El caso de Miguel Ángel Toma, quien se desempeñó como secretario de Presidencia del último gobierno de Tabaré Vázquez, suma un nuevo capítulo de idas y vueltas. El lunes la Justicia dictaminó que el Poder Ejecutivo actuó con “ilegitimidad manifiesta” y “en forma evidentemente arbitraria”. A esto se suma que el Poder Ejecutivo apelará el fallo, según informó ayer el diario El País.

Cabe recordar que el gobierno de Luis Lacalle Pou había instruido una investigación administrativa de Toma por presuntas irregularidades en las misiones oficiales al exterior. El exsecretario de Presidencia promovió una acción de amparo para tramitar una recusación o apartamiento del caso de Lacalle Pou, por entender que el mandatario “prejuzgó” al declarar públicamente en su contra antes de iniciar la investigación administrativa.

Así las cosas, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 7° turno le dio la razón a Toma y sostuvo que “se torna necesario sustanciar el proceso de amparo” solicitado, “a los efectos de oír” su planteo y, aun con el sumario en curso, “arribar a una decisión sobre la insatisfacción jurídica que el actor ostenta”.

Ahora Toma, por intermedio de su abogado, presentó un escrito al Poder Ejecutivo en el que señala que, en virtud de la resolución adoptada por la Justicia el lunes, “sin perjuicio [de] que el Estado ha anunciado por la prensa que apelará” la sentencia, “corresponde que esta autoridad administrativa cumplimente inmediatamente el fallo”.

Se argumenta que así lo postula el artículo 10 del inciso 3 de la ley 16.011 (normas de acción de amparo), que dice, textualmente: “[...] las medidas de amparo decretadas, las cuales serán cumplidas inmediatamente después de notificada la sentencia, sin necesidad de tener que esperar el transcurso del plazo para su impugnación”.

Por último, en el texto se incorpora, “como medios de prueba encaminados a demostrar la pertinencia de esa petición, la declaración, en calidad de testigos”, de Álvaro Delgado y Rodrigo Ferrés, secretario y prosecretario de Presidencia, respectivamente, entre otros funcionarios, “quienes depondrán a tenor del interrogatorio que se presentará el día de la audiencia, cuyo señalamiento será notificado con razonable antelación”.