La Asamblea General se reunirá este miércoles para expedirse sobre el proyecto de ley de suelos de prioridad forestal, aprobado con votos de Cabildo Abierto (CA) y el Frente Amplio. Ante el veto del presidente Luis Lacalle Pou y según lo establecido en la Constitución, “se estará a lo que decidan los tres quintos de los miembros presentes de cada una de las Cámaras, quienes podrán ajustarse a las observaciones o rechazarlas, manteniendo el proyecto sancionado”. Por esa mayoría especial, se da por descontado que el veto no será levantado y se mantendrá la decisión del gobierno.
Mientras tanto, la Comisión Nacional en Defensa del Agua y por la Vida, Redes-Amigos de la Tierra Uruguay y el Movimiento por un Uruguay Sustentable (Movus) presentaron el lunes en Presidencia de la República un recurso legal de “anulación por inconstitucional” del decreto forestal impulsado por el gobierno, según informaron en un comunicado. Esa norma surgió a fin de año desde el Ejecutivo en respuesta al proyecto que tenía media sanción y procurando que CA desista de ponerlo a votación junto a la oposición.
Las organizaciones que impulsan el recurso sostienen que se introducen “nuevas reglas en el sector forestal” que “habilita una mayor ampliación de las plantaciones en gran escala”. Afirman que por las “grandes implicaciones” sobre los recursos hídricos debió “discutirse y decidirse” junto con los usuarios y la sociedad civil.
A su vez, suman que el artículo 47 de la Constitución los ampara al definir: “Los usuarios y la sociedad civil participarán en todas las instancias de planificación, gestión y control de recursos hídricos; estableciéndose las cuencas hidrográficas como unidades básicas”. En el recurso presentado al que accedió la diaria señalan que durante el proceso de elaboración del decreto se “omitió” la participación de la sociedad civil.
También hacen referencia al inciso 2 del mismo artículo, en que se establece que las aguas superficiales y subterráneas ‒con excepción de las pluviales‒ constituyen “un recurso unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público estatal, como dominio público hidráulico”.
En el recurso se hace mención a la Ley de Política Nacional de Aguas, en la que se define con mayor rigurosidad qué se entiende por “dominio público de las aguas”. Abarca a “aguas pluviales o precipitación”; “aguas superficiales: las que escurren o se almacenan sobre la superficie del suelo”; “aguas subterráneas: todas las aguas que se encuentran bajo la superficie del suelo en la zona de saturación y en contacto directo con el suelo o subsuelo”; “humedad del suelo: el agua retenida por este, en sus poros más pequeños, sin saturarlo”, entre otras.
Las organizaciones solicitan que para garantizar la participación se realice una sesión del Consejo Regional de Agua, Ambiente y Territorio para tratar tres puntos. El primero es que se sume la participación de un “especialista hídrico” para “cuantificar y cualificar el impacto hídrico del emprendimiento sobre la cuenca”. En la regulación aprobada por el Ejecutivo, el titular del proyecto debe presentar en la solicitud de registro el “aval” de “un profesional o técnico titulado del área agronómica, en carácter de responsable técnico”.
Como segundo punto, solicitan al gobierno “poder dialogar sobre el criterio y/o fundamento” del artículo 7 del decreto, en el literal que establece: “Al momento de la presentación de la solicitud de registro, el área forestada de la o las cuencas de nivel 5 donde se implantará el proyecto de plantación deberá ser menor al 80% del total de la superficie de cada cuenca superior a 1.000 hectáreas”.
Finalmente, el tercer punto busca también intercambiar con las autoridades sobre “la elección del modo de clasificación de los suelos” que se plantea en el decreto. “Tenemos argumentos sólidos para referirnos al criterio del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) Clasificación por Capacidad de Uso de las Tierras como un criterio obsoleto en términos de conservar el Medio Ambiente Sano”, desarrollaron los ambientalistas. En las consideraciones escritas en el decreto se hace referencia a que existen “diferentes criterios técnicos en materia de clasificación de suelos” y que es necesario “incorporar criterios comprobados internacionalmente”, como el mencionado antes.
Ana Filippini, integrante del Movus, dijo a la diaria que la clasificación de Estados Unidos “no sirve para la tierra del Uruguay” porque son territorios “totalmente diferentes”. “Lo absolutamente real es que se va a dejar a los forestales a que planten en cualquier lugar del territorio, que es lo que se quería evitar con la ley que se aprobó en el Parlamento. El Ejecutivo desconoce lo que se aprobó en el propio Parlamento”, reclamó.
Expresó que hay “una presión de las empresas muy grande”. “La Dirección Forestal está ocupada hoy en día por quien era el presidente de la Sociedad de Productores Forestales y tenía cargos en Botnia [en referencia a Carlos Faroppa]. Pusieron el lobo a cuidar a las gallinas”, comentó Filippini. Desde su visión, hay un “maquillaje verde” sobre el decreto.