Los diputados de la Comisión Especial creada para elaborar una ley integral de financiación de los partidos políticos —que fracasó en el período pasado— acordó en la última reunión de 2020 adelantar la vuelta al trabajo y no esperar a marzo, cuando termine el receso parlamentario. La primera sesión del año será el 11 de febrero, porque aún deben recibir a varias delegaciones y tienen 180 días —prórroga votada en diciembre, cuando se venció el plazo inicial— para elevar un proyecto que actualice y agrupe la normativa actual, dado que hoy coexisten regulaciones.

La última delegación en visitar la comisión fue la Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos (Andebu) —que nuclea a 135 emisoras radiales y canales de televisión—, que se pronunció en contra de varios artículos del proyecto que tomaron los legisladores como base de la futura regulación, enviado en 2017 por el gobierno anterior. La comitiva empresarial sostuvo que la disposición sobre publicidad electoral gratuita “quita el único sustento que tienen los canales de televisión”, y que en función de un fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), de aprobarse “los medios de comunicación podrían iniciar juicios contra el Estado”.

El mes pasado, el presidente de la Comisión Especial, el diputado blanco Juan Martín Rodríguez, informó a la diaria que la coalición oficialista no comparte lo establecido respecto de la publicidad electoral en el proyecto que impulsó el Frente Amplio en la legislatura pasada, que dejaba en manos de la Corte Electoral la asignación de espacios en televisión, radio y prensa escrita. Pero aclaró que sí hay acuerdo con la oposición en que haya “una cantidad de minutos gratis en televisión y radio” para que los partidos puedan exponer sus ideas en la campaña electoral.

Andebu cuestionó lo dispuesto en el artículo 13 del proyecto, que modifica dos disposiciones de la ley de medios y establece que en campaña electoral habrá cinco minutos de la tanda en horario central para los partidos políticos, extendiendo el tiempo límite que tienen los canales para publicidad de 15 a 20 minutos.

“Toda la actividad que desarrolla el medio de comunicación se encuentra sustentada en los ingresos que percibe por la comercialización de los espacios publicitarios dentro de su programación. Si el Estado se apropia de esos espacios para destinarlos a terceros, se está privando a las emisoras de los ingresos que podrían obtener por la comercialización de esos espacios”, dijo el abogado de Andebu, Juan Lerena.

Sostuvo que “podría entenderse e incluso compartirse el interés del legislador de garantizar que los partidos políticos informen a la ciudadanía y hagan llegar, a través de los medios de comunicación, el contenido de sus propuestas y programa de gobierno”, pero agregó que “eso es precisamente lo que hacen los medios periódicamente en los períodos previos a las campañas electorales: difundir toda la información posible sobre los partidos políticos y sus candidatos”.

Lerena recordó que la SCJ analizó una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo de la ley de medios que estableció la publicidad electoral gratuita, planteo que fue rechazado por tres votos a dos, aunque advirtió otra cosa que a su entender surge del fallo. “La Corte por unanimidad señaló que si dichas cargas causaban un daño económico en el patrimonio de las empresas, los perjudicados tendrían derecho a reclamar la reparación del mismo, lo que significa que, luego de cada acto eleccionario, los medios de comunicación podrían iniciar juicios contra el Estado por responsabilidad por acto legislativo, reclamando la reparación de los daños causados por las obligaciones impuestas”, manifestó el abogado.

Según un extracto del fallo de la SCJ que leyó Lerena, para los magistrados “el probable impacto negativo de la norma podría, sí, generar un daño resarcible, cuya reparación puede llegar a dar lugar a una indemnización, mas ello no implica vulneración del derecho de propiedad [por lo que se recurrió la inconstitucionalidad de la norma]”.

Varios legisladores consultaron a Andebu sobre cuál es la magnitud del perjuicio económico que prevé para los medios, pero la delegación indicó no tener “elementos” para medir “cuánto es el daño que se puede ocasionar por la consagración de minutos de publicidad gratuita”.

Lo establecido en la ley de medios de asignar espacios en la tanda para cada partido político no fue aplicado en la última elección, porque la SCJ determinó que era inconstitucional la distribución planteada de minutos, tras un recurso presentado por el Partido Independiente. Lo que se disponía era que 20% del espacio de publicidad electoral gratuita se repartiría en partes iguales entre todos los partidos políticos, y 80% en función de los votos obtenidos en la última elección.

“Desigualdad regulatoria” con las plataformas digitales

En Uruguay el “ecosistema de medios” tradicionales “está en riesgo”, porque con el auge de los servicios digitales —ya sea redes sociales, Google o plataformas de contenidos como Netflix— “tendrá que sostenerse con la mitad de los ingresos con que contaban hasta hace cinco o seis años, cuando la publicidad digital y la influencia de los gigantes tecnológicos era incipiente”, dijo Lerena.

Sostuvo que la tendencia global de crecimiento de las plataformas digitales lleva a que, por ejemplo, en Estados Unidos ya se invierta más en publicidad en esos servicios que en medios tradicionales. “Google y Facebook son los principales competidores que tienen hoy la radio y la televisión, porque se financian desde las mismas fuentes que nosotros: la publicidad”, subrayó el abogado de Andebu.

En virtud de esto, afirmó que el proyecto a estudio de la comisión “en lo que refiere a los medios de comunicación resulta anacrónico”. Señaló que “hoy existe una situación de completa desigualdad regulatoria entre los medios nacionales y locales con respecto a las grandes plataformas trasnacionales”, que escapan a la mayoría de las normativas.

El pedido de la gremial es “que no se siga profundizando esa desigualdad imponiéndonos nuevas cargas y obligaciones que nuestros competidores no tienen”. De hecho, según Lerena la normativa a estudio contiene “varios artículos que no hacen otra cosa que profundizar estas desigualdades, haciendo que la competencia sea insostenible”.

Aparte del artículo relativo a la publicidad electoral gratuita, Andebu manifestó su rechazo a que la sanción por hacer una donación directa o indirecta a un partido político —por ejemplo, cobrarle un valor inferior por publicidad que al resto— sea la quita de la licencia; a que la veda electoral siga dejando de lado a internet y las redes sociales; y a que los medios sean “corresponsables” en caso que un partido político emita un mensaje de carácter electoral por fuera de los plazos previstos legalmente.