En El Salvador, la Constitución establece que la “persona humana” es “el origen y el fin” del Estado, y que por “persona humana” se refiere a “todo ser humano desde el instante de la concepción”. Por eso, la vida de un bebé que carece de cerebro debido a problemas congénitos, y que no podrá sobrevivir más que unos días fuera del útero, es -por ley- tan importante como la de su madre.

Esa madre, Beatriz, ya tiene otro hijo de un año que sufre dificultades motrices por haber nacido prematuro, y ella misma sufre de una enfermedad autoinmune, lupus, y de problemas renales. Su embarazo -que ahora entra en la semana 26- ya comenzó a incidir negativamente en la evolución de su enfermedad. Pero la mayoría del tribunal salvadoreño entendió, en un fallo que no se puede apelar, que el riesgo de vida para Beatriz, establecido por sus médicos, no es seguro ni inmediato, algo que para los jueces es motivo suficiente para que continúe con su embarazo. “El estado de salud de la joven va a empeorar a medida que avance su embarazo”, dice el informe del comité médico del hospital en el que es tratada. Pero en El Salvador, el aborto puede castigarse con hasta 50 años de cárcel para las mujeres que lo practiquen, acto asimilado a un homicidio agravado. Y los médicos intervinientes pueden ser condenados a 12 años de privación de libertad.

Antes del fallo, la ministra de Salud de El Salvador, María Isabel Rodríguez, había tomado posición a favor de Beatriz. Esa cartera, la joven y quienes la apoyan están valorando la posibilidad de que el aborto se realice fuera del país. Pero la legislación salvadoreña establece que el aborto fuera de fronteras también puede ser castigado, por lo que Beatriz podría ser imputada si quiere volver a su hogar después de la intervención.

Sin embargo, puede que la joven tenga otra salida. El miércoles, poco después del fallo salvadoreño, la Corte IDH emitió otro, disponible en http://ladiaria.com.uy/UCq. El texto, publicado ayer por ese tribunal internacional, cuya jurisdicción fue aprobada por El Salvador, ordena al Estado centroamericano que permita el aborto de la joven. Le pide que “adopte y garantice, de manera urgente, todas las medidas que sean necesarias y efectivas” para que los médicos de Beatriz puedan “adoptar, sin interferencia alguna, las medidas médicas que se consideren oportunas y convenientes para asegurar la debida protección de los derechos consagrados” en el Pacto de San José para “evitar daños que pudiesen llegar a ser irreparables a los derechos a la vida y la integridad personal y a la salud de la señora”.

Como El Salvador adhiere al Pacto de San José, este fallo y cualquier otro de la Corte IDH debe ser aplicado por los tres poderes del Estado. La Comisión IDH ya se había expedido a favor del reclamo de la joven, y el dictamen vinculante de la Corte IDH se emitió con una celeridad que no es habitual. Esto podría marcar asimismo un precedente en Nicaragua, Honduras, República Dominicana y Chile, que también prohíben el aborto en cualquier caso, pero que firmaron el Pacto de San José.