El senador frenteamplista Mario Bergara sostuvo que, si lo analiza “en frío”, en este momento “no están las mejores condiciones políticas y sociales” para embarcarse en el llamado “camino largo” para la recolección de firmas para promover un referéndum contra la ley de urgente consideración, tal como propone el PIT-CNT y otras organizaciones sociales.

“Si en frío me plantean si ahora hay que embarcarse en un proceso de juntar casi 700.000 firmas y demás, considero que no son las mejores condiciones políticas y sociales para ese proceso. Pero no lo razonamos en frío. Lo tenemos que razonar sobre la base de que hay un movimiento social que lo está proponiendo, y el Frente Amplio [FA] tiene que incorporar en su evaluación política el acompañamiento al movimiento social”, dijo Bergara en el programa Séptimo día, de Canal 12.

En cambio, dijo que sería mejor ir por el “camino corto”, que implica “juntar 54.000 firmas de acá a diciembre, para ir ahí sí, después, a definir si 25% [de la población] quiere ir a un plebiscito”. “Me parece que es más compatible con el estado de situación que tiene el movimiento social hoy, el FA hoy”, expresó el senador, que además sostuvo estar “convencido” de que “vamos a necesitar el camino del plebiscito largo para más adelante, porque hay cosas que se vienen sí o sí, y las veo en otro escenario, con mucho más contundencia” -como la “desmonopolización de los combustibles”, mencionó-, y además las “balas” del referéndum son “limitadas”.

Bergara dijo que “está claro” que “si se va contra toda la ley, el FA no puede acompañar”, ya que la bancada de oposición votó varios artículos de la LUC. Entre los artículos que se deberían derogar, enumeró, están las modificaciones al sistema penal adolescente y los cambios en la Ley de Inclusión Financiera que habilitan a hacer transacciones en efectivo por hasta 100.000 dólares.

Camino largo y camino corto

La Constitución actualmente plantea dos posibles caminos para derogar una ley mediante referéndum.

Uno es el llamado camino largo: juntar 25% de adhesiones del total de habilitados para votar durante el año siguiente a la promulgación de la ley.

En tanto, el llamado corto consiste en juntar las adhesiones de 2% de los habilitados para votar en los 150 días posteriores a la promulgación de la ley. Si se alcanza ese número, la Corte Electoral debe habilitar a que durante una jornada la ciudadanía pueda expresar su adhesión al referéndum a través de circuitos de votación dispuestos en todo el país. Si en esa instancia se obtiene 25% de las adhesiones, se convocará a un referéndum sobre la ley impugnada.

Este último mecanismo fue utilizado, sin éxito, para derogar la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y la Ley Integral para Personas Trans.