bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar”, estableció la sentencia de la CIDH en 2009, cuando falló en contra del Estado.
Organizaciones de derechos humanos llevan la cuenta de cientos de casos en los que militares han violado los derechos humanos, la mayoría registrados desde el comienzo del gobierno de Felipe Calderón, que declaró una política ofensiva contra el narcotráfico y desplegó miles de tropas en varias ciudades de México. Sólo la estatal Comisión Nacional de Derechos Humanos recibió más de 5.000 denuncias sobre casos de posibles abusos militares desde la asunción de Calderón. La mayoría de esas denuncias no prosperaron, en muchos casos porque permanecen en un cajón, según reconocen desde el mismo organismo.
Los reclamos de organizaciones civiles para que la justicia militar no se hiciera cargo de juzgar esas violaciones a los derechos humanos eran constantes. Sólo el domingo pasado, más de un centenar de organizaciones se unieron para redactar un comunicado en el que reclamaban a la Corte que respetara el fallo de la CIDH porque el fuero militar funciona como “un instrumento al servicio de la impunidad, como lo constatamos cotidianamente, en momentos donde las violaciones a los derechos humanos cometidas por elementos de las Fuerzas Armadas crecen exponencialmente”.