Cada semestre la Unión Europea (UE) revisa sus listados de países bajo la categoría de paraísos fiscales, y también de naciones con regímenes de impuestos que se consideran “perniciosos” pero que tienen un compromiso de implementar cambios. En esta última categoría, denominada coloquialmente “lista gris”, quedó Uruguay. Ya había estado en 2017, cuando la UE comenzó con el relevamiento, y salió en 2019, cuando se actualizó el listado, en virtud de haber implementado cambios normativos.

Se espera que ese mismo proceso se repita de ahora en adelante. Esto porque Uruguay asumió el compromiso de variar los regímenes tributarios que puedan verse como nocivos, algo que confirmaron en sendas comunicaciones la UE y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). El plazo para implementar esos cambios es finales de 2022, aunque no hubo precisiones sobre qué aspectos podría abarcar esa eventual reforma.

Los especialistas tributarios consultados por la diaria dijeron que la UE apunta a las rentas de fuente extranjera que están exoneradas. Esto se debe a que las personas físicas y jurídicas tienen gravadas sus rentas dentro del país, pero no las que tienen afuera ‒sólo se gravan con IRPF las rentas de capital mobiliario (depósitos, bonos o acciones) de personas físicas‒. Es decir que un ingreso por un alquiler en el exterior, el incremento patrimonial de una persona por operaciones fuera del país, o la venta de una patente que realice en el extranjero una sociedad domiciliada en Uruguay no están gravados.

Los expertos explicaron que esta advertencia de la UE debe enmarcarse dentro de dos discusiones sobre impuestos, una a nivel mundial y otra nacional. Por un lado, está asociada al planteo hecho por el presidente estadounidense, Joe Biden, de impulsar un impuesto mínimo global que paguen las empresas; por otro, apunta al criterio con el que Uruguay grava a sus empresas y personas físicas, que se basa en la territorialidad ‒se paga impuestos por los hechos que ocurren dentro del territorio‒ y no de la renta mundial, criterio que aplican la mayoría de los países y que no impide pagar impuestos en otras jurisdicciones.

“Exigencias adicionales”

En su comunicación, el MEF aclaró que Uruguay “fue declarado como jurisdicción cooperante” por la UE y que el país “no está y nunca estuvo incluido desde 2017 hasta ahora” en la lista de naciones no cooperantes.

El retorno de Uruguay a la categoría en la que estuvo entre 2017 y 2019 “responde a exigencias adicionales por parte del Grupo del Código de Conducta de la UE para con Uruguay, que en ningún caso responden a modificaciones normativas implementadas desde 2020 a la fecha”, indicó el MEF.

Según la información cronológica que brindó el gobierno, en diciembre de 2019 el grupo de la UE avisó que por primera vez evaluaría a Uruguay, y durante 2020 “se respondieron diversos cuestionarios respecto al sistema tributario uruguayo y, en particular, sobre el régimen de imposición territorial que aplica Uruguay”. De esa evaluación surge la actualización que divulgó este martes la UE.

Siguiendo el relato de los acontecimientos del MEF, el 7 de junio de este año la UE responde a Uruguay que “el cumplimiento ha sido total en lo que respecta a estándares internacionalmente aceptados, así como en aspectos relacionados con la transparencia fiscal”. Luego, a finales de julio, es Uruguay el que remite una nota a la UE “manifestando el compromiso de ajustar nuevas exigencias realizadas para fines del año 2022, y reitera su voluntad de cooperar en temas de buena gobernanza tributaria”.

Cambios impositivos y residencia fiscal

“Uruguay sigue siendo una jurisdicción cooperante, pero la UE le impuso que para seguir con ese estatus tiene que corregir” algunos aspectos del régimen tributario, explicó Fabián Birnbaum, profesor de la Maestría de Impuestos de la Universidad ORT.

Señaló que “no es la primera vez” que Uruguay recibe presiones internacionales de este tipo y actúa en consecuencia, ya que en la última década implementó cambios importantes en materia impositiva. Añadió que una posible exigencia es “pasar a un criterio de renta mundial como la mayoría de los países”, porque la UE hizo “una observación sobre el criterio” del gravamen territorial que realiza Uruguay, y eso el país “lo va a tener que ir modificando en pos de agiornarlo a los estándares que se interpongan a nivel internacional”.

En esta misma línea, el abogado Leonardo Costa, profesor de Fiscalidad Internacional en la Universidad Católica, señaló que “uno de los pilares de la reforma tributaria de 2007 fue la territorialidad”, un criterio que viene desde hace décadas y no se modificó, pero que ahora podría ser “objeto de discusión” en virtud de la presión internacional.

“¿Qué debería hacer Uruguay? En la línea de lo que dice [la comunicación de la UE] deberían revisarse los regímenes especiales de renta de fuente extranjera. Entiendo que podrían pedir en personas físicas ir hacia una renta mundial, es decir que si soy residente fiscal en Uruguay tenga un criterio similar al resto de los países. También revisar los regímenes [de impuestos que se aplican a las actividades] de trading”, indicó Costa.

Por su parte, el profesor de la Maestría Tributaria de la Universidad de la República, Gustavo Viñales, recordó que “desde hace años” Uruguay viene recibiendo “presiones” de organismos internacionales para “ir a un sistema [de tributación] de renta mundial”. Explicó que en la última reforma tributaria “se gravaron algunas rentas de capital en el exterior”, lo que si bien fue “un cambio histórico” porque se modificó “el criterio de la renta de fuente uruguaya por el de renta internacional”, esto abarcó “parcialmente” las rentas en el exterior. Los que pagan impuestos son los rendimientos mobiliarios, mas no los inmobiliarios ni incrementos patrimoniales.

Viñales indicó que ante esa cuestión que ya se venía planteado, el gobierno actual, “lejos de hacer algo en favor de ese cambio, hizo modificaciones normativas en sentido contrario, como la flexibilización de [las condiciones para acceder a] la residencia fiscal”. Esto refiere a dos decretos que emitió el gobierno el año pasado, que redujeron el monto de inversión exigido para acceder a la residencia fiscal; y también a una ley que se aprobó a final del año, que extendió de cinco a diez años la vacación fiscal para los nuevos residentes, es decir que por ese período no pagan el IRPF por las rentas de capital mobiliario como el resto.

Si bien estos cambios “pueden no ser la causa” de la vuelta a la “lista gris” de la UE, “es claro que el mundo exige a Uruguay ir en un sentido y en 2020 fue en sentido contrario”, subrayó Viñales. Para Birnbaum, los cambios que impulsó el gobierno el año pasado “no ameritan” un cambio de estatus, y Costa opinó que el esquema de vacación fiscal “podría verse como un régimen especial” por la UE.