El presidente argentino, Mauricio Macri, firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) sobre la llamada “extinción de dominio” que habilita al Estado a quitarles determinados bienes a personas involucradas en causas penales. En Argentina, los DNU tienen la validez de una ley a pesar de que son sancionados sólo por el Poder Ejecutivo, sin pasar antes por el análisis y la aprobación del Congreso. La Constitución del país determina que, tal como señala el nombre, estos decretos sólo deben dictarse en situaciones excepcionales, cuando sea imposible seguir los trámites para sancionar leyes mediante el Congreso.
La extinción de dominio está contemplada en el Código Penal y generalmente se puede aplicar cuando una persona está imputada. Pero el decreto aprobado por Macri establece un nuevo procedimiento paralelo instalado en el fuero civil y comercial, y no en el penal, lo que implica que la medida pueda ser aplicada incluso cuando no existe una condena firme contra la persona propietaria del bien.
El nuevo DNU dispone que la extinción de dominio se aplicará en causas de corrupción, tráfico de droga, trata de personas y terrorismo. La norma establece que “en caso de sobreseimiento o absolución” de la persona investigada, los bienes decomisados podrán ser restituidos en la sede judicial en la que se tramita el caso, si se determina que la persona no cometió delito. Si resultara “imposible” restituirlos, aclara, el Estado estará obligado a devolver “un valor equivalente en dinero”.
Este decreto, que fue presentado por el gobierno como medida contra la corrupción y el narcotráfico, fue criticado por juristas y rechazado por la oposición política. Los cuestionamientos giran en torno a dos puntos específicos. En primer lugar, los detractores cuestionan el hecho de que el gobierno haya convertido la extinción de dominio en un DNU ya que, aseguran, la medida no cumple con los requisitos de necesidad y urgencia requeridos. De hecho, un proyecto de ley similar está en trámite en el Congreso desde 2016. El otro argumento que esgrimen es que un DNU no puede legislar en materia penal, según dicta la Constitución.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez aseguró que el decreto es “inconstitucional” porque “no existe una circunstancia excepcional que impida al Congreso seguir con el trámite ordinario para la sanción de las leyes”. En declaraciones al diario Página 12, afirmó que “si bien es una acción civil la que se está regulando, el punto de anclaje es un proceso penal”, pero “la Constitución prohíbe que se dicte un DNU que regule materia penal, directa o indirectamente”.
Gil Domínguez también se refirió al carácter retroactivo de la medida. Dijo que el Código Civil establece que es “posible” que las leyes tengan ese carácter “en la medida en que no se afecten derechos de las personas o derechos adquiridos”. Agregó que “si no hay una sentencia y sólo hay un auto de procesamiento, la retroactividad estaría afectando derechos de las personas”. El abogado señaló también que si la persona termina absuelta, además, “llevará años una acción por daños y perjuicios para que el Estado devuelva lo que desapoderó”.
A su vez, su colega Ricardo Monner Sans dijo al diario La Nación que el gobierno es “intrusivo” al intentar legislar por decreto un asunto que está a consideración del Congreso. El abogado reconoció que la aprobación de la extinción de dominio es “fundamental”, pero dijo que había que hacerlo según lo que disponen las leyes.
La oposición también calificó de “inconstitucional” el DNU y lo atribuyó a una estrategia política. La bancada de diputados del Frente Para la Victoria-Partido Justicialista manifestó en un comunicado que, “una vez más”, el gobierno “demuestra su autoritarismo, dándole la espalda al Congreso Nacional cuando no acciona de acuerdo a sus deseos”.
El decreto, agrega el texto, es “más un acto de campaña que de gobierno, ya que los DNU están vedados para materia penal. Por eso, lo anunciado por Mauricio Macri involucra directamente cuestiones penales”. Los legisladores también resaltaron como “curioso” que el gobierno haya anunciado “un mamarracho que viola la Constitución [...] el día que el Fondo Monetario Internacional anuncia mayor contracción económica para la Argentina”. El lunes, el FMI estimó que en 2019 la economía caerá 1,7%.
A la hora de justificar el uso de un DNU, el gobierno criticó el hecho de que el Congreso haya extendido el debate sobre este proyecto de ley durante durante dos años. El propio texto del decreto destaca el lento trámite del proyecto en el Congreso como un obstáculo para “otorgar a la Justicia herramientas eficaces [...] para desfinanciar a las organizaciones criminales y resguardar el patrimonio estatal”.
La defensa más fuerte provino de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, quien en declaraciones a la radio La Red afirmó que la norma “es constitucional” porque “es un cambio al Código Civil” y establece “un proceso legal que lo que hace es desapoderar a delincuentes de bienes ilícitos”.
“No puedo seguir contra el narcotráfico si no le saco su capital de trabajo”, dijo Bullrich. “Vamos a ver cuántos diputados o senadores son capaces de voltear una ley de este tipo”, agregó.
Por su parte, el ministro del Interior, Rogelio Frigerio, admitió en una conferencia de prensa que “si hay consenso” en el Congreso para tratar este tema, el gobierno está dispuesto a atender el reclamo de la oposición e incluir la extinción de dominio en las sesiones extraordinarias.