Las banderas de formaciones de izquierda -Unión Patriótica, Marcha Patriótica, Partido Comunista, entre otras- y hasta de la guerrilla M-19, en la que Petro militó en los años 80, inundaron la plaza hasta que el alcalde destituido salió al balcón de la Alcaldía de Bogotá, llamó a la “resistencia”, calificó a Ordóñez de “fachista” y prometió acudir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para apelar el fallo.

Ésta no es la primera destitución e inhabilitación que dicta Ordóñez. En su primer período en el cargo -que terminó en enero- sancionó a 828 alcaldes, 622 concejales y 49 gobernadores, muchos de ellos con destituciones e inhabilitaciones, en casos no exentos de controversia. Uno de ésos fue el del anterior alcalde de Bogotá, Samuel Moreno, quien según la procuraduría lideró una serie de contrataciones indebidas, aunque no había pruebas: se concluyó que era culpable por omisión en el control de los contratos, porque, según el organismo, no podía no saber al respecto. Pero el más polémico de los casos fue el de la senadora Piedad Córdoba, que ha llegado a ser calificado como persecución política. Ordóñez aseguró que Córdoba colaboraba con la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia y para probarlo presentó evidencias supuestamente obtenidas de la computadora de Raúl Reyes, un líder de ese grupo armado que fue abatido en territorio ecuatoriano. La entonces senadora aseguró que hubo un montaje en su contra y que Ordóñez lideraba un intento de sacarla de la política.

Ordóñez ocupa el cargo desde 2008 y en enero fue ratificado para un segundo período después de duros cuestionamientos de algunos sectores, no sólo del Congreso y los gobiernos regionales y municipales, sino también judiciales y del Poder Ejecutivo. Los medios colombianos aseguran que ni el presidente, Juan Manuel Santos, estaba convencido de darle su aval para que continuara (requiere el apoyo de los tres poderes del Estado). Finalmente Santos y prácticamente todo el Congreso -incluidos los críticos- lo avalaron, según algunos, empujados por el temor de quedar bajo la lupa.

Ordóñez, cuya función constitucional es facilitar el reconocimiento y respeto de los derechos humanos y cuya oficina está dominada por un crucifijo (es un ferviente católico), ha impulsado varias acciones legales contra la legislación sobre la unión civil homosexual o la que permite el aborto en casos extremos. “La familia está concebida por una pareja heterosexual estable”, ha llegado a decir, y ha asegurado que los tribunales que avalan la legislación más progresista lo hacen presionados por “una minoría emergente”.

Ahora el alcalde

La destitución de Petro, como la de Córdoba, despertó gran polémica. El alcalde de Bogotá es uno de los principales nombres de la izquierda y sonaba como posible candidato presidencial o legislativo -ya lo fue por el Polo Democrático Alternativo en 2010-. Esta posibilidad queda enterrada con el dictamen.

Ayer se pudieron oír las voces de políticos que anunciaron su disposición a presentarse a las elecciones para alcalde -que se convocarían en los próximos meses-, una declaración del gobierno de que respeta la decisión, y una versión de que ésta fue tomada a instancias del uribismo. El director del observatorio de la Secretaría de Cultura de Bogotá, Oti Patiño, aseguró que Francisco Santos -que fue precandidato presidencial del uribismo- ya sabía de la resolución y que ésta fue para que hubiera elecciones, a las que se presentaría ese dirigente. Ayer mismo el uribismo anunció que postulará a Santos al cargo.

Los editoriales de varios diarios coincidían en una pregunta: ¿puede un procurador destituir a un funcionario designado por el voto popular? La Constitución lo permite, pero los organismos internacionales parecen rechazarlo. La carta magna establece que el procurador tendrá, entre otras funciones, que “ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, incluso las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley”. Sin embargo, se recuerda que la Corte Interamericana de Derechos Humanos sancionó a Venezuela porque su Procuraduría inhabilitó al opositor Leopoldo López porque no hubo un juicio en su contra y sí una sanción “de facto”, como en el caso de Petro.

Consultado sobre el dictamen de la Procuraduría minutos después de que éste fuera emitido, el ministro de Justicia, Alfonso Gómez Méndez, planteó la necesidad de “revisar” la norma que le da al procurador la facultad de destituir a funcionarios electos.

Una modificación buscaría reducir el poder que tiene el procurador, ya que no sólo dictamina los fallos, sino también las apelaciones. Un recurso de este tipo presentará la defensa de Petro el 30 de diciembre, para que sea restituido. Pero hasta ahora Ordóñez no rectificó ninguna de sus decisiones de destitución e inhabilitación. Si la sanción queda firme el gobierno debe elegir a un alcalde provisorio de una terna enviada por el movimiento Progresistas por el cual fue electo Petro, tras renunciar al Polo Democrático Alternativo y después llamar a nuevas elecciones.