La Constitución brasileña de 1988 incluyó dos artículos en los que se reconoce a los indígenas y sus derechos; esto marcó un antes y un después en la legislación para este pueblo históricamente hostigado. Los artículos 231 y 232 reconocen “a los indios su organización social, costumbres, lenguas, creencias, tradicionales y los derechos originarios sobre las tierras que tradicionalmente ocupan, correspondiendo a la Unión demarcarlas, protegerlas y hacer que se respeten todos sus bienes”. Fundándose en ellos se comenzaron a hacer las demarcaciones de tierras indígenas a partir de estudios antropológicos a cargo de la FUNAI. Hoy los indígenas guaraníes ocupan 0,2% de Mato Grosso do Sul y, si se llevaran a cabo todas las demarcaciones que piden, ocuparían nada más que 2,5% de la tierra de ese estado.

Pero no todo resulta tan sencillo cuando la brújula del gobierno apunta en dirección opuesta. Los derechos de los indígenas comienzan a verse difusos cuando se cruzan con los intereses del agronegocio. Las demarcaciones se enlentecen y, en los últimos años, una nueva interpretación de la Constitución pone en riesgo la posibilidad de recuperar sus tierras por la vía legal, ya que ahora se les exige certificar que estuvieron ocupando sus tierras originarias desde el 5 de octubre de 1988 hasta ahora. No importa si las ocupaban antes de esa fecha y les fueron arrebatadas; esas demarcaciones quedan ahora en un limbo que vuelve a poner en riesgo la vida y la supervivencia de estos pueblos.

A partir de esta interpretación, conocida como Marco Temporal, que apareció por primera vez en 2008, mientras se estudiaba la demarcación de la tierra indígena Raposa Serra do Sol, en el estado de Roraima, fueron detenidas varias demarcaciones de tierras indígenas. Es el caso de la aldea Guyraroká, cuyo proceso de demarcación quedó sin efecto a finales de 2014, a 15 años de haber sido iniciado. También se detuvo el proceso de la aldea Limão Verde en 2015, luego el de Panambi-Lagoa Rica el 4 octubre de 2016, y otras tantas peligran.